Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS Y DESPACHOS (46000805011981) de Valencia
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Convenio Colectivo de Sec...e Valencia

Última revisión
07/05/2013

Revision. Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS Y DESPACHOS (46000805011981) de Valencia

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2012

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Documento oficial en PDF(Páginas 55-56)

Anuncio de la Conselleria de Economia, Industria, Turismo y Empleo sobre acta de la Comision Paritaria del convenio colectivo de trabajo del sector de Oficinas y Despachos de la provincia de Valencia (Codigo: 46000805011981). (Boletín Oficial de Valencia num. 107 de 07/05/2013)

Preambulo

EDICTO

Resolución de fecha 24 de abril de 2013, de la Dirección Territorial de Economía, Industria, Turismo y Empleo de Valencia, por la que se dispone el registro oficial, depósito y publicación del acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de trabajo del sector de Oficinas y Despachos de la provincia de Valencia.

Vista la solicitud de inscripción del acta de la Comisión Paritaria arriba citada, por la que se aprueba la prórroga del convenio para los años 2013 y 2014 y se revisan las tablas salariales para el año 2012 por diferencias IPC, suscrita el 18/04/2013, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, arts. 2.a) y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo y art. 3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección Territorial, conforme a las competencias legalmente establecidas en el art. 51.1.1ª del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, modificado por el art. 57 de la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio; el Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del President de la Generalitat, por el que determina las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat, así como el Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell, por el que establece la estructura básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, y el Decreto 188/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, resuelve:

Primero.-

Ordenar su inscripción en este Registro electrónico de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la representación de la Comisión Paritaria y depósito del texto original del acta citada.

Segundo.-

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Valencia, a 24 de abril de 2013. El Director Territorial de Economía, Industria, Turismo y Empleo, P.S. El Jefe del Servicio Territorial de Trabajo (Resolución del Conseller de Economía, Industria Turismo y Empleo de 20 de marzo de 2013), Julio Andrade García.

ACTA COMISIÓN PARITARIA CONVENIO DE OO.DD. PARA LA PROVINCIA DE VALENCIA

ASISTENTES

Carmen Pleite (AEODCV.)

Lourdes Sanz (AEODCV.)

Iván Mañas (AEODCV.)

Marien Velasco (AEODCV.)

José Oltra (AEODCV.)

Miguel Sanmartín (COMFIA CCOO. PV.)

Jesús Ordiñana (COMFIA CCOO. PV.)

Pilar Mora (FeS UGT P.V.)

Encarna Martín (FeS UGT P.V.)

En Valencia, siendo las 16,30 h. del día 18 de Abril de 2013, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio de OO.DD. de Valencia en los locales de la Federación de Servicios de la UGT del P.V. para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

PRIMERO.- Se acuerda prorrogar el III Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos para la provincia de Valencia, (publicado en el BOP. nº 41 de 18 de febrero de 2009), hasta el 31 de diciembre de 2014.

SEGUNDO.-De conformidad al Acta de la Comisión Negociadora de fecha 2 de noviembre de 2011, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 51 de 29 de febrero de 2012, se regulariza la tabla salarial definitiva del año 2012, aplicando sobre la tabla salarial del año 2011 el incremento del IPC real del año 2012 consistente en el 2,9%.

A este incremento, corresponde la deducción del 1% abonado a cuenta durante el ejercicio 2012 de acuerdo con lo manifestado en la mencionada acta.

Las diferencias salariales correspondientes al año 2012 se podrán abonar como fecha tope hasta 31 de Julio de 2013.

Las diferencias salariales correspondientes al año 2013 se podrán abonar como fecha tope hasta 30 de Septiembre de 2013.

Para los años 2013 y 2014, se deja en suspenso lo dispuesto en el artículo 5 del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la Provincia de Valencia, incrementándose los salarios para 2013 un 0,75% sobre los de 2012 y para el año 2014 un 0,75% sobre las tablas de 2013, estos incrementos se consideraran definitivos para ambos años sin posterior revisión.

Para el año 2015 se recuperará lo dispuesto en el artículo 5 del convenio colectivo, limitándose a dos meses el plazo para la formalización de la denuncia acordado en el acta de 2 de Noviembre de 2011, publicada en el BOP. nº 51, de 29 de Febrero de 2012.

ANEXO con tablas actualizadas

TERCERO.- Se acuerda remitir la presente Acta a la Autoridad Laboral, para su depósito y publicación en el BOP.

CUARTO.- Facultar a D ª Carmen Pleite Broseta, con D.N.I. 19.828.674-Y para proceder al depósito de la presente acta y demás documentos, ante el correspondiente órgano administrativo para su tramitación y efectos.

En prueba de conformidad firman la presente acta en lugar y fecha indicados, siendo las 18,00 horas del día de su comienzo.

TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS AÑO 2012, AÑO 2013 Y AÑO 2014 C.C OFICINAS Y DESPACHOS PROVINCIA VALENCIA

NIVEL SALARIAL

T. DEFINITIVA 2012

T. DEFINITIVA 2013

T. DEFINITIVA 2014

I

Titulado Superior y Director

1.508,01

1.519,32

1.530,71

0,00

0,00

0,00

II

Titulado Medio o Diplomado

1.340,48

1.350,53

1.360,66

II

Traductor titulado e intérprete jurado

1.340,48

1.350,53

1.360,66

0,00

0,00

0,00

III

Jefe Superior

1.258,34

1.267,78

1.277,29

III

Jefe delineante

1.258,34

1.267,78

1.277,29

III

Jefe de Proyecto

1.258,34

1.267,78

1.277,29

III

Analista

1.258,34

1.267,78

1.277,29

0,00

0,00

0,00

IV

Jefe de Oficina

1.171,09

1.179,87

1.188,72

IV

Delineante proyectista

1.171,09

1.179,87

1.188,72

IV

Contable

1.171,09

1.179,87

1.188,72

IV

Programador de ordenador

1.171,09

1.179,87

1.188,72

IV

Traductor no titulado

1.171,09

1.179,87

1.188,72

0,00

0,00

0,00

V

Oficial 1ª Administrativo

1.013,40

1.021,00

1.028,66

V

Delineante

1.013,40

1.021,00

1.028,66

V

Operador

1.013,40

1.021,00

1.028,66

V

Encargado

1.013,40

1.021,00

1.028,66

0,00

0,00

0,00

VI

Oficial 2ª Administrativo

961,78

968,99

976,26

VI

Comercial

961,78

968,99

976,26

VI

Azafata

961,78

968,99

976,26

0,00

0,00

0,00

VII

Conductor

908,99

915,81

922,68

VII

Grabador

908,99

915,81

922,68

VII

Auxiliar Administrativo

908,99

915,81

922,68

0,00

0,00

0,00

VIII

Almacenero

849,42

855,79

862,21

VIII

Conserje

849,42

855,79

862,21

VIII

Ordenanza tramitador

849,42

855,79

862,21

VIII

Telefonista

849,42

855,79

862,21

VIII

limpieza

849,42

855,79

862,21

VIII

Peones

849,42

855,79

862,21

VIII

Mozos

849,42

855,79

862,21

0,00

0,00

0,00

Plus Convenio para todas las categorías

56,34

56,76

57,19

Kilómetro

0,20

0,20

0,20

Media dieta

9,30

9,30

9,30

Dieta completa

20,14

20,14

20,14

Plus idiomas

10% Salario BaSe

10% Salario BaSe

10% Salario BaSe

Plus domingos y festivos

41,93

42,24

42,56

quebranto de moneda

46,45

46,80

47,15

Plus comida

7,35

7,41

7,46

2013/11587