Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE PANADERIA (10000215011982) de Cáceres
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Convenio Colectivo de Sec...de Cáceres

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE PANADERIA (10000215011982) de Cáceres

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 11 de Agosto de 2001

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RESOLUCION de 17 de julio de 2001, de la Dirección General de Trabajo por la que se acuerda la inscripción en el Registro y publicación del Convenio Colectivo para las Industrias de Panadería para la Provincia de Cáceres (Expte 26/2001). (Diario Oficial de Extremadura num. 93 de 11/08/2001)

Preambulo

VISTO el contenido del Convenio Colectivo para las Industrias de Panadería para la Provincia de Cáceres, con Código Informático 1000215, de ámbito Provincial, suscrito el 24- 5- 2001, entre representantes de las Empresas del Sector, en representación de una parte, y por los representantes de los trabajadores de otra; y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90. 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (B. O. E. de 29-03-95); art. 2. c) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo (B. O. E. 06-06-81); Real Decreto 642/1995, de 21 de abril, sobre traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral) (B. O. E. 17-05-1995); Decreto del Presidente 5/2000, de 8 de febrero, por el que se asignan competencias a la Consejería de Trabajo (D. O. E. 10- 2- 2000); Decreto 6/2000 de 8 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo (D. O. E. 10- 2- 2000); y Decreto 22/1996 de 19 de febrero, sobre distribución de competencia en materia laboral (D. O. E. 27-02-1996); esta Dirección General de Trabajo,

ACUERDA:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería del mismo nombre, con notificación de ello a las partes firmantes.

Segundo

Disponer su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura» y en el «Boletín Oficial de la Provincia» de Cáceres.

Así lo acuerdo, mando y firmo en Mérida, a 17 de julio de 2001. El Director General de Trabajo, JOSE LUIS VILLAR RODRIGUEZ