Convenio Colectivo de Sector de PASTELERÍA, CONFITERÍA, BOLLERÍA Y REPOSTERÍA IN...11982) de Valladolid
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Convenio Colectivo de Sec...Valladolid

Revision. Convenio Colectivo de Sector de PASTELERÍA, CONFITERÍA, BOLLERÍA Y REPOSTERÍA INDUSTRIAL (47000095011982) de Valladolid

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2019

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RESOLUCION DE 11 DE FEBRERO DE 2020 DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DE LA DELEGACION TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON EN VALLADOLID, POR LA QUE SE DISPONE EL REGISTRO, DEPOSITO Y PUBLICACION DEL ACUERDO DE LA MESA NEGOCIADORA RELATIVO AL CONVENIO COLECTIVO DE CONFITERIA, PASTELERIA, BOLLERIA Y REPOSTERIA INDUSTRIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID PARA LOS AÑOS 2018,2019 Y 2020 (Codigo 47000095011982). (Boletín Oficial de Valladolid num. 59 de 25/03/2020)

Vista la documentación relativa AL CONVENIO COLECTIVO PARA EL SECTOR DE CONFITERIA, PASTELERIA, BOLLERIA Y REPOSTERIA INDUSTRIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID (Código 47000095011982),acordado en Comisión Negociadora de fecha 5 de febrero de 2020, con fecha de entrada en este Organismo a través del Registro Telemático de Convenios el día 13 de febrero de 2020, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y la Orden EYH/1139/2017, de 20 de diciembre de 2017, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, con relación a lo dispuesto en el Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, esta Oficina Territorial

ACUERDA

PRIMERO.-Inscribir dichas Tablas Salariales para los años 2018, 2019 y 2020 en el correspondiente Registro de este Organismo, con notificación a la Comisión Negociadora.

SEGUNDO.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

TERCERO.-Depositar un ejemplar del mismo en esta Entidad.

Valladolid, 13 de marzo de 2020.-La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo.-Fdo.: Mª Belen de la Iglesia Freile

ACTA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE CONFITERIA, PASTELERIA, BOLLERIA Y REPOSTERIA INDUSTRIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID PARA LOS AÑOS 2018, 2019 Y 2020

En Valladolid, siendo las 18:30 horas del día 5 de febrero de 2020, se reúnen en la sede de F.E.C.O.S.V.A. C/Muro nº 3-2º Dcha. Las personas que a continuación se relacionan, en su calidad de miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo arriba referenciado.

Por UGT FICA CYL: Don J. A. S. Z.

Por CCOO INDUSTRIA VALLADOLID: Don V. C. F.

Por LA ASOCIACION PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE CONFITERIA DE VALLADOLID: Don J. L. V. G.

Se inicia la sesión procediendo a la revisión de las tablas salariales correspondientes al año 2019. Llegando a los siguientes acuerdos:

1º Las tablas salariales definitivas de 2019 son el resultado de aplicar el 1,3% a las tablas salariales de 2018, o en su caso adecuarlas al Real Decreto 1462/2018 de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el 2019. Anexo I adjunto.

2º Las tablas salariales provisionales para el año 2020, son el resultado de aplicar el incremento del 2% a las tablas definitivas de 2019 o en su caso adecuarlas al Real Decreto 231/2020 de 4 de febrero de 2020 por el que se fija el salario mínimo interprofesional. Anexo II adjunto.

3º Autorizar a Don C.M. S. a la realización de los trámites oportunos para el registro y publicación de las tablas salariales.

Así mismo acuerdan remitir a la Autoridad Laboral competente, el mismo para su registro y publicación.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se procede a la firma de esta Acta de Prueba de conformidad.

ANEXOS

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