Convenio Colectivo de Sector de ASERRADORES Y ALMACENISTAS DE MADERA (39000655011982) de Cantabria
Convenios
Convenio Colectivo de Sec... Cantabria

Última revisión
06/10/2011

Revision. Convenio Colectivo de Sector de ASERRADORES Y ALMACENISTAS DE MADERA (39000655011982) de Cantabria

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2011

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min

Documento oficial en PDF(Páginas 102-104)

Convenio Colectivo laboral del sector de aserradores y almacenistas de madera de Cantabria, referente a la revision salarial correspondiente al año 2011. Codigo de Convenio numero 39000655011982. (Boletín Oficial de Cantabria num. 192 de 06/10/2011)

Preambulo

Resolución disponiendo la inscripción en el Registro y publicación del Acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de "Aserradores y almacenistas de madera de Cantabria".

Código de Convenio número 39000655011982.

Visto el acuerdo suscrito por la comisión paritaria del Convenio Colectivo laboral del sector de aserradores y almacenistas de madera de Cantabria, referente a la revisión salarial correspondiente al año 2011; y de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto Legislativo1/1995 y los artículos 2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de acuerdos y convenios colectivos de trabajo, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1.900/1996 de 2 de agosto sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria y Decreto 88/1996 de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos, así como el Decreto 103/2008, de 16 de octubre, de atribución de competencias, y de acuerdo con el Decreto 9/2011, de 28 de junio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el Decreto 87/2011, de 7 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

SE ACUERDA

Primero.-

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como proceder a su depósito.

Segundo.-

Disponer su publicación en el Boletín Ofi cial de Cantabria.

Santander, 23 de septiembre de 2011.

La directora general de Trabajo,

Rosa María Castrillo Fernández.

ACUERDO

ASISTENTES

Por los Trabajadores

M.C.A.

- U.G.T.

J. Carlos Meneses Velarde

J. Andrés Zubillaga Ortega

Joaquín Cifrian Alonso

Walter Arco Fito

José Luis Llata Cruz

FECOMA - C.C.O.O.

José Antonio Rodríguez Barcena

Manuel Ramón Cruz Relloso Pág. 30814boc.cantabria.es

Mariano Pérez Conde

Mª Luz García Olavarrieta

Por los Empresarios

ACEMM

Itxaso Saiz Herrero

Camilo Fernández Alonso

En Santander, a 27 de junio de 2011

Siendo las 9:00 horas, se reúnen los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Aserradores y Almacenistas de Madera, cuyos componentes aparecen ya relacionados en la presente acta para:

Proceder a determinar la Tabla Salarial y Horas Extras para 2011.

Año 2011: Con fecha de efectos del 1° de enero se revisarán los salarios incrementándose en un 1,30%.

Los atrasos generados desde el 1 de enero se podrán abonar en tres plazos, a partir del mes siguiente a la publicación de la presente tabla en el B. O. C., junto con las nóminas de los tres meses siguientes respectivamente.

Se adjuntan como anexo a esta acta las siguientes tablas: Tabla salarial del año 2011 con un incremento del 1,30% sobre la del 2010.

Finalmente, se acuerda delegar en la Asociación Cántabra de Empresarios de la Madera y del Comercio del Mueble (ACEMM) y en don Javier Rodríguez Martínez para que de manera solidaria, cualesquiera de ellos de forma indistinta, realicen los trámites oportunos a efectos de su registro y publicación ante los órganos competentes.

Y en prueba de conformidad con lo que antecede fi rman la presente acta en el lugar y fecha arriba indicada.

Por los trabajadores

Por los empresarios

ASERRADEROS Y ALMACENES

TABLA SALARIAL Y HORAS EXTRAS PARA

Periodo:1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011

Grupos

Día

Año

Hora extra

Grupo I

45,18 €

19.200,00 €

19,18 €

Grupo II

42,35 €

18.000,00 €

17,98 €

Grupo III

39,53 €

16.800,00 €

16,78 €

Grupo IV

36,71 €

15.600,00 €

15,58 €

Grupo V

35,23 €

14.973,45 €

14,96 €

Grupo VI

32,74 €

13.914,19 €

13,90 €

Grupo VII

32,17 €

13.672,79 €

13,66 €

Complementos

Grupo III

Día

Año

Hora extra

Jefe de Administración. Grupo IV

10,21 €

4.337,77 €

4,33 €

Oficial 1 ª Administrativo. Grupo V

7,16 €

3.041,05 €

3,04 €

Oficial 2 ª Administrativo. Grupo VI

3,67 €

1.560,63 €

1,56 €

Auxiliar Administrativo.

Ayudante.

Grupo VII

1,52 €

647,28 €

0,65 €

0,29 €

123,99 €

0,12 €

Personal Subalterno.

0,54 €

230,68 €

0,23 €

Contratos de Formación

De 1 º año

75% del salario del grupo VI

De 2 º año

85% del salario del grupo VI

De 3 º año

95% del salario del grupo VI

Artículo 55 º:Dietas y medias dietas

Dieta completa

28,23 €/día

Media dieta

10,82 €/día

Artículo 80 º:Seguro de accidentes por muerte, incapacidad absoluta, incapacidad total e IT

Fallecimiento

12.439,28 €

Invalidez Permanente

22.371,78 €

IT

5,79 €/día