Convenio Colectivo de Sector de CLINICAS Y CONSULTAS DE ODONTOLOGIA Y ESTOMALOGI...035011996) de Málaga
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Revision. Convenio Colectivo de Sector de CLINICAS Y CONSULTAS DE ODONTOLOGIA Y ESTOMALOGIA (29006035011996) de Málaga

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2008

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Tabla salarial de la empresa Clinicas y Consultas de Odontologia y Estomatologia (Boletín Oficial de Málaga num. 80 de 25/04/2008)

Preambulo

Expediente número 071/08.

Visto el texto de tabla salarial de la empresa Clínicas y Consultas de Odontología y Estomatología, recibido en esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo, con fecha 11 de marzo de 2008, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo), esta Delegación Provincial de Empleo acuerda:

1.º Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Organismo, con notificación a la comisión negociadora, quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas.

2.ºProceder al depósito del texto original del Convenio Colectivo en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta Delegación Provincial.

3.ºDisponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Málaga, 26 de marzo de 2008. El Delegado Provincial de Empleo, firmado: Juan Carlos Lomeña Villalobos.

En Málaga, a 17 de enero de 2008, siendo las 13 horas, se reúnen, de una parte, una representación de la Asociación Empresarial de Odontólogos de Málaga y, de otra, por la representación de los trabajadores, representantes de los Sindicatos CC. OO. yFSPUGT, para proceder a la actualización de los conceptos económicos del Convenio Colectivo Provincial para Clínicas y Consultas de Odontología y Estomatología de la Provincia de Málaga,

Por la representación empresarial:

Don Juan M.ªSoriano Alcalá (Presidente).

Por la representación de los trabajadores:

Por CC. OO., don Juan Carlos Navas Herrera; por FSPUGT., don José López Olea.

Ambas partes se reconocen capacidad de representación para revisar el convenio. Previa deliberación, se alcanza el siguiente acuerdo de revisión salarial del Convenio Colectivo Provincial para Clínicas y Consultas de Odontología y Estomatología de la Provincia de Málaga:

1.º) De acuerdo con el mecanismo previsto en el artículo 4 del citado convenio, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008, los conceptos económicos sufrirán las siguientes modificaciones

a) El premio de antigüedad del artículo 9 se verá incrementado en las siguientes cuantías:

- Colaborador de consulta 25,84 euros mensuales por trienio

- Higienista 30,96 euros mensuales por trienio

- Odontólogo 59,46 euros mensuales por trienio

2.º) La tabla salarial de aplicación, será la consignada en el anexo del presente acuerdo.

3.º) Todos los conceptos económicos se aplicarán con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2008. 4.º) Todas las modificaciones aquí relacionadas se entenderán incorporadas al cuerpo del convenio colectivo del sector desde la firma del presente acuerdo, con independencia de la fecha de su publicación.

Todo lo cual se rubrica en Málaga, a 17 de enero de 2008. (Firmas ilegibles).

Anexo

Tablas salariales

Año 2008

CATEGORÍAS

SUELDO BASE

PLUS CONVENIO

C. PUESTO TRABAJO

PLUS TRPTE.

COLABORADOR/A DE CONSULTA

680,97 €

57,72 €

49,98 €

52,87€ 2,40 €/DÍA

HIGIENISTA DENTAL

760,19 €

57,72 €

129.96 €

52,87 € 2'40 €/DÍA

ODONTÓLOGO/A

1.339,84 €

57,72 €

314,68 €

52,87 € 2'40 €/DÍA

(Hay varias firmas ilegibles).

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