Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE ALIMENTACION (NO VIGENTE. Ver 061007...35011981) de Badajoz
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Convenio Colectivo de Sec...de Badajoz

Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE ALIMENTACION (NO VIGENTE. Ver 06100795012023) (06000135011981) de Badajoz

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2003

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Resolucion, de 19 de febrero de 2004, de la Direccion General de Trabajo, por la que se determina la inscripcion en el registro y publicacion del Acuerdo de la Revision Salarial para el año 2003, de fecha 13-2-2004, relativo al Convenio Colectivo: «Comercio de Alimentacion de la Provincia de Badajoz».-Asiento 8/2004. (Boletín Oficial de Badajoz num. 45 de 08/03/2004)

Preambulo

VISTO: el acuerdo adoptado en el Acta y tabla salarial anexa para el año 2003, de fecha 13- 2- 2004, por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo Comercio de Alimentación de la Provincia de Badajoz, con código informático 0600135, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo (B. O. E. 6- 6- 81); Real Decreto 642/1995, de 21 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral) (B. O. E. 17- 5- 95), esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía y Trabajo, con notificación de ello a las partes firmantes.

Segundo

Disponer la publicación, en el Boletín Oficial de la Provincia -BOP y en el Diario Oficial de Extremadura -DOE-, del texto del Acta y anexo que acompañan a esta Resolución.

Mérida, 19 de febrero de 2004. - El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA N.° 1/2004 DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE ALIMENTACIÓN MAYOR Y MENOR

Por U. G. T.: Antonio Sosa

Por CC. OO.: Antonio Silvestre. Valentina Tarriño.

Por A. E. A. y A. E. C. A. Ignacio Campos Francisco Peces Miguel A. Corral.

Siendo las dieciocho horas del día trece de febrero del dos mil cuatro, se reúnen los señores relacionados arriba, en la Sede Social de las Asociaciones de Empresarios de Alimentación (A. E. A. y A. E. C. A.), sita en Avda. de Colón, 5, con el único punto del Orden del Día:

Único: Aprobar la Tabla Salarial adjunta para su publicación y registro. En prueba de conformidad firman los señores relacionados arriba siendo las diecisiete horas del día y fecha reseñados.

TABLA SALARIAL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR ALIMENTACIÓN MAYOR Y MENOR PARA LA PROVINCIA DE BADAJOZ

Categoría

Año 2003

Revisado 2003

Director

668,22

674,90

Jefe de Compras

668,22

674,90

Jefe de Ventas

668,22

674,90

Jefe de Sucursal

668,22

674,90

Jefe de Sección

668,22

674,90

Jefe de Almacén

668,22

674,90

Viajantes

666,86

673,53

Jefe de Administración

668,22

674,90

Oficial Administrativo

666,86

673,53

Operador Ordenador

666,86

673,53

Auxiliar Administrativo

662,93

669,56

Dependiente

662,93

669,56

Auxiliar de Caja

662,93

669,56

Carnicero, Pescadero

729,22

736,51

Conductor

729,22

736,51

Charcutero

671,65

678,37

Mozo

662,91

669,54

Mozo Especializado

662,91

669,54

Oficial de1. ª

662,91

669,54

Conserje, Vigilante

662,91

669,54

Reponedor

662,91

669,54

Aprendiz menor de18

487,57

492,45

Plus Transporte

45,43

45,88