Convenio Colectivo de Sector de FABRICANTES DE MUEBLES, EBANISTAS Y CARPINTEROS,...315011981) de Burgos
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Convenio Colectivo de Sec... de Burgos

Última revisión
11/03/2010

Revision. Convenio Colectivo de Sector de FABRICANTES DE MUEBLES, EBANISTAS Y CARPINTEROS, CARRETEROS, CARROCEROS, PERSIANAS Y AGLOMERADOS (09000315011981) de Burgos

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2010

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Resolucion de fecha 18 de febrero de 2010 de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos, por la que se dispone la publicacion de las tablas salariales para al año 2010, del Convenio Colectivo de trabajo de ambito provincial para la actividad de «Fabricantes de muebles, ebanistas, carpinteros, carreteros, carroceros, persianas y aglomerados». Codigo Convenio 0900315. (Boletín Oficial de Burgos num. 48 de 11/03/2010)

Preambulo

Visto el acuerdo de fecha 9 de febrero de 2010, recibido en esta Oficina el día 10 de febrero de 2010, suscrito por la representación empresarial y las Centrales Sindicales CC.OO. y U.G.T., por el que se establece la publicación de las tablas salariales para el año 2010 y del Convenio Colectivo de trabajo de ámbito provincial para la actividad de «Fabricantes de muebles, ebanistas, carpinteros, carreteros, carroceros, persianas y aglomerados», del Convenio Colectivo citado, que fue inscrito reglamentariamente en el Registro de esta Entidad el día 25 de agosto de 2008, publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia número 161, de fecha 25 de agosto de 2008, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (B.O.E. de 6-06-81), sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, teniendo en cuenta lo previsto en el Real Decreto 831/95, de 30 de mayo (B.O.C. y L. de 6-07-95), el Decreto 120/1995, de 11 de julio, de Atribución de Funciones y Servicios en Materia de Trabajo y la Orden de 12 de septiembre de 1997, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, sobre creación del Registro de los Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (B.O.C. y L. número 183 de 24-09-97).

Esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:

Primero:

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Organismo, con notificación a las partes interesadas.

Segundo:

Notificar este acuerdo a la Comisión Negociadora.

Tercero:

Disponer su publicación obligatoria y gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia de Burgos.

Burgos, a 18 de febrero de 2010. - El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Antonio Corbí Echevarrieta.

* * *

Asistentes. -

Trabajadores: CC.OO.: Eugenia Palomero, Luis Iglesia; U.G.T.: Raúl Peñaranda.

Empresarios: Joaquín González. Asesores FAE.: Iñigo Llarena, Cristina Martínez.

Secretaria: Cristina Martínez.

En Burgos siendo las diez horas del día 9 de febrero de 2010, se reúne en la Sala de Juntas de FAE la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Fabricantes de Muebles, Ebanistas, Carpinteros, Carreteros, Carroceros, Persianas y Aglomerados de la provincia de Burgos.

El vigente Convenio en su artículo 6.º, de conformidad con su nueva redacción establecida por el Acuerdo Colectivo («Boletín Oficial» de la provincia de 11 de enero) en materia de salario base, contempla:

«Para el año 2010 se aplicará un incremento igual al 1,30%».

Una vez elaborada la tabla salarial correspondiente, es aprobada por los miembros de esta Comisión y firmada en prueba de su conformidad.

Dicha tabla se anexa a la presente Acta.

Y no habiendo sido tratados otros asuntos, se levantó la sesión. De todo lo cual como Secretaria certifico.

* * *

FABRICANTES DE MUEBLES TABLAS SALARIALES AÑO 2010

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CONCEPTOS EXTRASALARIALES

Dietas: Dieta completa 43,14 Media dieta 19,24 (*) Categorías que incluyen cantidad de convergencia en aplicación de la Disposición Transitoria del Convenio.