Convenio Colectivo de Sector de FORJADOS Y HORMIGONES (NO VIGENTE. Ver 501004550...5011981) de Zaragoza
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Convenio Colectivo de Sec...e Zaragoza

Última revisión
12/04/2004

Revision. Convenio Colectivo de Sector de FORJADOS Y HORMIGONES (NO VIGENTE. Ver 50100455012017) (50000545011981) de Zaragoza

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2003

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Resolucion del Servicio Provincial de Economia, Hacienda y Empleo por la que se acuerda la publicacion de la revision de las tablas salariales para el año 2003, por clausula de salvaguarda, y las tablas salariales para el año 2004 del convenio colectivo del sector Forjados y Hormigones. (Boletín Oficial de Zaragoza num. 81 de 12/04/2004)

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios colectivos de este Servicio Provincial, con notificación a la comisión negociadora.

Segundo

Disponer su publicación en el BOP. Zaragoza, 8 de marzo de 2004. El director del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Empleo, Miguel Angel Martínez Marco.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DE FORJADOS Y HORMIGONES DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA CELEBRADA EL DÍA 2 DE MARZO DE 2004

Asistentes, en representación de los trabajadores, por CC. OO., don Luis Alberto Torres Royo y don Pablo Urmeneta Abenia, y por UGT, don Santiago Fernández Díaz y don Javier Moreno Señalada, y en representación de los empresarios, don Vicente Varea Martínez, don Pedro Gimeno Alvarez y don Roberto Salvanés Durán.

En Zaragoza, siendo las 16.30 horas del día 2 de marzo de 2004, se reúnen los señores expresados en el párrafo anterior, en la sala de juntas de la Asociación de Empresarios de Forjados y Hormigones de Zaragoza y Provincia, miembros de la comisión mixta paritaria del convenio colectivo provincial del sector de Forjados y Hormigones de la provincia de Zaragoza, al objeto de tratar los siguientes asuntos:

Primero

Constitución de la comisión mixta paritaria. Declarar válidamente constituida la comisión mixta paritaria, reconociéndose por ambas partes, recíprocamente, su legitimación y representatividad.

Segundo

Designación de secretario. Las partes acuerdan designar secretario de la comisión mixta paritaria del convenio a don Roberto Salvanés Durán, con las atribuciones propias de su puesto, y, de forma específica, la de elaborar las actas correspondientes, dar fe de la veracidad de su contenido, proceder a la expedición de las certificaciones oportunas e impulsar el registro y publicación del convenio y de sus acuerdos ante los organismos oficiales.

Tercero

Aprobación de las tablas de retribuciones. Se acuerda aprobar las tablas revisadas del año 2003 y actualizar las correspondientes al año 2004, habiéndose procedido en aplicación de los siguientes criterios:

a) Revisión 2003: Sobre las tablas del año 2002, que sirvieron de base para el cálculo para obtener las de 2003, ha sido aplicada una actualización del 0,6%. La cantidad así obtenida por cada categoría o nivel es el importe de la revisión económica como consecuencia de la desviación del índice de precios al consumo de 2003.

Este importe ha sido adicionado a las tablas que han estado vigentes en 2003 y el resultado así obtenido es la base de cálculo para el incremento del año 2004.

b) Incremento salarial del año 2004: Según lo establecido en el punto tercero de la disposición final primera del convenio general, de acuerdo con la redacción dada a esta disposición en el acta IV, final de acuerdos, de la comisión negociadora del convenio general de Derivados del Cemento, publicada en el BOE de 24 de abril de 2003, el resultado obtenido según los cálculos precedentes, se ha incrementado en un 2,85% (índice de precios al consumo previsto, más 0,85%).

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 17.30 horas en el lugar y fecha al principio citados.

Tabla salarial anual revisada del año 2003

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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