Convenio Colectivo de Sector de HOSTELERIA (06000295011981) de Badajoz
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Convenio Colectivo de Sec...de Badajoz

Última revisión
13/04/2011

Revision. Convenio Colectivo de Sector de HOSTELERIA (06000295011981) de Badajoz

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2010

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Documento oficial en PDF(Páginas 22-24)

RESOLUCION de 30 de marzo de 2011, de la Direccion General de Trabajo, por la que se ordena la inscripcion en el Registro y se dispone la publicacion del "Acta de la Comision Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo de Hosteleria de la provincia de Badajoz, en la que se recogen acuerdos relativos a revision salarial y demas conceptos economicos del año 2010, suscritos el 17 de marzo de 2011". (2011060706). Codigo de Convenio 06000295011981 (Diario Oficial de Extremadura num. 72 de 13/04/2011)

Preambulo

Visto el texto del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo de Hostelería de la provincia de Badajoz (código de Convenio 06000295011981), en la que se recogen acuerdos relativos a revisión salarial y demás conceptos económicos del año 2010, suscritos el 17 de marzo de 2011, de una parte, por CETEX (Confederación de Empresarios de Hostelería de Extremadura), y de otra, por las centrales sindicales UGT y CCOO, en representación de los trabajadores afectados.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo.

Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 30 de marzo de 2011.

El Director General de Trabajo,

JUAN MANUEL FORTUNA ESCOBAR

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE HOSTELERÍA DE LA PROVINCIA BADAJOZ

En Badajoz, siendo las 17,00 horas del día 17 de marzo de 2011, se reúnen en las instalaciones de la Confederación de Empresarios de Turismo de Extremadura (CETEX), de una parte los representantes sindicales de UGT y CCOO, y de otra los representantes de CETEX, como partes firmantes del Convenio, reconociéndose ambas partes capacidad suficiente para este acto y con el siguiente:

ORDEN DEL DÍA:

Punto Primero. Salarios Finales 2010.

Iniciada la reunión se acuerda lo siguiente:

Punto Primero: Revisión Salarial y demás conceptos económicos del año 2010.

Una vez constatada oficialmente por el INE la inflación correspondiente al año 2010, y quedando establecida dicha cifra en el 3,0% en aplicación del artículo 24.º del Convenio Colectivo vigente se procede a revisar en un 1,8%, quedando la tabla salarial y demás artículos afectados económicamente y que se relacionan (15.º, 17.º, 22.º, 28.º, 29.º, 31.º, 32.º, 33.º y 34.º) como a continuación se indican:

TABLA SALARIAL AÑO 2010

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Pluses y demás conceptos económicos del año 2010

Artículo 15. Plus de ferias 10,30 €/día

Artículo 17.

Fiesta patronal 10,30 €/día

Artículo 22. Seguro de Vida 17.576,54 €

Artículo 28. Salario en especie 1,35 €/día

Artículo 31.

Bolsa de vacaciones 484,30 €/año. 40,36 €/mes

Artículo 32. Ropa de trabajo 16,20 €/mes

Artículo 33.

Plus de transportes 3,31 €/día

Artículo 34. Nacimiento de hijos 82,99 €/Hijo

Artículo 29.

Hora Nocturna 2,05 €/Hora

Igualmente en esta reunión y por los componentes de la misma se acuerda mandatar a Máximo Blanco Grande para que efectúe los trámites necesarios ante la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura a efectos de presentación, archivo y publicación de este acta con sus correspondientes copias y hojas estadísticas.

Por UGT.

Antonio Sosa López, Máximo Blanco Grande.

Por CCOO: Carmen Suárez Fornelino, Valentina Tarriño Pastor.

Por CETEX: José Luis Ascarza Sánchez, Francisco Galán García, Ignacio Cortés Moro, Carlos Bernáldez García.

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