Convenio Colectivo de Sector de HOSTELERIA, CAFES, BARES Y SIMILARES (49001205011981) de Zamora
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Convenio Colectivo de Sec... de Zamora

Revision. Convenio Colectivo de Sector de HOSTELERIA, CAFES, BARES Y SIMILARES (49001205011981) de Zamora

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2003

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Convenio Colectivo del de Sector Hosteleria, Cafes, Bares y Similares. Clausula de revision salarial año 2003 (Boletín Oficial de Zamora num. 28 de 05/03/2004)

Primero

Ordenar la inscripción del mencionado Acuerdo en el correspondiente registro de esta Oficina Territorial de Trabajo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo

Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la provincia de Zamora.

Así lo acuerdo y firmo en Zamora, a veinte de febrero de dos mil cuatro. El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Ricardo García de Arriba Sánchez.

ACTA DE REVISIÓN SALARIAL

En la ciudad de Zamora, en la sala de Juntas de la Asociación Zamorana de Empresarios de Hostelería (AZEHOS), sita en la entreplanta del número tres de la Travesía de Santa Ana,y a las 17:00 del día 3 de febrero de 2004, se reúnen los señores que a continuación se relaciona:

- Por CC 00: Don José Antonio Bartolomé Cachón, don Numeriano Miranda García, don Eugenio González Alonso, don Simón Sansegundo Maldonado, don Óscar Sastre Hernández.

- Por UGT: Don Roberto Rabadán Rodríguez, don Carlos Hernández Barrero, don Tirso García Gago, doña Ana María de Miguel Asensio.

- Por HOSTUR: Don Manuel Colino Ares, don Osorio Pinilla Hernández, don Javier Izquierdo Sánchez, don Ángel Hernández Mata, don Luis de Luis Alfagame.

- Por AZEHOS: Don Óscar Somoza Rodríguez Escudero, don Marcial Rodríguez San Gregorio, don Luis Miguel Rodríguez Román, don José Francisco Campanario Matellán, don Heliodoro Domínguez Antón, don Ildefonso Bragado Barajas.

Secretario: Don Juan Manuel López Monje.

Todos ellos son integrantes de la comisión negociadora del Convenio Colectivo Provincial de Hostelería y se reconocen plena capacidad y suficiente representatividad para el objeto de la presente reunión que es revisar los salarios correspondientes al año 2003 de acuerdo con lo estipulado en el último párrafo del artículo 32 del referido convenio que dispone: "Si al concluir el año 2003 el IPC real fue superior al previsto, se procederá a revisar con carácter retroactivo al 1 de enero de 2003 los conceptos retributivos en la diferencia resultante, y el abono de la cuantía correspondiente se efectuará antes del 30 de abril de 2004".

Consecuentemente, se aprueba la tabla salarial revisada de 2003, que es la reflejada en el anexo primero resultante de incrementar a la última tabla salarial del 2003 publicada, el 0,6%, que es la diferencia entre el IPC previsto y el IPC real.

Asimismo, las diferencias salariales resultantes se abonarán en una sola paga a los trabajadores antes del 30 de abril de 2004.

Leído el texto de la presente acta y el anexo que se acompaña, todas las partes manifiestan su conformidad con el contenido, firmándolo en el lugar y fecha al comienzo indicados y acordando su remisión a la OTT de Zamora para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la provincia.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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