Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE REMATANTES, ASERRADORES, ALMACENIS...475011982) de Burgos
Convenios
Convenio Colectivo de Sec... de Burgos

Última revisión
14/12/2007

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE REMATANTES, ASERRADORES, ALMACENISTAS DE MADERA, FABRICACION DE EMBALAJES Y OTRAS (09000475011982) de Burgos

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Resolucion de fecha 28-11-07 de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos, por la que se dispone la publicacion del incremento de la tabla salarial para el año 2007, del Convenio Colectivo del sector provincial para las «Industrias de rematantes, aserradores, almacenistas de madera, fabricacion de embalajes y otros de Burgos». Convenio Colectivo 0900475. (Boletín Oficial de Burgos num. 239 de 14/12/2007)

Preambulo

Visto el acuerdo de fecha 12 de noviembre de 2007 recibido en esta Oficina el día 16 de noviembre de 2007 suscrito por la Asociación Empresarial Burladera y las centrales sindicales CC. OO. y U. G. T. por el que se establece la publicación del incremento de la tabla salarial para el año 2007, del Convenio Colectivo del sector provincial para las «Industrias de rematantes, aserradores, almacenistas de madera, fabricación de embalajes y otros de Burgos» del Convenio Colectivo citado, que fue inscrito reglamentariamente en el Registro de esta Entidad el día 12 de junio de 2002, publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia n.º 138 de fecha 22 de julio de 2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el R. D. 1040/81 de 22 de mayo (B. O. E. 6- 6- 81) sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, teniendo en cuenta lo previsto en el R. D. 831/95 de 30 de mayo (B. O. C. y L. 6- 7- 95), el Decreto 120/1995, de 11 de julio, de atribución de funciones y servicios en materia de trabajo y la Orden de 12 de septiembre de 1997 de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, sobre creación del Registro de los Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (B. O. C. y L. n.º 183 de 24- 9- 97).

Esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Organismo, con notificación a las partes interesadas.

Segundo

Disponer su publicación obligatoria y gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia de Burgos.

Burgos, 24 de mayo de 2007. - El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Antonio Corbí Echevarrieta.

REMATANTES, ASERRADORES Y ALMACENISTAS DE MADERA

Tabla salarial año 2007

Categorías

Columna A

Columna B

Columna C

Total anual

Salario mensual

Salario diario

Paga extra

Plus asist. mensual

Encargado

31,83

1.336,86

44,71

14.828,19

Aserrador de primera

30,64

1.286,88

44,71

14.293,88

Aserrador de segunda

29,46

1.237,32

44,71

13.764,06

Afilador

29,33

1.231,86

44,71

13.705,69

Ayudante de Aserrador

28,52

1.197,84

44,71

13.342,00

Aserrador Sierra Circular

28,27

1.187,34

44,71

13.229,75

Peón especializado

27,44

1.152,48

44,71

12.857,08

Peón ordinario

27,15

1.140,30

44,71

12.726,87

Conductor

29,33

1.231,86

44,71

3.705,69

Jefe Administrativo

1.030,23

1.442,32

44,71

15.783,92

Oficial de primera

971,63

1.360,28

44,71

14.916,64

Oficial de segunda

877,03

1.227,84

44,71

13.516,56

Auxiliar y Telefonista

823,75

1.153,25

44,71

12.728,02

Aspirante de Oficina

741,26

1.037,76

44,71

11.507,16

Aprendiz de 16-17 años

22,65

951,30

35,74

10.598,73

Pinché de 16-17 años

22,22

933,24

35,74

10.405,66