Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de MATADEROS DE AVES Y CONEJOS (99003395011981) de BOE
Sector Estatal. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2000
RESOLUCION de 6 de marzo de 2001, de la Direccion General de Trabajo, por la que se dispone la inscripcion en el Registro y publicacion de la revision salarial para el año 2000 del Convenio Colectivo Estatal de Mataderos de Aves y Conejos. (Boletín Oficial del Estado num. 74 de 27/03/2001)
Visto el texto de la revisión salarial para el año 2000 del Convenio Colectivo Estatal de Mataderos de Aves y Conejos (código de Convenio número9903395) , quefuesuscritaconfecha1 de febrero de 2001por la Comisión Paritaria del Convenio, de la que forman parte las asociaciones empresariales ANPP y AMACO en representación de las empresas del sector y por las Centrales Sindicales USO, CC. OO. y UGT, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de febrero de 2001. La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
ANEXO 1
Días año a efectos de cobro: 426 salario base.
Meses año a efectos de cobro: 14 salario base.
Días año a efectos de cobro: 225 plus Convenio.
Horas anuales: Mil setecientas noventa y dos.
Días año normal: Trescientos sesenta y seis.
Días de trabajo efectivo: Doscientos veinticinco.
TABLA SALARIAL AÑO 2000
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