Última revisión
14/04/2025
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de PIEL MARROQUINERIA, ARTICULOS DE VIAJE Y AFINES (11001005011982) de Cádiz
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante
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Inscripción del Acta de la Comisión Negociadora del convenio colectivo de la piel y marroquinería de la provincia de Cádiz (2024-2027). (Boletín Oficial de Cádiz num. 70 de 14/04/2025)
CONVENIO O ACUERDO: INDUSTRIAS DE MARROQUINERIA
Expediente: 11/01/0060/2025
Fecha: 07/03/2025
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: JAIME SUAREZ OCAÑA
Código 11001005011982.
Vista el ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO COLECTIVO DE LA PIEL Y MARROQUINERIA DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ (2024-2027), de fecha 7 de febrero de 2025, relativa a la la revisión salarial del citado convenio colectivo (TABLAS SALARIALES), presentada a través de medios electrónicos en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo el 30/01/2025, una vez subsanada la misma el día 05/03-2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, y todo ello en relación con la Ley 9/2007, de 23 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
RESUELVE:
Primero: Ordenar la inscripción de la citada ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO COLECTIVO DE LA PIEL Y MARROQUINERIA DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ (2024-2027), de fecha 7 de febrero de 2025, relativa a la la revisión salarial del citado convenio colectivo (TABLAS SALARIALES), en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Cádiz, a 7 de marzo de 2025. DELEGADO TERRITORIAL DE LA DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTONOMO, Fdo.: DANIEL SANCHEZ ROMAN
ACTA DE ACUERDO DE LA REUNION DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA PIEL Y MARROQUINERIA DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ 2024-2027
En representación empresarial:
ASOPIEL
D. Manuel Enriquez Aumesquet
D. Juan García López
D. Eliot Aguinaga Hill
D. Pedro Galindo Luque
D. Francisco Lago Landín
Asesores ASOPIEL
Dª. Carmen Lopez Revora
Dª Eva Mª Cámara Nieto
D. Fernando L. Venegas Domínguez
D. Alfonso Jiménez Mateo.
Representación social:
UGT FICA
Dª Isabel Cintado Benítez
D. Sergio Gago Torres
D. Daniel Villarte Santos
D. José Cañamaque
Dª. Isabel Maria Valle Pino
Dª. Lourdes Cozar Corralero
Dª. Ana Belén Fabero Arenas
D. Miguel A. Moreno Moreno
D. Antonio Cozar Márquez
D. Juan Chacón Villanueva.
Asesores
D. Jose Carlos Ramos
D. Jose Antonio Luque Zugasti
D. Manuel Tomas Diaz Carrasco
CCOO F.I.
D. Hidalgo Garcia Borrego
D. Miguel A. Pozo Morales
D. Antonio Domínguez Chaves
Asesores
D. Antonio Beiro Baro
D. Jose Pérez Bea
D. Pedro Lloret Linar
D. Rafael Pérez Ortega
En Ubrique siendo las 18:00 horas del día 7 de febrero de 2025. Da comienzo la reunión en el Ayuntamiento de Ubrique, previamente convocados, se reúnen las personas que se relacionan al margen en la representación y calidad que en el mismo consta, integrantes todos ellos de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo arriba mencionado.
Se reconocen igualmente capacidad para formalizar el presente documento, que a la luz del articulo 12 del convenio colectivo firmado y con vigencia para los años 2024-2027, en el que se recoge la revisión salarial del convenio, las partes manifiestan y aceptan que para el año 2025, una vez comprobado y actualizadas las tablas en el IPC real de 2024 (2,8 %) la subida de la revisión se concreta en el 1,1 %.
En tal sentido se procede al cálculo y revisión de los conceptos económicos de la tabla salarial que se incorpora a la presente acta de revisión salarial, procediéndose a la firma de la misma.
Se acuerda por las partes autorizar a Alfonso Jiménez Mateo y a Jaime Suarez Ocaña para la publicación del presente acuerdo de revisión en el REGCON y posterior publicación en el BOP.
Sin más asuntos que tratar, se da por terminada la reunión, firmando la presente acta y las tablas anexas, por los presentes en prueba de conformidad.
Anexo III
Convenio Provincial de Piel Marroquinería para la provincia de Cádiz
TABLA SALARIAL 2,025
(TABLA OMITIDA. Consultar en documento PDF de publicación)
Anexo IV
Convenio Provincial de Piel Marroquinería para la provincia de Cadiz
TABLA SALARIAL 2,025
(TABLA OMITIDA. Consultar en documento PDF de publicación)
Firmas.
