Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE ENFERMOS Y ACCIDENTADOS EN AMBULAN...5012002) de Cataluña
Convenios
Convenio Colectivo de Sec...e Cataluña

Última revisión
14/04/2010

Revision. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE ENFERMOS Y ACCIDENTADOS EN AMBULANCIA (79001955012002) de Cataluña

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2010

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Documento oficial en PDF(Páginas 239-241)

RESOLUCION TRE/993/2010, de 16 de marzo, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion del Acuerdo de revision salarial para el año 2010 del Convenio colectivo de trabajo del transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de la comunidad autonoma de Cataluña, ACEA (codigo de convenio num. 7901955). (Diario Oficial de Cataluña num. 5607 de 14/04/2010)

Preambulo

Visto el Acuerdo de la revisión salarial del Convenio colectivo de trabajo del transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de la comunidad autónoma de Cataluña, suscrito por las partes negociadoras en fecha 18 de febrero de 2010, y de conformidad con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2

b) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; el artículo 170.1.e) y j) de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña, y otras normas de aplicación,

Resuelvo:

1

Disponer la inscripción del Acuerdo de revisión salarial para el año 2010 del Convenio colectivo de trabajo del transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de la comunidad autónoma de Cataluña, ACEA, en el Registro de convenios de la Dirección General de Relaciones Laborales.

2

Disponer que el mencionado Acuerdo se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimiento previo de los trámites pertinentes.

Notifíquese esta Resolución a la Comisión Negociadora del Convenio.

Barcelona, 16 de marzo de 2010

Salvador Álvarez Vega

Director general de Relaciones Laborales

Traducción literal del texto firmado por las partes

Acta de la reunión de la Comisión paritaria del Convenio colectivo autonómico de Cataluña de transporte sanitario

Representantes de los trabajadores:

Por CC.OO:

Sr. Manel Campaña

Asesor:

Sr. Venanci Garcia

Sr. Enric Vela

Por UGT:

Sr. Adolfo Martin

Sr. José A. Vázquez

Asesor:

Sr. Luis Pérez

Sr. Jordi Joan Hidalgo

Representación empresarial:

Sr. Dionisio Maqueda

Sr. Enric Fernández

Asesores:

Sr. Miquel A. Martínez

Sr. Didac Martínez

En la ciudad de Barcelona, a las 10,00 horas del día 18 de febrero de 2010, en los locales de ACEA (Asociación Catalana de Empresarios de Ambulancia), se reúnen las personas que se relacionan, miembros representantes de los trabajadores y de los empresarios a la comisión paritaria del Sector de Transporte Sanitario en Cataluña, de común acuerdo entre las partes, con el siguiente orden del día,

1. Revisión salarial 2010

La comisión paritaria aplica la revisión prevista en el artículo 3 del redactado del convenio donde se prevé que el salario base se verá actualizado a partir del 1 de febrero de 2010, con la suma de la siguiente cuantía.

Recuperación del IPC

2007

2008

2009

Total

4,20%

1,40%

0,80%

6,40%

500* (IPC07+IPC08+IPC09)

500* 6,40%

32,00 euros

Por error tipográfico la tabla que figura en el acta de paritaria del día 5 de febrero queda sin efecto y acto seguido se adjunta en la tabla salarial Anexo 1 vigente a partir del 1 de febrero de 2010.

TABLAS SALARIALES CONVENIO COLECTIVO TRANSPORTE SANITARIO

ANEXO 1

2010

Categorías

Salario

Salario

Comp.

Precio

convenio

base

formación

hora

Director/a

2.320,57

1.977,28

343,29

17,32

Director/a de Area.

2.177,12

1.855,35

321,77

16,29

Médico

2.306,05

1.964,94

341,11

17,22

DUE/A.T.S.

1.928,78

1.644,26

284,52

14,49

Jefe de tránsito

1.718,39

1.465,43

252,96

12,97

Jefe de equipo

1.638,60

1.397,61

240,99

12,40

TTS Conductor/a

1.655,12

1.411,65

243,47

12,52

TTS Ayudante/a camillero

1.542,31

1.315,76

226,55

11,70

TTS camillero

1.496,15

1.276,53

219,62

11,37

Conductor/a

1.470,15

1.254,43

215,72

11,18

Ayudante/a camillero

1.374,26

1.172,92

201,34

10,49

Camillero

1.335,03

1.139,58

195,45

10,21

Jefe de taller

1.678,16

1.431,24

246,92

12,68

Mecánico/a

1.619,75

1.381,59

238,16

12,26

Chapista

1.587,81

1.354,44

233,37

12,03

Pintor/a

1.587,81

1.354,44

233,37

12,03

Ayudante Mecánico/a

1.522,50

1.298,93

223,58

11,56

Especialista adm./va

1.696,67

1.446,97

249,70

12,82

Oficial administrativo/va

1.466,67

1.251,47

215,20

11,16

Auxiliar administrativo/va

1.288,82

1.100,30

188,52

9,87

Telefonista/Recepcionista

1.316,05

1.123,44

192,61

10,07

Personal de limpieza

772,00

661,00

111,00

6,14

No se llega a ningún acuerdo sobre el incremento en concepto del IPC por el resto de conceptos salariales.

La parte social considera que habría que aplicarlo y la Patronal considera que no corresponde.

En prueba de conformidad se firma la presente a las 12:30 horas del día inicialmente indicado.

(10.075.112)