Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA Y GARAJES (22000295012001) de Huesca
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Convenio Colectivo de Sec... de Huesca

Correccion. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA Y GARAJES (22000295012001) de Huesca

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 24 de Noviembre de 2008

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Error detectado den el Convenio colectivo de transportes de viajeros por carretera y garajes de la provincia de Huesca (Boletín Oficial de Huesca num. 227 de 24/11/2008)

ACTA

ASISTENTES: REPRESENTACION SINDICAL:

POR U. G. T.:

D. Fernando Ortega Zarco; D. Antonio Ezquerra Borbón y José María Otto Piquero.

Dª Rosa Rosano Mairal (asesora); D. José Miguel Barrachina Alcaine (asesor)

REPRESENTACION EMPRESARIAL: D. Héctor Muñoz Sanz; D. Fernando Oliván Bellosta.

En la ciudad de Huesca, siendo las diez horas del día 5 de noviembre de 2008, en los locales de la Federación Empresarial de Transportes por Carretera de la Provincia de Huesca, Plaza López Allué, 3, se reúnen las personas al inicio relacionadas, constituidos en Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera y Garajes de la provincia de Huesca, de acuerdo con el contenido del art. 10 del mismo, y al objeto de subsanar el error detectado en el Anexo ll «Complemento ad Personam 2008» del texto suscrito el pasado mes de abril y publicado en el BOHU nº 90 de 12 de mayo.

Comprobado el Anexo ll y el error detectado, esta Comisión Paritaria acuerda subsanar el mismo elaborando un nuevo Anexo ll «Complemento ad Personam 2008», y que queda unido a ese Acta

Igualmente, detectado error en el art. 34 del referido texto, se acuerda subsanarlo en los siguientes términos: donde dice: « a partir del 21 día de la baja el 70% de la base reguladora» debe decir: « a partir del 21 día de la baja el 75% de la base reguladora» Así mismo se acuerda remitir copia de la presente Acta a la Subdirección Provincial de Trabajo del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Empleo del Gobierno de Aragón.

Por la representación empresarial.- Varias firmas ilegibles. Por la representación social.- Varias firmas ilegibles.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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