Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIA SIDEROMETALURGICA (15000825011982) de Coruña
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Convenio Colectivo de Sec... de Coruña

Última revisión
14/06/2012

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIA SIDEROMETALURGICA (15000825011982) de Coruña

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2011

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Revisión salarial correspondente ao ano 2011 e o incremento das táboas salariais para o ano 2012 do Convenio Colectivo Provincial para as Industrias Siderometalúrxicas. Código de convenio 15000825011982 (Boletín Oficial de A Coruña num. 112 de 14/06/2012)

Preambulo

Visto o texto da acta da suscrita o día 26 de abril de 2012 pola Comisión Paritaria do Convenio Colectivo Provincial para as Industrias Siderometalúrxicas, (Código de convenio 15000825011982) na que se aproban a revisión salarial correspondente ao ano 2011 e o incremento das táboas salariais para o ano 2012, de conformidade co disposto no artigo 90º.2 e 3º do Real decreto lexislativo 1/1995, do 24 de marzo, polo que se aproba o texto refundido da lei do Estatuto dos traballadores, no Real decreto 713/2010, do 28 de maio, sobre rexistro e depósito de convenios e acordos colectivos de traballo e e na Orde de 29 de outubro de 2010 pola que se crea o Rexistro de Convenios e Acordos Colectivos de Traballo da Comunidade Autónoma de Galicia

ESTA XEFATURA DE TRABALLO E BENESTAR ACORDA:

1º.-

Ordenar a súa inscripción no Rexistro de Convenios e Acordos Colectivos de Traballo da Comunidade Autónoma de Galicia.

2º.-

Dispoñer a súa publicación no Boletín Oficial da provincia da Coruña.

A Coruña, 30 de maio de 2012

O xefe territorial de Traballo e Benestar

Luis A. Alvarez Freijido

CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA DE LA PROVINCIA DE A CORUÑA

ACTA DE LA COMISION PARITARIA

En A Coruña, siendo las diecisiete treinta horas del día 26 de abril de 2012, en la sede de la Confederación de Empresarios de A Coruña, sito en el Plaza Luis Seoane, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial para las Industrias Siderometalúrgicas, interviniendo por la parte empresarial, D. Jesús Casal Liñares, Dña Clara Iglesias Vázquez y D. Roberto Derungs Cachaza por Sidero, D. Juan García Varela por Talleres; D. Manuel Miñonas Trillo por Asinec. Actúa en condición de asesora Dña Beatriz Regos Concha. Por la parte social intervienen D. José Hurtado Amador y D. Plácido Cal Faraldo por CC.OO. y Dña Ana Belén Valiño Alonso y D. Juan Ramón Paseiro Parcero por U.G.T. Realiza las funciones de Secretario D. Juan B. de La Salle Barreiro Pérez.

Inicia la reunión y para dar cumplimiento a los artículos 40 y 41 del Convenio Colectivo vigente, se procede al cálculo de la revisión salarial correspondiente al año 2011 y al incremento de las tablas salariales para el año 2012.

Por la parte empresarial se solicita la aplicación de los compromisos alcanzados por las centrales sindicales CC.OO. y UGT por un lado y CEOE por el otro el 25 de enero de 2012, en virtud del cual, aquellos convenios colectivos que tengan pactados incrementos salariales por encima del 0,5%, procederán a negociar la moderación salarial. En base a esto, la parte empresarial ofrece unas tablas salariales para 2012 que suponen para los trabajadores un incremento del 1,9%.

La parte social pide que se respete el convenio pactado y en la próxima negociación se tendrá en cuenta el nuevo escenario.

No llegados a un acuerdo en este extremo y estando obligados por lo pactado en su día, ambas partes muestran la conformidad y aceptación y se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:

Manifestar su plena conformidad al documento anexo que contiene la revisión salarial del año 2011 que se apruebe y que firman todos los comparecientes.

Manifestar su plena conformidad al documento anexo que contiene las nuevas tablas salariales para el año 2012 que se aprueba y que firman todos los comparecientes.

Se acuerda asimismo incrementar los demás conceptos salariales en los siguientes términos:

1.- Dietas: 35,22 € si el desplazamiento que se realiza es inferior o igual a 125 km. Y 42,28 € si es superior a 125 km. La media dieta se establece en 14,10 €.

2.- Plus de Toxicidad, penosidad o peligrosidad: La bonificación de 6,58 € pasa a ser de 6,80 € por día efectivo de trabajo. La establecida en 8,21 € pasa a 8,49 € y la de 9,87 € pasa a 10,21 €

3.- Plus de Jefe de Equipo: El plus establecido en 200,02 € pasa a ser de 206,82 €.

4.- Plus de Trabajo en Construcción y Reparación de Buques: El importe fijado de 1,91 € pasa a ser de 1,97 €.

5.- Trabajo Nocturno: El suplemento de nocturnidad establecido en 8,21 € pasa a ser de 8,49 €.

6.- Trabajo a turnos: El importe fijado de 2,38 € pasa a ser de 2,46 €y si se corresponde en festivos, el importe de 7,15 € pasa a ser de 7,39 €.

En virtud del reconocimiento de la mutua capacidad y legitimidad, ambas partes acuerdan remitir lo actuado y los documentos anexos a la Delegación Provincial de Trabajo de A Coruña a fin de solicitar se proceda a su homologación, autorizando al Secretario D. Juan B. de La Salle Barreiro Pérez para que proceda a su inscripción telemática

Y siendo las diecinueve horas de la fecha anteriormente señalada, se levanta la presente acta de la cual yo, como Secretario, doy fe.

ANEXOS

REVISIÓN SALARIAL 2011

GRUPOS

NIVELES SALARIALES

CATEGORIAS

DIFER. DESDE ABRIL

1

Técnicos de Grado Superior

258,56

2

Técnicos de Grado Medio

248,96

3

A

Jefe de Taller y Jefe Administ.de 1ª y 2ª

225,68

B

Jefe Organización de 1ª, Delineante Proyectista

y Dibujante Proyectista Jefe Organización de 2ª y Técnicos Industriales

218,47

C

Maestro de Taller y Contramaestre

216,23

4

Delineante de 1ª, Práctico en Topografía y

Técnico Organización 1ª

Encargado y Técnico Organización 2ª

204,02

5

A

Oficial Administración 1ª y Viajante

Oficial Administración 2ª y Delineante 2ª

202,70

B

Profesional de Oficio de 1ª, Chofer camión, grúa,

turismo y Profesional Siderúrgico 1ª

Profesional Oficio 2ª y Profesional Siderúrgico 2ª

190,95

6

Almacenero, Aux. Admón y Organización

Especialista, Telefonista, Profesional Oficio 3ª,

Pesador-basculero y Profesional Siderúrgico 3ª

185,06

7

Peón, Ordenanza, Portero y Vigilante

178,48

REVISIÓN SALARIAL 2011 DEL COMPLEMENTO PERSONAL

GRUPOS

NIVEIS SALARIAIS

CATEGORIAS

DIFER. DESDE ABRIL

1

Técnicos de Grado Superior

1,73

2

Técnicos de Grado Medio

1,67

3

A

Jefe de Taller y Jefe Administ.de 1ª y 2ª

1,49

B

Jefe Organización de 1ª, Delineante Proyectista

y Dibujante Proyectista Jefe Organización de 2ª y Técnicos Industriales

1,45

C

Maestro de Taller y Contramaestre

1,42

4

Delineante de 1ª, Práctico en Topografía y

Técnico Organización 1ª

Encargado y Técnico Organización 2ª

1,34

5

A

Oficial Administración 1ª y Viajante

Oficial Administración 2ª y Delineante 2ª

1,34

B

Profesional de Oficio de 1ª, Chofer camión, grúa,

turismo y Profesional Siderúrgico 1ª

Profesional Oficio 2ª y Profesional Siderúrgico 2ª

1,25

6

Almacenero, Aux. Admón y Organización

Especialista, Telefonista, Profesional Oficio 3ª,

Pesador-basculero y Profesional Siderúrgico 3ª

1,21

7

Peón, Ordenanza, Portero y Vigilante

1,17

ANEXO IV

INDEMNIZACION CONTRATOS NO INDEFINIDOS REVISION SALARIAL 2011 (Art. 13 C.C.)

GRUPOS

NIVELES

SALARIALES

CATEGORIAS

INDEMNIZ.

ANUAL

REVISADA

INDEMNIZ.

ANUAL

ANTERIOR

DIFERENC.

ANUAL

DIFER. DESDE

ABRIL

1

Técnicos de Grado Superior

1.110,80

1.095,69

15,11

11,33

2

Técnicos de Grado Medio

1.069,32

1.054,77

14,55

10,91

3

A

Jefe de Taller y Jefe Administ.de 1ª y 2ª

969,65

956,46

13,19

9,89

B

Jefe Organización de 1ª, Delineante Proyectista

y Dibujante Proyectista

Jefe Organización de 2ª y Técnicos Industriales

938,60

925,83

12,77

9,58

C

Maestro de Taller y Contramaestre

928,72

916,08

12,64

9,48

4

Delineante de 1ª, Práctico en Topografía y

Técnico Organización 1ª

Encargado y Técnico Organización 2ª

876,40

864,48

11,92

8,94

5

A

Oficial Administración 1ª y Viajante

Oficial Administración 2ª y Delineante 2ª

870,61

858,76

11,85

8,89

B

Profesional de Oficio de 1ª, Chofer camión, grúa,

turismo y Profesional Siderúrgico 1ª

Profesional Oficio 2ª y Profesional Siderúrgico 2ª

820,10

808,94

11,16

8,37

6

Almacenero, Aux. Admón y Organización

Especialista, Telefonista, Profesional Oficio 3ª,

Pesador-basculero y Profesional Siderúrgico 3ª

795,03

784,22

10,81

8,11

7

Peón, Ordenanza, Portero y Vigilante

766,81

756,37

10,44

7,83

ANEXO I

TABLAS SALARIALES MENSUALES 2012

GRUPOS

NIVELES

SALARIALES

CATEGORIAS

S.B.

MES

PLUS

ASID./DIA

1

Técnicos de Grado Superior

1.739,52

4,28

2

Técnicos de Grado Medio

1.670,58

4,28

3

A

Jefe de Taller y Jefe Administ.de 1ª y 2ª

1.504,92

4,28

B

Jefe Organización de 1ª, Delineante Proyectista

y Dibujante Proyectista

Jefe Organización de 2ª y Técnicos Industriales

1.453,30

4,28

C

Maestro de Taller y Contramaestre

1.436,89

4,28

4

Delineante de 1ª, Práctico en Topografía y

Técnico Organización 1ª

Encargado y Técnico Organización 2ª

1.349,94

4,28

5

A

Oficial Administración 1ª y Viajante

Oficial Administración 2ª y Delineante 2ª

1.340,31

4,28

B

Profesional de Oficio de 1ª, Chofer camión, grúa,

turismo y Profesional Siderúrgico 1ª

Profesional Oficio 2ª y Profesional Siderúrgico 2ª

1.256,36

4,28

6

Almacenero, Aux. Admón y Organización

Especialista, Telefonista, Profesional Oficio 3ª,

Pesador-basculero y Profesional Siderúrgico 3ª

1.214,70

4,28

7

Peón, Ordenanza, Portero y Vigilante

1.167,78

4,28

ANEXO II

TABLAS SALARIALES ANUALES 2012

GRUPOS

NIVELES

SALARIALES

CATEGORIAS

S.B.

ANUAL

PLUS

ASID.

P. EXTRAS

TOTAL

RETRIB.

1

Técnicos de Grado Superior

20.874,24

1.279,72

3.693,04

25.847,00

2

Técnicos de Grado Medio

20.046,96

1.279,72

3.555,16

24.881,84

3

A

Jefe de Taller y Jefe Administ.de 1ª y 2ª

18.059,04

1.279,72

3.223,84

22.562,60

B

Jefe Organización de 1ª, Delineante Proyectista

y Dibujante Proyectista

Jefe Organización de 2ª y Técnicos Industriales

17.439,60

1.279,72

3.120,60

21.839,92

C

Maestro de Taller y Contramaestre

17.242,68

1.279,72

3.087,78

21.610,18

4

Delineante de 1ª, Práctico en Topografía y

Técnico Organización 1ª

Encargado y Técnico Organización 2ª

16.199,28

1.279,72

2.913,88

20.392,88

5

A

Oficial Administración 1ª y Viajante

Oficial Administración 2ª y Delineante 2ª

16.083,72

1.279,72

2.894,62

20.258,06

B

Profesional de Oficio de 1ª, Chofer camión, grúa,

turismo y Profesional Siderúrgico 1ª

Profesional Oficio 2ª y Profesional Siderúrgico 2ª

15.076,32

1.279,72

2.726,72

19.082,76

6

Almacenero, Aux. Admón y Organización

Especialista, Telefonista, Profesional Oficio 3ª,

Pesador-basculero y Profesional Siderúrgico 3ª

14.576,40

1.279,72

2.643,40

18.499,52

7

Peón, Ordenanza, Portero y Vigilante

14.013,36

1.279,72

2.549,56

17.842,64

ANEXO III

COMPLEMENTO PERSONAL 2012

Importe anual por año de servicio sin incluir pagas extras

GRUPOS

NIVELES

SALARIALES

CATEGORIAS

IMPORTE

1

Técnicos de Grado Superior

172,81

2

Técnicos de Grado Medio

165,97

A

Jefe de Taller y Jefe Administ.de 1ª y 2ª

149,53

3

B

Jefe Organización de 1ª, Delineante Proyectista

y Dibujante Proyectista

Jefe Organización de 2ª y Técnicos Industriales

144,38

C

Maestro de Taller y Contramaestre

142,75

4

Delineante de 1ª, Práctico en Topografía y

Técnico Organización 1ª

Encargado y Técnico Organización 2ª

134,10

5

A

Oficial Administración 1ª y Viajante

Oficial Administración 2ª y Delineante 2ª

133,17

B

Profesional de Oficio de 1ª, Chofer camión, grúa,

turismo y Profesional Siderúrgico 1ª

Profesional Oficio 2ª y Profesional Siderúrgico 2ª

125,32

6

Almacenero, Aux. Admón y Organización

120,67

Especialista, Telefonista, Profesional Oficio 3ª,

Pesador-basculero y Profesional Siderúrgico 3ª

7

Peón, Ordenanza, Portero y Vigilante

116,45

ANEXO IV

INDEMNIZACIÓN CONTRATOS NO INDEFINIDOS 2012

(Artículo 13 CC)

GRUPOS

NIVELES

SALARIALES

CATEGORIAS

TOTAL

RETRIB.

INDEMNIZACIÓN

MENSUAL

1

Técnicos de Grado Superior

25.847,00

94,16

2

Técnicos de Grado Medio

24.881,84

90,64

3

A

Jefe de Taller y Jefe Administ.de 1ª y 2ª

22.562,60

82,20

B

Jefe Organización de 1ª, Delineante Proyectista

y Dibujante Proyectista

Jefe Organización de 2ª y Técnicos Industriales

21.839,92

79,56

C

Maestro de Taller y Contramaestre

21.610,18

78,73

4

Delineante de 1ª, Práctico en Topografía y

Técnico Organización 1ª

Encargado y Técnico Organización 2ª

20.392,88

74,29

5

A

Oficial Administración 1ª y Viajante

Oficial Administración 2ª y Delineante 2ª

20.258,06

73,80

B

Profesional de Oficio de 1ª, Chofer camión, grúa,

turismo y Profesional Siderúrgico 1ª

Profesional Oficio 2ª y Profesional Siderúrgico 2ª

19.082,76

69,52

6

Almacenero, Aux. Admón y Organización

Especialista, Telefonista, Profesional Oficio 3ª,

Pesador-basculero y Profesional Siderúrgico 3ª

18.499,52

67,39

7

Peón, Ordenanza, Portero y Vigilante

17.842,64

65,00

2012/6999