Convenio Colectivo de Empresa de ADMINISTRACION REGIONAL DE MURCIA. COLECTIVOS S...STENCIALES de Murcia
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Convenio Colectivo de Emp... de Murcia

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de ADMINISTRACION REGIONAL DE MURCIA. COLECTIVOS SANITARIOS Y ASISTENCIALES de Murcia

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2005 en adelante

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Resolucion de 15 de julio de 2005, de la Consejeria de Economia y Hacienda, por la que se ordena la publicacion del acuerdo de la Mesa Sectorial de Administracion y Servicios, sobre reordenacion retributiva en determinados colectivos sanitarios y asistenciales de la Administracion Regional. (Boletín Oficial de la Región de Murcia num. 175 de 01/08/2005)

A fin de favorecer su conocimiento, esta Secretaría General, Resuelve

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», del Acuerdo sobre reordenación retributiva en determinados colectivos sanitarios y asistenciales de la Administración Regional, suscrito entre la Administración Regional y las Organizaciones Sindicales Unión General de Trabajadores (FSPUGT), Comisiones Obreras (CC. OO), Confederación de Sindicatos Independientes y Sindical de Funcionarios (CSICSIF) y Convergencia Estatal de Médicos y Ayudantes Técnicos Sanitarios (CEMSATSE).

Murcia a 15 de julio de 2005. El Secretario General de Economía y Hacienda, Juan José Beltrán Valcárcel.

Anexo

Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios, sobre reordenación retributiva en determinados colectivos sanitarios y asistenciales de la Administración Regional.

En Murcia, a 26 de mayo de 2005, en la sede de la Dirección General de Función Pública, se reúnen los representantes de la Administración Pública Regional y de las Organizaciones Sindicales, UGT, CC. OO, CSICSIF y CEMSATSE, miembros de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios del Personal al Servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia.

1. Introducción.

El Acuerdo Marco suscrito el 28 de octubre de 2004 entre la Administración Regional y las Organizaciones

Sindicales para la modernización y mejora de la Administración Pública Regional para el periodo 2005- 2007 (BORM de 7 de febrero de 2005), establece en su apartado 1 que el mismo tiene por objeto establecer el marco y los criterios a los que deberán ajustarse las diferentes Mesas Sectoriales de la Administración Pública Regional, sobre futuros acuerdos específicos de modernización y mejora de la misma, así como de las condiciones de trabajo.

El apartado 8 del citado Acuerdo Marco recoge un fondo adicional que va desde el 1% de masa salarial para el ejercicio 2005, 1´1% para el 2006 y el 1´25% para el 2007, destinada a la mejora retributiva y de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, debiendo ser su distribución negociada en cada ámbito sectorial en base a una serie de actuaciones que el propio apartado 8 enumera, y entre las que se encuentra la adopción de medidas de racionalización, sistematización y reordenación retributivas para solucionar posibles disfunciones estructurales o de organización

La prestación de los servicios asistenciales y de planificación sanitaria de la Administración Regional supone una importante labor que debe ajustarse a las demandas de la sociedad. La mejora de los servicios que presta la Administración Pública requiere la implicación activa de los empleados públicos, siendo para ello un factor fundamental la mejora de sus condiciones de trabajo.

Con el presente acuerdo se pretende establecer una reordenación retributiva en los colectivos indicados que supondrá un incremento anual en sus retribuciones fijas que se alcanzará en tres fases coincidentes con los años de vigencia del Acuerdo.

Igualmente respecto al personal médico se pretende su equiparación paulatina a sus homólogos del resto del Servicio Murciano de Salud mediante la asignación del nivel de complemento de destino.

Por todo lo anteriormente expuesto, los representantes de la Administración Regional y de las Organizaciones Sindicales suscriben en la Mesa Sectorial de Administración y Servicios el presente acuerdo.

2. Objeto.

El presente Acuerdo tiene por objeto el desarrollo del Acuerdo Marco Administración – Organizaciones Sindicales de 28 de octubre de 2004, para la modernización y mejora de la Administración Pública Regional para el período 2005- 2007 en el ámbito sectorial de Administración y Servicios, en lo referente a la aplicación del fondo adicional para la ordenación retributiva en determinados colectivos de la Administración Regional

3. Ámbito de aplicación.

Este Acuerdo será de aplicación al personal incluido en el ámbito de competencia de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios, para los colectivos que se indican en el mismo.

4. Vigencia.

El Acuerdo que se suscribe tendrá efectos desde el 1 de enero de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2007.

5. Retribuciones.

El personal al servicio de la Administración Regional que a continuación se relaciona, verá incrementadas sus retribuciones anuales en los periodos e importes que se indican y por los conceptos que se señalan:

a) Celadores, (puestos base): Percibirán en concepto de completo específico las siguientes cuantías:

Ejercicio 2005 972.12

Ejercicio 2006 1.062,12

Ejercicio 2007 1.212,12

b) Auxiliares de Enfermería, Auxiliares de Psiquiatría y Auxiliares Técnicos Educativos, puestos base, así como los que tengan atribuido en la relación de puestos de trabajo el complemento específico de 1.120,92 o inferior: Percibirán en concepto de completo específico las siguientes cuantías:

Ejercicio 2005 1.200,92

Ejercicio 2006 1.320,92

Ejercicio 2007 1.520,92

Auxiliares de PsiquiatríaConductores, percibirán en concepto de completo específico las siguientes cuantías:

Ejercicio 2005 1.872,92

Ejercicio 2006 1.992,92

Ejercicio 2007 2.192,92

c) ATS/DUE y Fisioterapeuta, puestos base, así como los que tengan atribuido en la relación de puestos de trabajo el complemento específico de 1.217,88 o inferior: Percibirán en concepto de completo específico las siguientes cuantías:

Ejercicio 2005 1.717,88

Ejercicio 2006 2.467,88

Ejercicio 2007 3.717,88

ATS/DUE que tengan atribuido en la relación de puestos de trabajo el complemento específico de 1.633,80 : Percibirán en concepto de completo específico las siguientes cuantías:

Ejercicio 2005 2.133,80

Ejercicio 2006 2.883,80

Ejercicio 2007 4.133,80

d) Médico, código de puesto en la relación de puestos de trabajo «MD», percibirá en concepto de completo específico y de productividad fija las siguientes cuantías:

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

6. Modificación del nivel de Complemento de destino

Durante el ejercicio 2006 se modificará la Relación de Puestos de Trabajo, a fin de que los puestos de «Médico» (MD) tengan el complemento de destino 23. Para el ejercicio 2007 se procederá, igualmente, a la modificación del citado tipo de puesto, asignándole el nivel 24.

7. Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo

Para la adecuada aplicación de lo previsto en este Acuerdo se adoptarán las medidas y modificaciones necesarias en la relación de puestos de trabajo.

8. Homologación con el Servicio Murciano de Salud.

Una vez concluida la vigencia de este Acuerdo, se iniciará un proceso negociador con el objetivo de conseguir la completa homologación de estos colectivos con el Servicio Murciano de Salud.

9. Dación de cuenta a la Mesa General de Negociación.

Del presente Acuerdo se dará cuenta a la Mesa General de Negociación de las Condiciones de Trabajo del Personal al Servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia para su ratificación por el Consejo de Gobierno.

Por la Administración Regional. El Secretario Autonómico de Administración Pública, Marcos López García. El Director General de Función Pública, Ventura Martínez Martínez.

Por la Representación del Personal. UGT, Lino Sala Victoria. CC. OO., Enrique Montoya Gracia, Carmen Torralba Saura. CSICSIF, Avelino Pujante Bernal. CEMSATSE, José A. Blaya Rueda, Rodolfo Castillo Wandossell.