Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE BENISSA. PERSONAL EVENTUAL de Alicante
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Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE BENISSA. PERSONAL EVENTUAL de Alicante

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 09 de Julio de 2010 en adelante

Tiempo de lectura: 4 min

Convenio Colectivo
Tipo:
Modificacion/Interpretacion
F. Publicación:
2010-07-09
Boletín:
Boletín Oficial de Alicante
F. Vigor:
2010-07-09
Convenio afectado por
Tipo:
Modificacion/Interpretacion
F. Publicación:
2010-07-09
Boletín:
Boletín Oficial de Alicante
F. Vigor:
2010-07-09
Documento oficial en PDF(Páginas 20-21)

Modificacion del numero, caracteristicas y retribuciones del personal eventual (Boletín Oficial de Alicante num. 129 de 09/07/2010)

Preambulo

Por el Ayuntamiento pleno del Ayuntamiento de Benissa, en fecha 2 de junio de 2010 se ha adoptado acuerdo del siguiente tenor literal:

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA DEL NÚMERO, CARACTERÍSTICAS Y RETRIBUCIONES DEL PERSONAL EVENTUAL DEL AYUNTAMIENTO DE BENISSA.

Juan Bautista Roselló Tent, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Benissa, eleva al Pleno de la Corporación la siguiente propuesta de acuerdo:

Antecedentes de hecho

Primero. Vista la publicación de la modificación de la relación de puestos de trabajo para el Ayuntamiento de Benissa, del ejercicio 2010, publicada en el boletín oficial de la provincia de Alicante, el pasado día 19 de mayo de 2010 y de los presupuestos municipales el pasado día 18 de mayo de 2010.

Segundo. Visto el acuerdo adoptado por la Mesa General de Negociación, en sesión celebrada el pasado día 31 de mayo de 2010, en referencia a las medidas a adoptar, en virtud del Real decreto Ley 8/2010 de 20 de mayo, medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

Tercero. Tiene asignada la atribución al Pleno, del establecimiento de los puestos de trabajo del personal eventual, ya que no se pueden considerar plazas, por estar fuera de la estructura de los cuerpos: escalas y subescalas de la administraciones públicas.

Dicha atribución tampoco es delegable ni en la Junta de Gobierno Local ni en el propio Presidente, por lo que, se expone:

Fundamentos de derecho:

Primero.- En virtud del artículo 104.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, manifiesta «el número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el pleno de cada corporación, al comienzo de su mandato. Estas determinaciones solo podrán modificarse con motivo de la aprobación de los presupuestos anuales», en el mismo sentido se pronuncia, el precepto 6 b) del real decreto legislativo 24 de octubre de 1995.

Segundo. En base al artículo 104.3 de la ley 7/85, de 02.04, establece «los nombramientos de funcionarios de empleo, el régimen de sus retribuciones y su dedicación se publicarán en el boletín oficial de la provincia, y en su caso, en el propio de la corporación».

Tercero. Visto el artículo 12 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, sobre el personal eventual.

Por lo que, se;

Propone.

 
Primero.

Determinar el número del personal eventual del Ayuntamiento de Benissa, siendo modificada en doce puestos de trabajo, para dicho régimen.

Segundo.

Determinar las características de dichos puestos del personal eventual en las siguientes denominaciones y asimilaciones por subgrupo, quedando modificada de la siguiente forma:

SECRETARIA ALCALDE A2

ASESOR PRENSA A2

COORD. MOVILIDAD URBANA A2

SECRETARIA PARTICIPAC. CIUDADANA C2

COORDINADOR SERVICIO A2

COORDINADOR ZONA COSTERA C2

ASESOR SERVICIOS SOCIALES C2

ASESOR MEDIO AMBIENTE A2

ASESOR CULTURAL A2

ASESOR ÁREA DEPORTES A2

COORDINADOR INST. DEPORTIVO C2

ASESOR JUVENTUD C2

Tercero.

Determinar las retribuciones del dicho personal eventual, efectuada la reducción del 5% sobre las retribuciones, quedando modificada en las siguientes cuantías:

Puestos asimilados al subgrupo A2, en un total bruto anual de 28.167,40. €

Puestos asimilados al subgrupo C2, en un total bruto anual de 18.468,84 €.

Cuarto.

Publicar la presente propuesta de acuerdo, mediante edicto en el boletín oficial de la provincia, así como en el tablón de edictos de la propia Corporación.

Lo que se hace público, para el conocimiento general.

Benissa, 15 de junio de 2010.

El Alcalde, Juan Bautista Roselló Tent.

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