Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE CULLERA. PERSONAL LABORAL (46002482011989) de Valencia
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Convenio Colectivo de Emp...e Valencia

-. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE CULLERA. PERSONAL LABORAL (46002482011989) de Valencia

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Anuncio de la Conselleria de Economia, Hacienda y Empleo sobre acta de la comision negociadora del convenio colectivo de trabajo del personal laboral del Ayuntamiento de Cullera (Boletín Oficial de Valencia num. 119 de 20/05/2004)

Código n.º 4602482.

Libro: 2/71.

IFM/mcm.

Visto el contenido del acta suscrita el 10/2/2004 por la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo para el personal laboral del Ayuntamiento de Cullera, que desarrolla el punto final del artículo uno del convenio colectivo vigente, aprobada por acuerdo plenario de 30/3/2004, que fue presentada en este Organismo con fecha 16 de los corrientes; y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.º y 2.º b) del Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo, en relación con el 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo, acuerda:

Primero: Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios.

Segundo: Proceder a su depósito en esta Sección de Relaciones Colectivas y Conciliación.

Tercero: Disponer su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Valencia, a 23 de abril de 2004.-El director territorial de Empleo y Trabajo, Joaquín Vañó Gironés.

ACUERDO SOBRE EL PUNTO FINAL DEL ARTICULO UNO DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE CULLERA

Siendo las once horas y treinta minutos del día 10 de febrero de dos mil cuatro, en el Salón de Juntas de las Oficinas Municipales, sitas en la Plaza de la Virgen, nº 5, se reúnen,

De una parte los miembros de la Corporación del Ayuntamiento de Cullera, la Tte. de Alcalde doña Mª Angeles Arlandís y el Tte. de Alcalde don Enrique Diego Fuertes.

De otra parte los representantes del Comité de Empresa, don Diego Rico Ortiz y doña Amparo Crespo Fortea.

Ambas partes se reconocen capacidad legal para alcanzar acuerdos en temas de relaciones laborales en el ámbito de la empresa, M.I. Ayuntamiento de Cullera.

Antecedentes:

1.ºEn virtud de lo dispuesto en el punto final del artículo uno del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Cullera, el Comité de Empresa tiene potestades negociadoras referidas a las contrataciones de subvenciones y bolsa cuyo personal queda expresamente excluido de la aplicación del Convenio Colectivo de trabajo del personal laboral del Ayuntamiento de Cullera.

2.ºAl efecto de establecer las retribuciones y el reglamento de funcionamiento previsto en el artículo uno del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Cullera, ambas partes:

ACUERDAN:

ARTICULO 1.-SELECCION DE PERSONAL: Se establecerán y pactarán los criterios de selección del personal perteneciente a la Bolsa de Trabajo y su funcionamiento. El personal de subvenciones será seleccionado y baremado con arreglo a las normas establecidas en cada subvención.

ARTICULO 2.-VINCULACION: El presente acuerdo será de aplicación a todos los empleados cuya relación laboral sea igual o inferior a un periodo de seis meses, y esté motivada por la concesión de subvención económica de cualquier Organismo Público y bolsas de trabajo municipales. En las subvenciones, los supuestos de bajas IT. (enfermedad común y accidente de trabajo), renuncias a la relación laboral y a la percepción de las vacaciones, su coste será utilizado para prórrogas de las contrataciones de dichas subvenciones.

ARTICULO 3.-DURACION: Lo dispuesto en el presente acuerdo, tendrá efectividad desde el 2 de enero de 2004, sea cual fuere la fecha de publicación en el «B.O.P.», y su duración será hasta el 1 de enero de 2005, conforme prevé el inciso art. 1 del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Cullera.

ARTICULO 4.-HORARIO DE TRABAJO: Las tareas, jornada, horario y descansos serán los que se establezcan con la organización del Servicio al que se adscriba, a excepción de las subvenciones que establezcan los horarios y cómputos semanales a aplicar como normativa de la subvención.

Se aplicará el Calendario Laboral del Ayuntamiento de Cullera, a efectos de puentes y reducción horaria.

ARTICULO 5.-LICENCIAS Y PERMISOS: Los establecidos en el Estatuto del Trabajador y normas concordantes.

ARTICULO 6.-PERIODO DE PRUEBA: Se establece para todas las categorías profesionales el periodo que establece la legislación vigente.

ARTICULO 7.-VACACIONES: Con motivo de la temporalidad de la contratación (menos de seis meses) el trabajador optará entre disfrutarlas, o incluirlas en sus retribuciones mensuales. Opción que ejercerá el trabajador en el momento de aportar la documentación para la formalización del contrato.

ARTICULO 8.-MODALIDAD DE CONTRATACION: Será con arreglo al R.D. 2.720/1998 de 18 de diciembre. Otras modalidades de contratación de personal de la Bolsa de Trabajo serán debidamente razonadas y pactadas previamente.

En los contratos de subvenciones se aplicarán las modalidades de contrato que exijan en las normas de la subvención y supletoriamente la descrita al inicio de este punto.

ARTICULO 9.-CATEGORIAS PROFESIONALES Y SALARIOS: Se establece los siguientes grupos de categorías profesionales y retribuciones mensuales a tiempo completo:

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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En prueba de conformidad lo firman los arriba presentes.