Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE GIJON. PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO de Asturias
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Convenio Colectivo de Emp...e Asturias

Correccion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE GIJON. PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO de Asturias

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Diciembre de 2017 en adelante

Tiempo de lectura: 6 min

Convenio Colectivo
Tipo:
Correccion
F. Publicación:
2017-12-01
Boletín:
Boletín Oficial del Principado de Asturias
F. Vigor:
2017-12-01
Convenio afectado por
Tipo:
Revision
F. Publicación:
2022-02-07
Boletín:
Boletín Oficial del Principado de Asturias
F. Vigor:
2022-01-01
Tipo:
Revision
F. Publicación:
2021-02-23
Boletín:
Boletín Oficial del Principado de Asturias
F. Vigor:
2021-01-01
Tipo:
Revision
F. Publicación:
2020-03-03
Boletín:
Boletín Oficial del Principado de Asturias
F. Vigor:
2020-01-01
Tipo:
Revision
F. Publicación:
2019-08-19
Boletín:
Boletín Oficial del Principado de Asturias
F. Vigor:
2019-01-01
Tipo:
Revision
F. Publicación:
2019-03-04
Boletín:
Boletín Oficial del Principado de Asturias
F. Vigor:
2019-01-01
Tipo:
Revision
F. Publicación:
2018-08-20
Boletín:
Boletín Oficial del Principado de Asturias
F. Vigor:
2018-01-01
Tipo:
Correccion
F. Publicación:
2017-12-01
Boletín:
Boletín Oficial del Principado de Asturias
F. Vigor:
2017-12-01
Tipo:
Revision
F. Publicación:
2016-07-14
Boletín:
Boletín Oficial del Principado de Asturias
F. Vigor:
2016-01-01
Tipo:
Revision
F. Publicación:
2016-02-15
Boletín:
Boletín Oficial del Principado de Asturias
F. Vigor:
2016-01-01
Documento oficial en PDF(Páginas 93-94)

Anuncio. Rectificacion de acuerdo de retribuciones del personal municipal en el ejercicio 2017. [Cod. 2017-12992] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 278 de 01/12/2017)

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada en fecha 7 de noviembre de 2017, aprobó la rectificación del acuerdo de retribuciones del personal para el año 2017, acordando asimismo la publicación del contenido íntegro del presente acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Antecedentes de hecho

Primero: La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada en fecha 29 de agosto de 2017, aprobó las retribuciones del personal para el año 2017, publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 224 del miércoles 27 de septiembre de 2017.

Segundo: Se ha detectado un error de transcripción en el anexo 5, dedicado a regular las 'Asistencias e Indemnizaciones por razón del servicio', en relación con la regulación de las Indemnizaciones.

Fundamentos de derecho

Primero: De conformidad con lo dispuesto en el art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, 'Las Administraciones Públicas podrán asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos', es por tanto que procede rectificar el error de transcripción en el anexo 5, dedicado a regular las 'Asistencias e Indemnizaciones por razón del servicio' contenido en el Acuerdo de Retribuciones del personal para el año 2017, aprobado en la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada en fecha 29 de agosto de 2017.

Segundo: Conforme se desprende del apartado h) del artículo 127.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local la competencia para aprobar las retribuciones del personal de acuerdo con el Presupuesto aprobado por el Pleno, las relaciones de puestos de trabajo y sus modificaciones y ajustes técnicos, así como el resto de decisiones en materia de personal que no estén expresamente atribuidas a otro órgano.

Visto el expediente de razón,

Se eleva la siguiente propuesta de acuerdo:

Primero: Rectificar el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada en fecha 29 de agosto de 2017, al apreciarse un error de transcripción en el anexo 5, dedicado a regular las 'Asistencias e Indemnizaciones por razón del servicio', en el siguiente sentido:

Donde dice:

'' Asistencias en concepto de Dieta al Pleno Municipal, Comisión del Pleno, Junta de Portavoces o Junta de Gobierno. Experimentarán un incremento de un 1 por ciento respecto a las asignadas a 31 de diciembre de 2016.

Pleno

Comisiones/Junta Gobierno

Asistencias

281,55 €

140,77 €

' Indemnización secretaría por delegación de Comisiones Municipales: destinado a retribuir el ejercicio de la secretaría de dichos órganos colegiados cuando la misma se desempeñe por funcionarios municipales, en virtud de una delegación de funcionarios con habilitación de carácter nacional, adicionalmente a las funciones propias del puesto que desempeñan los delegados: 140,77 €/asistencia.

' Asistencia formativa: Los importes consignados experimentarán un incremento de un 1 por ciento respecto a las asignadas a 31 de diciembre de 2016.

Formadores externos: profesionales de reconocido prestigio:

297,43 €/hora

Otros formadores:

148,72 €/hora

Formadores internos dentro de la jornada:

13,60 €/hora

Formadores internos fuera de la jornada:

27,22 €/hora

Productividad por superación pruebas TAF:

408 €

La asistencia formativa conlleva necesariamente para su abono la entrega de la documentación didáctica correspondiente.

' Las ayudas por minusvalías se mantienen en 200 euros, de conformidad con lo dispuesto en el art. 63 del Acuerdo Regulador/Convenio Colectivo.'

Debe decir:

'' Asistencias en concepto de Dieta al Pleno Municipal, Comisión del Pleno, Junta de Portavoces o Junta de Gobierno. Experimentarán un incremento de un 1 por ciento respecto a las asignadas a 31 de diciembre de 2016.

Pleno

Comisiones/Junta Gobierno

Asistencias

281,55 €

140,77 €

' Indemnización secretaría por delegación de Comisiones Municipales: destinado a retribuir el ejercicio de la secretaría de dichos órganos colegiados cuando la misma se desempeñe por funcionarios municipales, en virtud de una delegación de funcionarios con habilitación de carácter nacional, adicionalmente a las funciones propias del puesto que desempeñan los delegados: 140,77 €/asistencia.

' Indemnización por actuaciones de cooperación interadministrativa: destinado a retribuir el ejercicio de actuaciones para la aplicación coordinada de la normativa de Derecho Público a las sociedades integrantes del sector público municipal, adicionalmente a las funciones propias del puesto desempeñado: 46,35 €/actuación.

' Asistencia formativa: Los importes consignados experimentarán un incremento de un 1 por ciento respecto a las asignadas a 31 de diciembre de 2016.

Formadores externos: profesionales de reconocido prestigio:

297,43 €/hora

Otros formadores:

148,72 €/hora

Formadores internos dentro de la jornada:

13,60 €/hora

Formadores internos fuera de la jornada:

27,22 €/hora

Productividad por superación pruebas TAF:

408 €

La asistencia formativa conlleva necesariamente para su abono la entrega de la documentación didáctica correspondiente.

' Las ayudas por minusvalías se mantienen en 200 euros, de conformidad con lo dispuesto en el art. 63 del Acuerdo Regulador/Convenio Colectivo.'

Segundo: Publicar el contenido íntegro del presente acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en la Sede Electrónica municipal.

Gijón, a 7 de noviembre de 2017.-Cód. 2017-12992.