Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE VELEZ-RUBIO. PERSONAL LABORAL (...02011991) de Almería
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Convenio Colectivo de Emp...de Almería

Última revisión
21/06/2005

-. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE VELEZ-RUBIO. PERSONAL LABORAL (04000902011991) de Almería

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Modificacion de los articulos 24 y 28.3 del Convenio Colectivo de Trabajo para los años 2005 al 2007 de la empresa ayuntamiento de Velez Rubio, personal laboral, expediente 0009, codigo 0400902 (Boletín Oficial de Almería num. 117 de 21/06/2005)

Visto el Texto de la Modificación del Convenio Colectivo de Trabajo para los años 2005 al 2007 de la empresa AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ RUBIO, PERSONAL LABORAL, expediente 0009, código 0400902, suscrito por la representación de las partes, de conformidad con el art. 90 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo), en relación con el art. 17.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía; esta Delegación Provincial de Empleo

ACUERDA:

PRIMERO.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Delegación Provincial, con notificación a las partes integrantes de la Comisión Negociadora.

SEGUNDO.- Remitir el texto del mismo al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación para su depósito.

TERCERO.- Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en el art. 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

Almería, 23 de mayo de 2005. EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO, P. D. LA JEFE DEL SERVICIO DE ADMÓN. LABORAL, Mª Luisa Gálvez Moreno.

Con fecha 8 de abril de 2005, se recibe requerimiento de la subdelegación del Gobierno de Almería, solicitándose que se proceda a la modificación de los artículos 24 y 28.3 del acuerdo aprobatorio del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Vélez Rubio, publicado en el B. O. P. nº 56, de fecha 23 de marzo de 2005.

Con fecha 25 de abril de 2005 se constituye la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, al objeto de proceder a la modificación de los citados artículos, quedando redactados en la forma literal siguiente:

Art. 24. Incremento Salarial.

Durante la vigencia del presente Convenio, los conceptos retributivos reconocidos se incrementaran conforme al IPC previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, aplicándose dicho incremento de forma automática.

Art. 28.3. Complemento de Productividad.

Se abonará un complemento de productividad en relación al especial rendimiento, a la actividad extraordinaria realizada o al interés o iniciativa con que el empleado desempeñe su trabajo.

Este complemento de productividad se fijará mediante Decreto de la Alcaldía negociado con los representantes de los trabajadores.

Este complemento lo percibirán los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación de este convenio, siempre que hayan prestado servicios ininterrumpidamente durante los doce meses inmediatamente anteriores a su abono.

En VélezRubio, a 25 de abril de 2005. Firmas ilegibles.