C. Colectivo , Revision. Convenio Colectivo de Empresa de CORPORACION RTVE (90100582012011) de BOE
Empresa Estatal. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2013 en adelante
- Preambulo
- II CONVENIO COLECTIVO DE LA CORPORACIÓN RTVE
- ANEXO 1. TABLAS SALARIALES
- ANEXO 2. TABLA DE INCOMPATIBILIDADES DE COMPLEMENTOS
- ANEXO 3. CLASIFICACIÓN PROFESIONAL: GRUPOS PROFESIONALES, ÁMBITOS OCUPACIONALES Y OCUPACIONES TIPO
- ANEXO 4. REGLAMENTO ORQUESTA Y CORO
- ANEXO 5. REGLAMENTO DE MANDOS ORGÁNICOS
- ANEXO 6. ACUERDO DE EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS. XVI CONVENIO COLECTIVO
- ANEXO 7. REGLAMENTO PLAN DE PENSIONES
- Código Nuevo: 90100582012011
- Tipo: Empresa
- Ámbito: BOE
- Código Nuevo: 90100582012011
- Tipo: Empresa
- Ámbito: BOE
Boletín Oficial del Estado nº 26 del 30/01/2014
Boletín Oficial del Estado nº 286 del 28/11/2011
Tipo | Título | F. Publicación | Boletin | F. Vigor | Vigencia | |
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C. Colectivo , Revision | Resolucion de 17 de enero de 2014, de la Direccion General de Empleo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de la Corporacion RTVE. Codigo de convenio n.º 90100582012011. Convenio afectado por | 30/01/2014 | Boletín Oficial del Estado | 01/01/2013 | Vigente | Documento oficial en PDF |
C. Colectivo , Revision | Resolucion de 15 de noviembre de 2011, de la Direccion General de Trabajo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo de la empresa Corporacion RTVE. Codigo de Convenio numero 90100582012011. Convenio afectado por | 28/11/2011 | Boletín Oficial del Estado | 01/01/2009 | No Vigente | Documento oficial en PDF |
Preambulo
Visto el texto del II Convenio colectivo de la Corporación RTVE (código de convenio n.º 90100582012011) que fue suscrito con fecha 29 de noviembre de 2013 de una parte por los designados por la Dirección de dicha Corporación en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de UGT, Alternativa-APLI, Alternativa-RTVE y USO en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de enero de 2014.
El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.