Convenio Colectivo de Empresa de TRANSERON, S.L. de Melilla
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Convenio Colectivo de Emp...de Melilla

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de TRANSERON, S.L. de Melilla

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007 en adelante

Tiempo de lectura: 4 min

Convenio Colectivo
Tipo:
Revision
F. Publicación:
2008-05-09
Boletín:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla
F. Vigor:
2007-01-01
Convenio afectado por
Tipo:
Revision
F. Publicación:
2008-05-09
Boletín:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla
F. Vigor:
2007-01-01

Acta de la comision negociadora de la revision salarial de 2007 del convenio colectivo de la empresa TranseronS.L. (Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla num. 4502 de 09/05/2008)

Visto el ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DE LA REVISIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA "TRANSERÓN S. L. suscrito por la parte Empresarial y por la Representación de los Trabajadores.

Primero.- Que dicho Acuerdo, fue presentado en el Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales de esta Delegación del Gobierno en Melilla, el día 22 de abril de 2008.

Segundo.- Que en el mismo no se aprecia ninguna infracción de la legalidad vigente y sus cláusulas no contienen estipulaciones en perjuicio de terceros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Que el Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales integrado en esta Delegación del Gobierno es competente para resolver la presente solicitud, en virtud del artículo 2 del Real Decreto 1040/1981 de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de los Convenios Colectivos.

Segundo.- Que el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, otorga facultades a la Autoridad laborar competente en orden al registro, publicación, depósito y notificación de los Acuerdos Colectivos pactados en el ánibitode su competencia.

EL ÁREA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES INTEGRADA EN LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MELILLA

ACUERDA

1º.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales, así como el subsiguiente depósito del Texto y demás documentación original.

2º.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla -BOME-.

3º.- Ordenar se notifique esta Resolución a la Mesa Negociadora del mismo.

Melilla, 24 de abril de 2008. El Delegado del Gobierno. José Fernández Chacón.

ACTA DE REVISIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA TRANSERÓN, S. L

Asistentes: Empresa: Francisca Serón González. Fc. Javier Padilla Conesa. (Asesor de la Empresa) Repres. Sindical: Leoncio FornielesAyala Por C. C. O. O Francisco Casado En la Ciudad de Melilla y en los Locales de la Empresa, siendo las 20,00 horas del día 10 de abril de 2008, tiene lugar la Reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa Transerón, S. L con la asistencia de las personas al margen relacionadas, para proceder a efectuar la revisión económica correspondiente a los años 2007 y 2008, de conformidad con lo establecido en el Art. 2 del Convenio, así como tratar otros temas de negociación.

1.- Se acuerda revisar las Tablas Salariales para el año 2007 en cuantía del I. P. C real del año anterior (2.7 %). Dicha revisión se ha efectuado durante dicho ejercicio y abonado en las nominas correspondientes.

2.- Se acuerda revisar la Tabla Salarial para el año 2008 en cuantía del I. P. C real del año anterior (4,2%). Dicha revisión se ha hecho efectiva desde la nomina del mes de enero de 2008.

3.- Se establece así mismo el abono con carácter retroactivo desde el 01 de enero de 2007, del pago de la cantidad mensual de 50 euros como complemento- Incentivo no consolidable. Dicha cantidad se ha abonada a todos los trabajadores desde la citada fecha (01- 01- 07).

4.- Se acuerda que las Vacaciones anuales establecidas en el Art. 8 del Convenio de 30 días Naturales darán comienzo de la siguiente forma: "Si dicho comienzo coincide con un día festivo pasará automáticamente al día siguiente, no computándose dicho día como vacaciones. Para el caso que hubieran más días coincidentes en festivos al comienzo de las vacaciones solo se tendrá en cuenta a efectos de computo de vacaciones tan sólo un día, el resto de días festivos si se computarán como vacaciones.

Y no habiendo más asuntos a tratar, se levanta la sesión siendo las 21: 00 horas, firmado en prueba de conformidad por los negociadores del presente acuerdo. Así mismo, se hace constar que de dicho acuerdo se dará traslado a la Autoridad Laboral para su inscripción, registro y posterior publicación en el B. O. M. E de la Ciudad Autónoma de Melilla.