Última revisión
21/05/2025
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de COMPRAVENTA Y/O REPARACION DEL AUTOMOVIL, REPARACION Y VENTA DE MOTOCICLETAS (33001115011982) de Asturias
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante
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Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripción y publicación de la tabla salarial definitiva para el año 2024 y la tabla salarial para el año 2025 del convenio colectivo de sector Compraventa y/o Reparación del Automóvil, Reparación y Venta de Motocicletas del Principado de Asturias, en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Empleo y Asuntos laborales. Cód. 2025-03768 (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 94 de 19/05/2025)
Visto el acta de la Comisión Negociadora del convenio colectivo de sector Compraventa y/o Reparación del Automóvil, Reparación y Venta de Motocicletas del Principado de Asturias (expediente C-034/2024 código 33001115011982), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del Principado de Asturias el 30 de abril de 2025, en la que se acuerda la tabla salarial definitiva para el año 2024 y la tabla salarial para el año 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad y en el Decreto 23/2025, de 16 de abril, del Presidente de Principado de Asturias, de quinta modificación del Decreto 22/2023, de 31 de julio, de reestructuración de Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, corresponden a la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo las competencias en materia de coordinación de las relaciones laborales, la Dirección General existente mantendrá su denominación y competencias, bajo la dependencia orgánica resultante del citado Decreto. Asimismo, continúa vigente la delegación de competencias otorgada en su día en virtud de Resolución de 3 de octubre de 2023, hasta que sea expresamente revocada o nuevamente otorgada. Por ello, se entiende que el órgano competente para emitir la presente resolución es la titular de la Dirección General de Empleo y Asuntos Laborales por delegación autorizada en su día,
RESUELVO
Primero.-Ordenar su inscripción en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad el Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Empleo y Asuntos Laborales, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, a 2 de mayo de 2025.-La Directora General de Empleo y Asuntos Laborales (P. D. autorizada en Resolución de 3 de octubre de 2023, publicada en el BOPA n.º 195, de 10/10/2023).?Cód. 2025-03768.
Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Compraventa y/o Reparación del Automóvil, Reparación y Venta de Motocicletas del Principado de Asturias
En Oviedo, siendo las 13:30 h, del día 28 de enero de 2025, se reúnen en la sede de ASPA, sito en Oviedo, c/ Foncalada, 28, bajo, los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Compraventa y/o Reparación del Automóvil, Reparación y Venta de Motocicletas del Principado de Asturias, que a continuación se relacionan, al objeto de tratar el siguiente:
Orden del día
1. Aprobación de las tablas salariales para el año 2025.
Asistentes
Por CC. OO.-Federación de Industria:
D. José Manuel Cima Fernández.
D. Ramón Urbano Díaz.
Por UGT-FICA Asturias:
D. José Ramón García Iglesias.
D. José Ramón Calleja García.
Por ASPA:
D. Manuel Fernández Antuña.
D. Jorge Díez Santamaría.
D.ª Isabel Barja González.
Reunida la Comisión Paritaria, y tras debatir los distintos puntos del orden del día, ha llegado a los siguientes
Acuerdos
1.º Habiéndose constatado que el incremento del IPC al 31 de diciembre de 2024 respecto al 31 de diciembre de 2023 ha sido del 2,8 % y de acuerdo con lo establecido en el anexo del Convenio Colectivo, se procede al cálculo de las tablas para el año 2025 aplicando la siguiente revisión salarial.
Tabla salarial-incremento salarial:
Para el año 2025 se pacta un incremento salarial del 2,25 % aplicado este sobre las tablas salariales definitivas del año 2024.
Cláusula de revisión salarial:
Una vez conocido el IPC real a 31 de diciembre de 2024, se revisarán las tablas salariales aplicadas en 2024, con la diferencia entre el IPC real y el incremento salarial a cuenta del 1,5 % ya aplicado. Las tablas salariales resultantes se considerarán las definitivas del año 2024.
Por último y a los efectos oportunos se acuerda remitir a la Dirección General de Trabajo del Principado de Asturias copia del presente acta así como de las tablas aprobadas a efectos de su registro y posterior publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, del día mencionado en el encabezamiento del presente acta.
Por CC. OO.-Federación de Industria.
Por UGT FICA Asturias.
Por ASPA.
TABLAS SALARIALES AÑO 2024 rev
CONVENIO DE TALLERES DE REPARACIÓN DEL AUTOMÓVIL Y AFINES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
(TABLAS OMITIDAS. Consultar en documento PDF de publicación)
TABLAS SALARIALES AÑO 2025
CONVENIO DE TALLERES DE REPARACIÓN DEL AUTOMÓVIL Y AFINES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
(TABLAS OMITIDAS. Consultar en documento PDF de publicación)
