Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE ALIMENTACION (01000325011981) de Álava
Convenios
Convenio Colectivo de Sec...) de Álava

Última revisión
15/01/2024

C. Colectivo. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE ALIMENTACION (01000325011981) de Álava

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2020 en adelante

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Resolución de la delegada territorial de Trabajo y Seguridad Social de Álava del Departamento de Trabajo y Empleo, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del convenio colectivo 2020-2021-2022-2023-2024 para el sector del comercio de alimentación de Álava. Código convenio número 01000325011981. (Boletín Oficial de Álava num. 6 de 15/01/2024)

Resolución de la delegada territorial de Trabajo y Seguridad Social de Álava del Departamento de Trabajo y Empleo, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del convenio colectivo 2020-2021-2022-2023-2024 para el sector del comercio de alimentación de Álava.

Código convenio número 01000325011981.

ANTECEDENTES

El día 26 de diciembre de 2023 se ha presentado en esta delegación el texto del convenio colectivo citado, suscrito por la representación empresarial Federación de empresarios y empresarias de Comercio y Servicios de Álava y la representación social UGT y CCOO, en la mesa negociadora, el día 22 de diciembre de 2023.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 Primero. La competencia prevista en el artículo 90.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre de 2015) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el artículo 14.1.g del Decreto 7/2021, de 19 de enero (BOPV de 29 de enero de 2021) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (BOPV de 15 de febrero de 2011) y con el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo (BOE de 12 de junio de 2010) sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.

Segundo. El convenio colectivo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud,

RESUELVO

Primero. Ordenar el registro y depósito en la oficina territorial de Álava del Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad del País Vasco, del convenio colectivo del sector del comercio de alimentación de Álava, con notificación a las partes.

Segundo. Disponer su publicación en el BOTHA.

Vitoria-Gasteiz, 4 de enero de 2024

La Delegada Territorial de Álava

MARÍA VICTORIA PORTUGAL LLORENTE

Convenio colectivo del comercio de alimentación de Álava años 2020-2024

(TEXTO OMITIDO. CONSULTAR EL PDF DE PUBLICACIÓN - BOTHA 15 de enero de 2024-