Convenio Colectivo de Sector de CENTROS DE ENSEÑANZA DE INICIATIVA SOCIAL (86002645012007) de País Vasco
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Convenio Colectivo de Sec...País Vasco

C. Colectivo. Convenio Colectivo de Sector de CENTROS DE ENSEÑANZA DE INICIATIVA SOCIAL (86002645012007) de País Vasco

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2017 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 62-117)

RESOLUCION del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, deposito y publicacion del «Convenio Colectivo de Centros de Enseñanza de Iniciativa Social de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco 2017-2021» (codigo convenio 86002645012007). (Boletín Oficial del Pais Vasco num. 72 de 14/04/2021)

ANTECEDENTES

Primero.- El día 30 de julio de 2020 se ha presentado en REGCON, la documentación referida al convenio antes citado, suscrito el día 17 de julio de 2020 por la representación empresarial y la representación social en la mesa negociadora.

Segundo.- Con fecha 16 de octubre de 2020 se ha efectuado requerimiento de subsanación a la Comisión Negociadora, que se ha cumplimentado en REGCON el día 9 de febrero de 2021.

Tercero.- Los firmantes del citado convenio han nombrado a la persona que ha de proceder a tramitar la solicitud de registro, depósito y publicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 2 del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos crea el Departamento de Trabajo y Empleo y en su artículo 6 establece entre sus funciones la ejecución de la legislación laboral en materia de relaciones laborales.

Por otro lado, el Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo, atribuye en su artículo 10.1.j), dirigir y gestionar el Registro telemático de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo del País Vasco, en los términos previstos en el Decreto que lo regula y demás normativa vigente.

Segundo.- La normativa sustantiva aplicable en presente procedimiento es la recogida en el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y en el Decreto 9/2011, de 25 de enero, del registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del País Vasco.

Tercero.- El acuerdo presentado es un acto inscribible de conformidad con lo previsto en el artículo 2.1.a) del Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos, y ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Analizada la solicitud de inscripción y la documentación anexa, se ha comprobado que la misma reúne los requisitos legalmente exigidos, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, del Decreto 9/2011, de 25 de enero del registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del País Vasco,

RESUELVO:

Primero.- Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Euskadi, con notificación a las partes.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de febrero de 2021.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

ANGEL LAPUENTE MONTORO.

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