Última revisión
Acuerdo empresa - trabajador para la utilización de medios informáticos (Internet y correo electrónico)
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 17/01/2019
Resumen:
El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana (art. 20.3 ET).
La jurisprudencia STS, rec. 966/2006, de 26 de septiembre de 2007, ECLI:ES:TS:2007:6128 considera que el uso de equipos informáticos o cualesquiera otros dispositivos proporcionados para la realización de la actividad laboral por la empresa (pen drives, móviles, smartphones, ordenadores, correo electrónico o internet) se considerarán herramientas de trabajo susceptibles del control por parte del empresario. Para que cualquier negligencia o mal uso de las mismas puedan justificar sanciones o despidos disciplinarios el empresario deberá informar sobre las formas de supervisión y medidas que han de adoptarse para garantizar la efectiva y correcta utilización laboral de medios facilitados, en concreto:
- Establecer previamente reglas de uso.
- Especificar prohibiciones absolutas o parciales.
- Informar a los trabajadores de que va existir control empresarial sobre este tipo de dispositivos.
En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [ANIO].
REUNIDOS
De una parte, D./Dña. [NOMBRE], con DNI núm. [NUMERO], en calidad de [ESPECIFICAR], de la empresa [NOMBRE_EMPRESA], con domicilio social en [DOMICILIO_SOCIAL] (EN ADELANTE LA EMPRESA).
De otra parte, D./Dña.[NOMBRE_TRABAJADOR_A] con DNI núm. [NUMERO], trabajador/a de la mercantil (EN ADELANTE EL/LA TRABAJADOR_A), actuando en su propio nombre y derecho,
MANIFIESTAN
- Que, el/la trabajador/a, D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A] viene realizando prestaciones laborales para la empresa [NOMBRE_EMPRESA], con antigüedad desde el día [DIA], con la grupo profesional de [GRUPO_PROFESIONAL] y un salario mensual de [CANTIDAD] euros.
- Que la empresa pone a disposición del trabajador los siguientes medios informáticos [DESCRIPCION].
Que, al estar ambas partes interesadas en fijar por escrito el uso del medios informáticos puestos a disposición por parte de la mercantil durante la duración de la relación laboral entre ambas, acuerdan las siguientes
CLAUSULAS
1.- Uso del sistema informático
I.- Los medios informáticos puestos a disposición DEL/LA TRABAJADOR_A, son herramientas de trabajo propiedad de LA EMPRESA, tanto en relación con el hardware y con el software instalado como en relación con los contenidos, y como tales herramientas deberán ser considerados, estando destinados los mismos al uso estrictamente
Ver el documento "Acuerdo empresa - trabajador para la utilización de medios informáticos (Internet y correo electrónico)"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas
LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS
Artículos doctrinales. Justicias e injusticias explicadas por un magistrado de lo Social
21.25€
20.19€