Última revisión
Acuerdo entre empresa y representación de los trabajadores para la consideración del descanso en jornada continuada como trabajo efectivo
Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Tal como establece el art. 34.4 del Estatuto de los Trabajadores, siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. Este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo.
El siguiente modelo ilustra la redacción del acuerdo que empresa y representación de los trabajadores podrán suscribir para que el tiempo destinado a descanso en la jornada diaria continuada pase a considerarse como tiempo de trabajo efectivo.
En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
La empresa [NOMBRE] representada por D./D.ª [NOMBRE] y D./D.ª [NOMBRE], [ESPECIFICAR_CARGO_EMPRESA_Y_ORIGEN_PODERES] y la representación legal de sus trabajadores representada por D./D.ª [NOMBRE] y D./D.ª [NOMBRE], como (delegados de Personal/Miembros del Comité de Empresa), con el objetivo de FORMALIZAR UN ACUERDO SOBRE DESCANSO EN JORNADA CONTINUADA EN LA EMPRESA en virtud de lo establecido en el artículo 34.4 del
Ver el documento "Acuerdo entre empresa y representación de los trabajadores para la consideración del descanso en jornada continuada como trabajo efectivo"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas