Última revisión
Carta de despido por causas objetivas (despido colectivo que no supera los límites establecidos en el art. 51.1 ET)
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 30/04/2021
Resumen:
Se considera despido colectivo el que alcance los umbrales numéricos fijados en del art. 51.1 del ET:
- Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
- El diez por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
- Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.
El presente modelo permite la comunicación de la extinción de la relación laboral por despido colectivo al amparo del artículo 52.c) ET, cuando no se superen los umbrales citados.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO].
[DATOS_EMPESA].
Sr./Sra. D./Dña. [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].
Muy Sr./Sra. nuestro/a:
De conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, por la presente se le comunica la extinción de su contrato de trabajo, con efectos del día [DIA] de [MES] de [ANIO], al amparo de la causa establecida en el artículo 52, letra c) del mencionado texto legal. (1)
La decisión, con efectos de [DIA] de
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