Última revisión
Carta de despido por causas objetivas (mejoras técnicas en el proceso productivo)
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 17/02/2023
Resumen:
La forma y efectos de la extinción del contrato por causas objetivas se regula en los arts. 52-53 del Estatuto de los Trabajadores. Se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción, y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
En [LOCALIDAD], a [DÍA] de [MES] de [AÑO].
[DATOS_EMPRESA].
D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].
Por el presente escrito lamentamos comunicarle que la empresa se ha visto obligada a proceder a la extinción y resolución de la relación laboral que mantiene usted con la misma al amparo del art. 52.c) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el
Ver el documento "Carta de despido por causas objetivas (mejoras técnicas en el proceso productivo)"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas