Última revisión
Modelo de certificado para países con convenio bilateral. Certificado de legislación aplicable para trabajadores desplazados a Colombia. ES-CO.3
Relacionados:
Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Modelo de certificado para países con convenio bilateral. Certificado de legislación aplicable para trabajadores desplazados a Colombia. ES-CO.3
Además del formulario correspondiente, según el país de traslado, cumplimentados en tres ejemplares (para los desplazamientos iniciales) o en cuatro ejemplares (para las prórrogas) se debe presentar el modelo de solicitud TA.300.
El formulario deberá cumplimentarse por triplicado ejemplar en letra tipo imprenta, en el supuesto de trabajadores, españoles o colombianos, que se desplacen al otro país por un periodo inferior a tres años. La Institución y/o Autoridad Competente del país asegurador expedirá los formularios a petición del empleador o trabajador por cuenta propia, remitiendo uno al solicitante y otro a la Institución y/o Autoridad Competente del país receptor.
Indicaciones para el empleador o trabajador: Si el traslado o el desplazamiento se prolonga mas allá de los tres años inicialmente previstos, el empleador o el trabajador por cuenta propia deberán formular una solicitud de prórroga debidamente justificada ante la Institución y/o Autoridad Competente del país asegurador, con tres meses de antelación a la finalización del periodo autorizado.
NOTA COLOMBIANA: De conformidad con el principio de territorialidad establecido en la Ley 100 de 1993 y de conformidad con el Decreto 2710 de 2010, los servicios de salud para el cotizante y su grupo familiar se prestarán únicamente en Colombia.
Asimismo, bajo la legislación española, las prestaciones de salud no están cubiertas para los trabajadores desplazados a España por lo que se sugiere que dichas prestaciones mientras está en desplazamiento tenga un cubrimiento adicional.
NORMATIVA
- Artículo 7 del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Colombia, hecho en Bogotá el 6 de septiembre de 2005.
- Artículo 5.2 del Acuerdo Administrativo