Certificado sobre aportaciones económicas para despidos que afecten a trabajador...resas con beneficios
Formularios
Certificado sobre aportac...beneficios

Última revisión
01/01/2023

Certificado sobre aportaciones económicas para despidos que afecten a trabajadores de 50 o más años en empresas con beneficios

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

Relacionados:

Orden: laboral

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

El RD 1484/2012, de 29 de octubre, ha establecido el procedimiento para la liquidación y pago de la aportación económica que deben satisfacer las empresas incluidas en el supuesto previsto en la D.A. 16ª de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Estas aportaciones económicas tendrán la consideración de derechos de naturaleza pública no tributarios de la Administración General del Estado, siéndoles de aplicación las disposiciones contenidas en el título I, capítulo II, de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.



N.º expediente [NUMERO]

 

D./D.ª [NOMBRE_ADMINISTRADOR] en calidad de [CARGO] de la empresa [NOMBRE_ EMPRESA] con CIF [CIF_EMPRESA], CNAE [CNAE], Código/s de la/s cuenta/s de cotización a la Seguridad Social [ ], domicilio social en [ ], dirección electrónica [ ], núm. de Fax [ ] y Teléfono [ ]

MANIFIESTA ante esta dirección provincial del [AUTORIDAD_COMPETENTE] que:

1. El procedimiento de despido colectivo se inició en fecha [DIA] de [MES] de [AÑO].

2. En dicha fecha de inicio, la plantilla total de la empresa era de [NUMERO_TRABAJADORES] trabajadores.

3. En dicha fecha de inicio, el número de trabajadores de la empresa de 50 o más años era [NUMERO_TRABAJADORES]. (1)

4. El número de trabajadores afectados por el despido colectivo era [NUMERO_TRABAJADORES].

5. El número de trabajadores de 50 o más años afectados por el despido era [NUMERO_TRABAJADORES]. Adjuntándose como doc. núm 1 relación identificativa de estos trabajadores.

6. El número de contratos extinguidos por iniciativa de la empresa, por otros motivos no inherentes a la persona del trabajador, diferentes a los previstos en el artículo 49.1c del Estatuto de los Trabajadores, extinguidos en el plazo de 3 años anteriores o en el año posterior al inicio del procedimiento de despido colectivo fue [NUMERO_TRABAJADORES]. Adjuntándose como doc. núm 2 relación identificativa de estos trabajadores, con indicación de la edad de estos trabajadores.

7. El resultado del ejercicio y los ingresos obtenidos por la Empresa/Grupo de empresas en los 2 ejercicios consecutivos es (2):

Año

Resultado

Ingresos

Promedio de los resultados sobre ingresos de los 2 ejercicios

 

 

 

 

 

 

 

 

Y para que conste, firmo este certificado

 

Firma:

 

 

 

DNI: [DNI]

 

[Lugar y fecha]

 

(1) A efectos del Real Decreto 1484/2012, de 29 de octubre, se considerará trabajadores de 50 o más años a:
a) Todos aquellos trabajadores afectados por el despido colectivo que tuvieran cumplida dicha edad a la fecha de extinción del contrato, dentro del periodo previsto para la realización de los despidos que figure en la comunicación de la decisión empresarial a la autoridad laboral tras la finalización del periodo de consultas contenida en el artículo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores.
b) Los trabajadores que tuvieran cumplida dicha edad a la fecha de la extinción de sus contratos por iniciativa de la empresa o empresas del mismo grupo, en virtud de otros motivos no inherentes a la persona del trabajador distintos de los previstos en el artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores, cuando dichas extinciones de contratos se produjeran en los tres años anteriores o posteriores al inicio del despido colectivo.

(2) El aprt. c del art. 2.1 Real Decreto 1484/2012, de 29 de octubre, estable que, aun concurriendo las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que los justifiquen, las empresas o el grupo de empresas del que formen parte hubieran tenido beneficios en los dos ejercicios económicos anteriores a aquél en que el empresario inicia el procedimiento de despido colectivo. A estos efectos, se considera que una empresa ha tenido beneficios cuando el resultado del ejercicio, tal y como se define en los modelos de cuentas anuales de pérdidas y ganancias, tanto normal como abreviada, recogidos en el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, sea positivo.

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Procesos especiales en el orden social. Paso a paso
Disponible

Procesos especiales en el orden social. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

14.50€

13.78€

+ Información

Despido colectivo. Paso a paso
Disponible

Despido colectivo. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

13.60€

12.92€

+ Información

Suscripción más de 250 formularios para PYMES
Disponible

Suscripción más de 250 formularios para PYMES

Editorial Colex, S.L.

100.00€

95.00€

+ Información

Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)
Disponible

Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

0.00€

+ Información

Despido por causas objetivas
Disponible

Despido por causas objetivas

6.83€

6.49€

+ Información