Última revisión
Clausula contractual para extinción del contrato por causas consignadas válidamente en el contrato de trabajo (clausula resolutoria con derecho a indemnización)
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 05/02/2024
Resumen:
El Artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores permite la terminación de contratos laborales por causas específicas y legítimas. La regulación no determina cómo acordar una cláusula resolutoria, pero debe cumplir criterios de validez y legalidad, no siendo contraria a ley, moral u orden público, y no constituir un abuso de derecho. La terminación del contrato por esta vía generalmente no conlleva indemnización a menos que se pacte expresamente y por escrito. Si el trabajador no invoca la cláusula resolutoria, se considerará en situación legal de desempleo, pero si la invoca, perderá tal derecho.
Cláusula núm. [NUMERO]
El/la trabajador/a D./D.ª [TRABAJADOR_A], y la empresa [EMPRESA], acuerdan que el contrato de trabajo se extinguirá, según dispone el art.
Ver el documento "Clausula contractual para extinción del contrato por causas consignadas válidamente en el contrato de trabajo (clausula resolutoria con derecho a indemnización)"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas