Última revisión
Comunicación de la empresa a la TGSS informando de la imposibilidad de realizar embargo en nómina por percibir cantidades salariales por importe del Salario Mínimo Interprofesional
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Con ayuda del siguiente modelo la empresa podrá notificar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) la imposibilidad de realizar embargo sobre la nómina del trabajador por percibir este las cantidades salariales correspondientes al Salario Mínimo Interprofesional. A pesar de no tratarse de una notificación obligatoria se recomienda su utilización para evitar que la empresa incurra en responsabilidad subsidiaria de la deuda por incumplimiento de embargo.
A efectos del embargo de salarios, sueldos, pensiones, retribuciones o sus equivalentes y de prestaciones económicas reconocidas al deudor por la Seguridad Social o por cualquier organismo o entidad pública, según el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, se estará a lo dispuesto en los artículos 27.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE [PROVINCIA] (1)
D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, con DNI n.º [DNI], quien interviene en su condición de [REPRESENTANTE] de la empresa [NOMBRE_EMPRESA], con domicilio en [DOMICILIO_SOCIAL], ante esa Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social comparece y como mejor
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