Última revisión
Comunicación de extinción contrato de sustitución por reincorporación tras baja maternal
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 18/02/2022
Resumen:
Hay que tener en cuenta que el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre (reforma laboral 2022), modifica el art. 15 del ET y las modalidades de contratación temporal existentes, estableciendo que el contrato de trabajo de duración determinada solo podrá celebrarse por circunstancias de la producción o por sustitución de persona trabajadora.
«Podrán celebrarse contratos de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo, siempre que se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución. En tal supuesto, la prestación de servicios podrá iniciarse antes de que se produzca la ausencia de la persona sustituida, coincidiendo en el desarrollo de las funciones el tiempo imprescindible para garantizar el desempeño adecuado del puesto y, como máximo, durante quince días.
Asimismo, el contrato de sustitución podrá concertarse para completar la jornada reducida por otra persona trabajadora, cuando dicha reducción se ampare en causas legalmente establecidas o reguladas en el convenio colectivo y se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución.
El contrato de sustitución podrá ser también celebrado para la cobertura temporal de un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva mediante contrato fijo, sin que su duración pueda ser en este caso superior a tres meses, o el plazo inferior recogido en convenio colectivo, ni pueda celebrarse un nuevo contrato con el mismo objeto una vez superada dicha duración máxima» (art. 15.3 del ET)
A la finalización del contrato de duración determinada por causa de sustitución la persona trabajadora no tendrá derecho a recibir una indemnización [art. 49.c) del ET].
En [PROVINCIA], a [DIA] de [MES] de [AÑO].
[DATOS_EMPRESA].
A la att. de D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA]
Muy señor/a nuestro/a:
Por la presente ponemos en su conocimiento que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.c) del
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