Última revisión
Comunicación del nombramiento y aceptación de secretario/instructor en expediente contradictorio o disciplinario
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 29/07/2021
Resumen:
El expediente contradictorio o disciplinario es un requisito regulado en los arts. 55.1 y 68.a) del ET por el que en caso de que un representante legal de los trabajadores o de un delegado sindical fuese despedido, será necesario la apertura de un expediente, en el que serán oídos, además del interesado, los restantes miembros de la representación a que perteneciere, si los hubiese. La empresa podrá libremente designar a uno de sus empleados como instructor del expediente contradictorio o disciplinario siguiendo, de existir, las instrucciones del convenio colectivo.
Por la empresa [NOMBRE_EMPRESA].
Domicilio [DOMICILIO_SOCIAL].
Población [LOCALIDAD].
Ver el documento "Comunicación del nombramiento y aceptación de secretario/instructor en expediente contradictorio o disciplinario"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas
LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS
Calendario laboral de empresa y periodos asimilados a tiempo de trabajo efectivo
6.83€
6.49€