Comunicación por parte del trabajador de la negativa a la aceptación de prestar servicios a distancia
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Última revisión
29/07/2021

Comunicación por parte del trabajador de la negativa a la aceptación de prestar servicios a distancia

Tiempo de lectura: 1 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 29/07/2021

Resumen:

El trabajo a distancia tiene carácter voluntario para la persona trabajadora y la empresa.

El trabajo a distancia será voluntario para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia regulado en este real decreto-ley, que podrá formar parte del contrato inicial o realizarse en un momento posterior, sin que pueda ser impuesto en aplicación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, todo ello sin perjuicio del derecho al trabajo a distancia que pueda reconocer la legislación o la negociación colectiva.

La negativa de la persona trabajadora a trabajar a distancia, el ejercicio de la reversibilidad al trabajo presencial y las dificultades para el desarrollo adecuado de la actividad laboral a distancia que estén exclusivamente relacionadas con el cambio de una prestación presencial a otra que incluya trabajo a distancia, no serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

La decisión de trabajar a distancia desde una modalidad de trabajo presencial será reversible para la empresa y la persona trabajadora. El ejercicio de esta reversibilidad podrá ejercerse en los términos establecidos en la negociación colectiva o, en su defecto, en los fijados en el acuerdo de trabajo a distancia (artículo 7 de la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia).


En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO].

[NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].

DNI [NÚMERO].

A la Att. de [NOMBRE_EMPRESA].

Recibida su comunicación, de fecha [DIA] de [MES] de [ANIO], en la que me comunica la decisión empresarial de paso a la prestación de servicios en la modalidad de trabajo a distancia, mediante la presenten, les comunicó mi propósito de continuar en prestación presencial de servicios.

Recordándoles, dada la voluntariedad del trabajo a distancia, que según el art. 5 de la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia (ex Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre), «La negativa de la persona trabajadora a trabajar a distancia, el ejercicio de la reversibilidad al trabajo presencial y las dificultades para el desarrollo adecuado de la actividad laboral a distancia que estén exclusivamente relacionadas con el cambio de una prestación presencial a otra que incluya trabajo a distancia, no serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo».

Sin otro particular que comunicarle, se despide,

Atentamente

[FIRMA]

D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].

 

Recibí

[FIRMA_SELLO_EMPRESA]

La empresa.

 

 

 

 

(1) La decisión de paso a trabajo a distancia deberá ser notificada por el empresario al trabajador en los términos establecidos en la negociación colectiva.

 

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