Última revisión
Comunicación al trabajador de no incremento salarial por aplicación de compensación y absorción del Salario Mínimo Interprofesional
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 31/01/2019
Resumen:
El apdo. 5, Art. 26, Estatuto de los Trabajadores establece que «Operará la compensación y absorción cuando los salarios realmente abonados, en su conjunto y cómputo anual, sean más favorables para los trabajadores que los fijados en el orden normativo o convencional de referencia».
A efectos de aplicar el último párrafo del artículo 27.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en cuanto a compensación y absorción en cómputo anual por los salarios profesionales del incremento del salario mínimo interprofesional, se procederá de la forma siguiente:
La revisión del salario mínimo interprofesional establecida por real decreto no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo los trabajadores cuando tales salarios en su conjunto y en cómputo anual fuesen superiores a dicho salario mínimo.
A tales efectos, el salario mínimo en cómputo anual que se tomará como término de comparación será el resultado de adicionar al salario mínimo fijado los distintos complementos salariales (art. 26.3 ET), sin que en ningún caso pueda considerarse una cuantía anual inferior a la establecida legalmente
Estas percepciones son compensables con los ingresos que por todos los conceptos viniesen percibiendo los trabajadores en cómputo anual y jornada completa con arreglo a normas legales o convencionales, laudos arbitrales y contratos individuales de trabajo en vigor en la fecha de promulgación de este real decreto.
Las normas legales o convencionales y los laudos arbitrales que se encuentren en vigor en la fecha de promulgación del real decreto sobre el SMI para el año en curso subsistirán en sus propios términos, sin más modificación que la que fuese necesaria para asegurar la percepción de las cantidades en cómputo anual del salario mínimo.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO].
[DATOS_EMPRESA]
Sr./Sra. D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A]
Muy Señor/a nuestro/a:
Por la presente pongo en su conocimiento que a pesar del incremento experimentado por el salario mínimo interprofesional para [AÑO], Ud. viene percibiendo salarios, en su conjunto y
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