Última revisión
Contrato de arbitraje
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/03/2019
Resumen:
Según el artículo 8 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje: "...3. Para la adopción judicial de medidas cautelares será tribunal competente el del lugar en que el laudo deba ser ejecutado y, en su defecto, el del lugar donde las medidas deban producir su eficacia, de conformidad con lo previsto en el artículo 724 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. 4. Para la ejecución forzosa de laudos o resoluciones arbitrales será competente el Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se haya dictado de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 545 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil..."
En [LOCALIDAD] a [DIA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
De una parte, Don/Doña [NOMBRE CLIENTE], mayor de edad, con DNI núm.[NÚMERO], y domicilio en [DOMICILIO],
De otra parte, Don/Doña [NOMBRE PARTE CONTRARIA], mayor de edad, con DNI núm.[NÚMERO], y domicilio en [DOMICILIO],
ACTÚAN
Cada uno en su propio nombre y derecho. Se reconocen mutuamente capacidad suficiente para la celebración del presente
CONTRATO DE ARBITRAJE,
y a tal efecto
ESTIPULAN
I. Que ambas partes, en fecha [FECHA] suscribieron contrato de [ESPECIFICAR] por el que rigen la relación entre ellos existente de [ESPECIFICAR].
II. En aras de evitar dilaciones, gastos y demás perjuicios que les pudiera constituir la resolución de posibles controversias surgidas relativas al referido contrato suscrito, interesan y al efecto otorgan el presente contrato de ARBITRAJE para resolver todos aquellos conflictos que pudieran proceder durante el transcurso de su relación contractual, que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera Sometimiento a arbitraje
Don/Doña [NOMBRE CLIENTE] y Don/Doña [NOMBRE PARTE CONTRARIA] deciden someter toda controversia surgida en la interpretación, desarrollo, modificación, y/o finalización del meritado contrato, así como cualquier otra controversia surgida con relación al mismo en el que únicamente se vean inmersas ambas partes contratantes, a arbitraje.
Segunda De los árbitros
De la actuación de los árbitros
La actuación de los árbitros debe dirigirse hacia las partes en condiciones de igualdad y darse a cada una de ellas suficiente oportunidad de hacer valer sus derechos.
Los árbitros, las partes y las instituciones arbitrales, en su caso, están obligadas a guardar la confidencialidad de las informaciones que conozcan a través de las actuaciones arbitrales.
El árbitro podrá auxiliarse de cuantos peritos o técnicos estime necesarios para emitir el laudo; las pruebas propuestas por las partes serán a cargo de éstos.
Ambas partes se obligan a suministrar al árbitro cuantos datos, información, documentos, libros, etc., sean solicitados por éste.
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