Última revisión
Contrato de arrendamiento de vivienda con una duración superior a 5 años. Renuncia a adquisición preferente y a subrogación por muerte
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Orden: civil
Fecha última revisión: 05/06/2023
Resumen:
El derecho de adquisición preferente a favor del arrendatario, puede renunciarse mediante pacto entre las partes. En este caso, el arrendador deberá comunicar al arrendatario la intención de vender la vivienda con una antelación mínima de treinta días a la fecha de formalización del contrato de compraventa. (Art. 25 de la Ley de arrendamientos urbanos, en su apartado 8)
Con respecto a la subrogación para el caso de fallecimiento del arrendatario, sólo se podrá pactar su renuncia si la duración inicial del arrendamiento es superior a cinco años, o siete años si el arrendador fuese persona jurídica, cuando tenga lugar transcurridos los cinco primeros años de duración del arrendamiento, o los siete primeros años si el arrendador fuese persona jurídica, o que el arrendamiento se extinga a los cinco años cuando el fallecimiento se hubiera producido con anterioridad, o a los siete años si el arrendador fuese persona jurídica. En todo caso, no podrá pactarse esta renuncia al derecho de subrogación en caso de que las personas que puedan ejercitar tal derecho en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo se encuentren en situación de especial vulnerabilidad y afecte a menores de edad, personas con discapacidad o personas mayores de 65 años.(Apartado cuarto del art. 16 de la LAU).
A TENER EN CUENTA. Este formulario se encuentra actualizado con las novedades introducidas por la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, que entró en vigor el 26/05/2023.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] [AÑO]
REUNIDOS
De una parte, D./D.ª [NOMBRE ARRENDADOR], con DNI [NÚMERO] y domicilio en [DOMICILIO ARRENDADOR], en lo sucesivo el ARRENDADOR.
De otra parte, D./D.ª [NOMBRE ARRENDATARIO], con DNI [NÚMERO] y domicilio en [DOMICILIO ARRENDATARIO], en lo sucesivo el ARRENDATARIO.
INTERVIENEN
Ambas partes en su propio nombre y derecho, reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación suficiente para contratar y, en concreto, para suscribir el presente
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE PARA USO DE VIVIENDA
Y a tal efecto,
EXPONEN
I.- DON/DOÑA [NOMBRE ARRENDADOR] manifiesta que es dueño con el 100% pleno dominio de la siguiente vivienda:
- [DESCRIPCION] (descripción de la vivienda que se arrienda)
- INSCRIPCION: [NUMERO].
- TITULO: Le pertenece por compra a [NOMBRE].
- CARGAS Y ARRENDAMIENTOS: La vivienda descrita está libre de cargas de cualquier tipo y no está arrendada ni ocupada.
Adjunto al presente documento, como Anexo [NÚMERO] se allega nota simple registral del inmueble.
II.- Es intención del Arrendador ceder en arrendamiento el anterior inmueble, así como interés del arrendatario recibirlo en arriendo, con relación a los pactos y cláusulas que se expondrán a continuación.
III.- De acuerdo a lo expuesto, Arrendador y Arrendatario convienen en establecer las siguiente
CLÁUSULAS
Primera.- Objeto
El objeto del presente contrato es el arrendamiento del inmueble descrito ut supra.
A este respecto, el ARRENDADOR interesa y cede en arriendo el mismo, que es recibido y será disfrutado en arriendo por el arrendatario.
Segunda.- Destino
El inmueble es arrendado con la siguiente finalidad [ESPECIFICAR]
El Arrendatario no podrá desempeñar en la vivienda arrendada ninguna actividad profesional o empresarial, debiendo destinarla necesariamente a servir de alojamiento del Arrendatario y de las personas que con él convivan.
Tercera.- Mobiliario
El contrato de arrendamiento incluye el mobiliario existente en la vivienda en el momento de la firma de este contrato.
Se incorpora a este contrato un Anexo [NÚMERO] firmado por las partes contratantes, en el que se hace un inventario del mobiliario existente en la vivienda, declarando por su parte el arrendatario que todos los elementos integrantes de dicho mobiliario se encuentran en buen estado de conservación y en estado de servir al uso que les es propio.
Cuarta.- Duración
El arrendamiento estará vigente durante el plazo improrrogable (1) de [NUMERO SUPERIOR A CINCO] AÑOS, contados desde la fecha en que el arrendador ponga la vivienda arrendada a disposición del arrendatario.
La puesta a disposición de la vivienda arrendada a favor del arrendatario se hará efectiva mediante la entrega de las llaves de la vivienda, que deberá efectuarse en todo caso antes del día [FECHA], entendiéndose tal día como fecha de inicio del contrato si no se puede demostrar la puesta a disposición de la vivienda a favor del arrendatario en una fecha anterior.
Quinta.- De la renta
I) Renta inicial (2)
Se estipula en [CANTIDAD EN LETRA] Euros anuales ([CANTIDAD EN NÚMERO]€/año) , a razón de [CANTIDAD EN LETRA] Euros mensuales ([CANTIDAD EN NÚMERO]€/mes), pagaderos por meses anticipados, cantidad que incluye el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
El ARRENDATARIO se obliga al pago del Impuesto sobre el Valor Añadido, que en todo momento corresponda, aplicado sobre el total de los conceptos integrantes del recibo de alquiler.
II) Actualización de renta (3)
La renta se revisará para cada anualidad por referencia a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de cada revisión, tomando como mes de
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