Contrato de Auxiliar Asociado para trabajo en común o contrato de grupo
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Contrato de Auxiliar Asoc...o de grupo

Última revisión
01/01/2023

Contrato de Auxiliar Asociado para trabajo en común o contrato de grupo

Tiempo de lectura: 4 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

El contrato de trabajo en grupo viene regulado en el art. 10 del Estatuto de los Trabajadores, que dispone que «1. Si el empresario diera un trabajo en común a un grupo de sus trabajadores, conservará respecto de cada uno, individualmente, sus derechos y deberes.

2. Si el empresario hubiese celebrado un contrato con un grupo de trabajadores considerado en su totalidad, no tendrá frente a cada uno de sus miembros los derechos y deberes que como tal le competen. El jefe del grupo ostentará la representación de los que lo integren, respondiendo de las obligaciones inherentes a dicha representación.

3. Si el trabajador, conforme a lo pactado por escrito, asociare a su trabajo un auxiliar o ayudante, el empresario de aquel lo será también de este.»

De conformidad con el apartado tercero del citado artículo 10, el siguiente modelo facilita el diseño y la plasmación por escrito del clausulado del contrato de auxiliar asociado.


En [LOCALIDAD] a, [CORUÑA] de [MES] de [AÑO].

 

REUNIDOS

 

De una parte, D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, vecino de [LOCALIDAD],con domicilio en [DOMICILIO], y con DNI [DNI], trabajador de la Empresa [NOMBRE_EMPRESA], domiciliada en [DOMICILIO], actuando con poderes suficientes otorgados por ésta, en virtud de pacto contractual. 

De otra parte, D./D.ª [NOMBRE] mayor de edad, vecino de [LOCALIDAD], con domicilio en [DOMICILIO], titular del DNI [DNI], actuando en su propio nombre y derecho.

 

MANIFIESTAN

 

I.- D./D.ª [NOMBRA], trabajador de la Empresa [NOMBRE_EMPRESA], dedicada a la actividad de [ACTIVIDAD_EMPRESA], como jefe de grupo (1) en el contrato firmado el [FECHA] con la empresa [NOMBRE_EMPRESA], precisa de un auxiliar para que le asista en su trabajo. (2)

II.- D./D.ª [NOMBRE], está interesado en la realización de los [ESPECIFICAR] de ayudante que precisa D./D.ª [NOMBRE].

III.- Ambas partes reconociéndose mutua y recíprocamente capacidad legal suficiente para la celebración de este acto, convienen, libre y voluntariamente, la suscripción del presente Contrato de Trabajo de Auxiliar Asociado , al amparo de lo dispuesto en el art. 10.3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que se regirá por las siguientes

 

CLÁUSULAS

 

PRIMERA.- El objeto del presente contrato consiste en la realización de las tareas auxiliares que D./D.ª [NOMBRE] le asigne como ayudante. (3)

SEGUNDA.- El presente contrato tendrá una duración de [ESPECIFICAR], desde el día [DIA] de [MES] de [AÑO] hasta el [DIA] de [MES] de [AÑO]. (4)

TERCERA.- Se pacta, expresamente, un período inicial de prueba [ESPECIFICAR] (5) dentro del cual, las partes podrán rescindir libremente la relación laboral sin que ello de derecho a la otra parte a percibir indemnización alguna.

CUARTA.- D./D.ª [NOMBRE] percibirá como contraprestación a sus servicios una retribución de [CANTIDAD] euros mensuales. (6)  

QUINTA.- D./D.ª [NOMBRE], trabajador auxiliar, tendrá la condición de trabajador de la Empresa [NOMBRE_EMPRESA] dependiendo, respecto a la ejecución de su prestación laboral, del jefe de grupo D./D.ª [NOMBRE] (2)  

SEXTA.- En lo no previsto en el presente contrato la esta relación laboral se regirá por lo dispuesto en artículo 10 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y el [CONVENIO_COLECTIVO_APLICABLE] aplicable a la empresa.

 

CLÁUSULAS ADICIONALES

[ESPECIFICAR]

 

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha en el encabezamiento indicados.

 

 

 

[FIRMAS]

 

(1) Existirá un jefe de grupo, designado expresamente o que de hecho actúe como tal, que ostentará la representación de los que la integren respondiendo de las obligaciones inherentes a dicha representación. Atendiendo al derecho y deber básicos de empresario y trabajador en una relación laboral, la prestación de los servicios contratados y su remuneración, y tratándose de contrato de grupo, ha de afirmarse que el derecho a exigir el correcto cumplimiento de la prestación incumbe al empresario frente al grupo configurado como unidad de imputación y no frente a quienes lo componen, y correlativamente la obligación de retribuir el trabajo se tiene con el conjunto; corolario de ello es que constituya figura clave e «inexcusable» para la existencia de un contrato de grupo la del jefe de grupo, representante de sus compañeros ante la empresa (STCT 6.11.1.984).

(2) El empresario no tendrá frente a cada uno de los miembros del grupo los derechos y deberes que como tal le competen, no obstante, si el trabajador, conforme a lo pactado por escrito, asociare a su trabajo un auxiliar o ayudante, el empresario de aquél lo será también de éste. 

(3) La jurisprudencia viene considerando como contratos de trabajo de grupo típicos los contratos para coros y conjuntos, o grupos o números de teatro, circo, variedad y folklore (Sentencias del Tribunal Central de Trabajo de 15.5.75 y 9.10.82) o la contratación por un empresario de espectáculos de los componentes de un ballet (STS 16.5.65 , o la contratación de un grupo de trabajadores para la tala de una explotación forestal ( Sentencia del Tribunal Supremo de 18.5.82 ); exigiendo además de una relación que una a los miembros de grupo, la existencia de un jefe de grupo que asuma frente al empresario la representación de aquel. TSJ Cataluña, Sala de lo Social, nº 3835/2005, de 29/04/2005, Rec. 9811/2004.

(4) La normativa no establece un plazo concreto. La duración puede ser por tiempo indefinido o de duración determinada (existiendo obligación de consignación en modelo oficial).

(5)  Establecer duración respetando art. 14 ET

(6) El jefe de grupo repartirá las cantidades entre el resto de sus compañeros según los criterios acordados entre ellos.

 

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