Última revisión
Contrato de constitución de servidumbre de acueducto. Acequia
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 23/05/2019
Resumen:
Las servidumbres en materia de aguas se regulan en los artículos 552 y siguientes del Código Civil (CC):
"Los predios inferiores están sujetos a recibir las aguas que, naturalmente y sin obra del hombre, descienden de los predios superiores, así como la tierra o piedra que arrastran en su curso.
Ni el dueño del predio inferior puede hacer obras que impidan esta servidumbre, ni el del superior obras que la graven."
También en los artículos 47 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio -TR. de la Ley de aguas- se regulan las servidumbres legales de acueducto.
En [LUGAR] a [FECHA]
REUNIDOS
De una parte, D./D.ª [NOMBRE CLIENTE] mayor de edad, vecino/a de [LOCALIDAD] con domicilio en [DOMICILIO CLIENTE] , con DNI núm. [NÚMERO DNI CLIENTE]
Y de otra, D./D.ª [NOMBRE PARTE CONTRARIA] mayor de edad, vecino/a de [LOCALIDAD] con domicilio en [DOMICILIO PARTE CONTRARIA], con DNI núm. [NÚMERO DNI PARTE CONTRARIA]
AMBAS PARTES actúan en nombre e interés propios y se reconocen mutuamente capacidad suficiente para llevar a cabo el presente otorgamiento y, a tal efecto
EXPONEN
I.- Que D./D.ª [NOMBRE CLIENTE] es propietario en pleno dominio, por justos y legítimos títulos de la finca, en lo sucesivo predio dominante, que a continuación se describe:
Urbana: Parcela de terreno en término de [LOCALIDAD] al sitio de [NOMBRE] calle [NOMBRE] [NUMERO] Consta de una superficie de parcela de [NUMERO] m2.
Título: El de compra a D./D.ª [NOMBRE] en escritura otorgada ante el Notario de [CIUDAD] D./D.ª [NOMBRE NOTARIO] el [DIA] [MES] [AÑO], con el [NUMERO] de orden de su protocolo.
Inscripción: Registro de la Propiedad de [CIUDAD] Finca
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