Última revisión
Contrato de disolución de comunidad de bienes con reparto
Relacionados:
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
El procedimiento de disolución de una comunidad de bienes es más sencillo que el de las sociedades mercantiles cuando todos los comuneros están de acuerdo.
En primer lugar, deben atenderse las deudas con terceros y con la administración pública, ya que hay que tener en cuenta que si la comunidad de bienes se disuelve sin atender los pagos pendientes, los socios responderán con su patrimonio personal frente a las reclamaciones y embargos que puedan practicarse.
Liquidadas las deudas, hay que repartir los bienes, si los hay, aspecto que se recogerá en el acuerdo de disolución, al igual que los motivos que han conducido a los socios a tomar esa decisión. Este acuerdo de disolución se puede hacer mediante un contrato privado como el que se ilustra a continuación, inscribiéndolo en el Registro de Sociedades para que surta efecto ante terceros. Con base en este reparto, se pagará el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados mediante el modelo 600, en concepto de disolución de la sociedad. El importe a pagar es el 1% sobre lo repartido a los comuneros.
Adjunta a los documentos anteriores, se presentará la baja, tanto de la comunidad de bienes, como de los socios de sus obligaciones fiscales, con el modelo 036, dando, asimismo, de baja a los comuneros que estén dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos mediante la presentación del modelo TA.0521, junto con el acuerdo de disolución de la comunidad de bienes y la declaración censal de baja (modelo 036).
CONTRATO DE DISOLUCIÓN DE COMUNIDAD DE BIENES CON REPARTO
En [LOCALIDAD], a [FECHA].
REUNIDOS
DE UNA PARTE.- D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, con N.I.F. n.º [DNI] y domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO].
DE LA OTRA.- D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, con N.I.F. n.º [DNI] y domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO].
INTERVIENEN
- El primero en su propio nombre y representación.
- El segundo en su propio nombre y representación.
Ambas partes podrán denominarse conjuntamente como las Partes o individualmente como la Parte. Las Partes, en la representación con que intervienen, se reconocen capacidad suficiente para contratar y obligarse en los términos del presente Contrato y, a tal efecto,
EXPONEN
I.- Con fecha [FECHA], los intervinientes constituyeron una Comunidad de Bienes cuya denominación es [NOMBRE_EMPRESA], C.B.
II.- Esta comunidad está formada por los bienes que a continuación se expresan:
1.- [ESPECIFICAR]. (1)
2.- [ESPECIFICAR].
3.- [ESPECIFICAR].
IV.- En virtud de lo anteriormente expuesto, las
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