Contrato de trabajo para colaborador externo de mediadores de seguros
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Contrato de trabajo para colaborador externo de mediadores de seguros

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 30/04/2018

Resumen:

Al amparo del art. 8, Ley 26/2006 de 17 de Jul (Mediación de seguros y reaseguros privados), los  colaboradores externos de los mediadores de seguros:

«1. Los mediadores de seguros podrán celebrar contratos mercantiles con colaboradores externos que colaboren con ellos en la distribución de productos de seguros actuando por cuenta de dichos mediadores bajo su responsabilidad y dirección, en los términos que las partes acuerden libremente.

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones establecerá las líneas generales y los principios básicos que habrán de cumplir los programas de formación de los colaboradores en cuanto a su contenido, organización y ejecución.

2. Los colaboradores externos no tendrán la condición de mediadores de seguros, y desarrollarán su actividad bajo la dirección, responsabilidad y régimen de capacidad financiera del mediador de seguros para el que actúen.

Los colaboradores deberán identificarse como tales e indicar también la identidad del mediador por cuenta del que actúen. En virtud del contrato mercantil con éste, la información que deberán proporcionar al tomador de seguros será toda o parte de la establecida en el artículo 42, sin que en ningún caso el tomador deje de recibir esa información completa.

3. Los mediadores de seguros llevarán un libro registro en el que anotarán los datos personales identificativos de los colaboradores externos, con indicación de la fecha de alta y, en su caso, la de baja, que quedará sometido al control de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

4. Un colaborador externo de un mediador de seguros, persona física o jurídica, no podrá colaborar con otros mediadores de seguros de distinta clase a la de aquél que le contrató en primer lugar. Además, si es colaborador externo de un agente exclusivo, sólo podrá colaborar con otros agentes exclusivos de la misma entidad aseguradora»

Modelo de contrato genérico de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.

Tiempo de lectura: 5 min


En [PROVINCIA],  a [DIA] de [MES] de [ANIO].

REUNIDOS

De una parte, D./Dña. [NOMBRE], mayor de edad,  con domicilio en [DOMICILIO],  titular del D.N.I. [DNI], en nombre y presentación de la Sociedad [DENOMINACION_SOCIAL], inscrita en el Registro Mercantil de [ESPECIFICAR] tomo [NUMERO] folio [NUMERO] hoja núm. [NUMERO] y en Registro Especial de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (Ministerio de Economía y Hacienda), con el núm. [NUMERO], domiciliado/a en [DIRECCIOM], en su condición de Mediador/a de Seguros.

Y de otra parte, D./Dña. [NOMBRE], mayor de edad, con domicilio en [DOMICILIO],  titular del D.N.I. [DNI], con domicilio en [DOMICILIO], en su calidad de colaborador externo del mediador de seguros, no incurso en ninguna de las prohibiciones especificadas en el art. 5, Ley 26/2006, de 17 de julio.

Ambas partes en la representación que ostentan se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para obligarse por medio del presente documento y, a tal efecto CONVIENEN LLEVAR A EFECTO EL PRESENTE CONTRATO MERCANTIL DE COLABORACIÓN EXTERNA PARA LA DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS DE SEGUROS, en base a las siguientes

CLAUSULAS

Primera.- El presente contrato se otorga al amparo del artículo 8 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados con el fin de que D./Dña. [NOMBRE], colabore con

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