Convenio regulador de medidas paterno filiales entre pareja de hecho con hijo menor
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Convenio regulador de med...hijo menor

Última revisión
26/04/2023

Convenio regulador de medidas paterno filiales entre pareja de hecho con hijo menor

Tiempo de lectura: 10 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 26/04/2023

Resumen:

El presente formulario se dispone a los efectos de acompañar la pertinente demanda de medidas con respecto a menores, interpuesta por una pareja sin vínculo matrimonial, en este caso, de alta en registro de parejas de hecho.

Recuérdese que para los trámites procesales en el que se encuentran menores, es preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal.

Asimismo, en el presente convenio, se indica la guarda y custodia del menor a uno de los progenitores, cuando actualmente, salvo circunstancias concretas, se suele buscar la guarda y custodia compartida. Siempre, interesando el mayor beneficio del menor.


En [CIUDAD] a [DÍA] de [MES] de [AÑO]

 

REUNIDOS
 

De una parte, don/doña [NOMBRE], mayor de edad, de profesión [PROFESIÓN], vecina de [LUGAR], domiciliada en [NÚMERO], con DNI [NÚMERO]. 

Y de otra, don/doña [NOMBRE], mayor de edad, de profesión [PROFESIÓN], vecino de [LUGAR], domiciliado en [DOMICILIO], con DNI número [NÚMERO]. 

 

Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho y se reconocen plena capacidad legal para otorgar el presente CONVENIO REGULADOR DE MEDIDAS PATERNO-FILIALES, para su aprobación judicial y a tal fin,

 

EXPONEN

 

I.- Que los otorgantes mantuvieron una relación de pareja entre los años [AÑO] y [AÑO], la cual se inscribió en el Registro de Parejas de Hecho de [CIUDAD], n.º inscripción [NÚMERO].

II.- Fruto de la relación, tienen un/a hijo/a, [NOMBRE], de [NÚMERO] años de edad, nacido el [DÍA] de [MES] de [AÑO] en [CIUDAD] e inscrito en el Registro Civil, Sección [NÚMERO] Libro [NÚMERO] , Folio [NÚMERO].

III.- Que ambos progenitores han alcanzado un acuerdo en cuanto a la regulación de las medidas paterno-filiales, y de conformidad con lo previsto en el Art. 4.1 del Código Civil y 90 del Código Civil, suscriben el presente CONVENIO REGULADOR, conforme a las siguientes,

 

CLÁUSULAS

 

PRIMERA.- PATRIA POTESTAD Y GUARDA Y CUSTODIA DEL HIJO/A COMÚN DE LA PAREJA

Como previamente se ha expuesto, ambos son progenitores de un hijo/a, [NOMBRE], el cual queda por expreso deseo de las partes bajo la guarda y custodia de su progenitor/a [ESPECIFICAR].

Ambos progenitores compartirán las facultades inherentes a la patria potestad y se comprometen expresamente a consultarse con anterioridad sobre cualquier cuestión que afecte a la menor y que suponga un cambio en su vida, así como en materia de salud y educación tomando, todas las decisiones que le afecten, de mutuo acuerdo.

SEGUNDA.- RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN Y ESTANCIA

Respecto al régimen de visitas, es deseo de ambos progenitores flexibilizar al máximo el mismo, de modo que la separación incida lo menos posible en las relaciones del/la menor con sus progenitor/a [ESPECIFICAR].

Para el supuesto de desacuerdo entre los progenitores se establece el siguiente:

a).- El progenitor [ESPECIFICAR] tendrá como régimen de visitas todos los fines de semana alternos recogiendo al/a niño/a a las [HORA] de la tarde del viernes en el domicilio familiar y reintegrándolos al mismo a las [HORA] del domingo.

b).- El progenitor no custodio podrá permanecer con su hijo/a, dos días a la semana según fijen de común acuerdo entre los progenitores, y para el caso de discrepancia se establecen los martes y jueves de cada semana, recogiéndoles a las [HORA] en el domicilio familiar, o en su caso, después del horario de salida de sus actividades extraescolares, y reintegrándoles a las [HORA] al domicilio familiar.

c).- Las vacaciones de Navidad se disfrutarán conforme las vacaciones escolares y serán divididas por mitades, correspondiendo un periodo a cada uno de los progenitores que será distribuido según el común acuerdo de ambos progenitores, alternando cada año las festividades con el fin de poder disfrutar alternativamente ambos progenitores las mismas. Para el supuesto de desacuerdo corresponderá la elección los años impares al padre y los años pares a la madre. Los periodos vacacionales de Navidad que se establecen son:

  • Del 24 de diciembre al 31 de diciembre.
  • Del 31 de diciembre al 6 de enero.

El progenitor no custodio en el periodo que le corresponda recogerá al/a hijo/a en el domicilio familiar a las [HORA], dejándolo/a el día de entrega a las [HORA] en el  mismo domicilio familiar.

El día de Reyes el/la hijo/a pasarán ese día con el progenitor con el que se encuentren hasta las [HORA] horas, acudiendo a recogerle a esa hora el otro progenitor en el domicilio del progenitor con el que esté, y reintegrándolo/a a éste a las [HORA] del mismo día.

d).- Las vacaciones de Semana Santa, en el supuesto de no llegar a acuerdo entre los progenitores, se atribuye alternativamente el periodo vacacional completo a cada uno de los progenitores, correspondiendo los años pares a la madre y los años impares al padre.

e).- Respecto a las vacaciones escolares de verano, corresponderá la mitad a cada uno de los progenitores según el acuerdo al que lleguen respecto de los periodos a disfrutar. A estos efectos, se considerará que las vacaciones escolares de verano serán los periodos en que, entre el comienzo de las vacaciones de verano en junio y la vuelta al colegio en septiembre, el/la hijo/a quede libre de las estancias en campamentos, viajes de estudios al extranjero o actividades similares. Para el supuesto de desavenencia corresponderá la primera mitad a la madre los años pares y los años impares al padre.

Con respecto a las vacaciones de los padres, si éstas coincidieran en el mismo periodo, éste se dividirá por mitades, correspondiendo la primera mitad los años pares a la madre y los años impares al padre, todo ello, sin perjuicio de disfrutar cada uno de los progenitores el resto de las vacaciones escolares conforme se ha señalado en el párrafo anterior.

Dada la temprana edad del/la hijo/a, se solicita al Juzgado se acuerde respecto de las vacaciones de verano que cada [PLAZO_DIAS] días el progenitor que no esté compartiendo su tiempo con el/al hijo/a, pueda disfrutar el fin de semana desde el viernes a las [HORA] hasta el domingo a las [HORA], trasladándose el progenitor que no se encuentre con él/ella, al lugar donde ellos permanezcan con el otro progenitor. La recogida se realizará en el lugar y domicilio que designe el progenitor que tenga al/a menor consigo y la entrega en el mismo lugar de recogida u otro que las partes de común acuerdo designen.

Este sistema se mantendrá hasta la edad de [NUMERO] años del/a hijo/a, siendo a partir de haber cumplido los [PLAZO_ANIOS] años cuando disfrutarán el periodo vacacional completo sin interrupciones de visitas con cada progenitor.

La solicitud de esta particularidad viene motivada por el hecho de que el periodo de vacaciones estivales es extenso y el/hijo/a echaría de menos al otro progenitor en periodos tan largos. Por ello, las visitas cada quince días de cada uno de los progenitores les ayudarían a no percibir la ausencia de éstos y serles más gratificante la estancia con cada uno de ellos.

f).- Durante los periodos vacacionales establecidos en los apartados  c), d) y e) de este expositivo se interrumpirán las estancias y visitas de fines de semana señaladas en el apartado a) y b), salvo lo expresamente dispuesto como excepción en el apartado e).

g).- Respecto de los días de cumpleaños del/a menor, ambos progenitores acuerdan que disfrutarán conjuntamente con el/la hijo/a dichas celebraciones. Para el caso de que alguno de ellos no deseara la celebración conjunta, y la festividad coincidiera con fin de semana o día festivo, acuerdan que los menores estarán con el progenitor que en esas fechas le corresponda el régimen de visitas hasta las [HORA], y con el otro, desde dicha hora y hasta las [HORA]. Si la festividad coincidiera en día entre semana, ambos progenitores acuerdan que le corresponderá estar con los hijos a cada progenitor de forma alternativa, pudiendo el otro progenitor pasar a visitar al/a hijo/a que cumpla años, durante dos horas, recogiéndoles en el domicilio familiar y reintegrándolo en el mismo. Si no llegaran los progenitores al acuerdo respecto del horario se establece de [HORA]

h).- En cuanto a los cumpleaños de los progenitores y fiestas del día de la madre y día del padre, y cualquier otro que los progenitores de común acuerdo consideren, ambos progenitores acuerdan que el/a hijo/a pasen el día con el progenitor al que corresponda la celebración. Si coincidieran las mismas con el periodo de visitas que le correspondiere al otro progenitor, ambos acuerdan ceder ese día a favor del otro para que los hijos puedan disfrutar dicha festividad con el progenitor correspondiente.

i).- El progenitor custodio facilitará la comunicación diaria del/la menor, con el/la padre/madre, bien sea telefónica o por cualquier otro medio electrónico o audiovisual, respetando siempre las horas de descanso de los menores, estableciendo como hora límite las [HORA]

Asimismo, ambos progenitores facilitarán la comunicación del/la hijo/a con el otro progenitor en los periodos vacacionales referidos, pudiendo comunicar con éstos diariamente de forma telefónica, epistolar, electrónica o audiovisual.

j).-  Ambos progenitores se comprometen a comunicar al otro durante los periodos vacacionales el lugar donde se encuentren con el/a hijo/a, dirección y teléfono.

k).- En el caso que el hijo/a se encontrara enfermo o accidentado sin poder salir del domicilio familiar, el progenitor que no tenga en ese momento los hijos viviendo con él, podrá visitarle conforme el acuerdo que establezcan ambos progenitores. Para el supuesto de desacuerdo aquél podrá visitar al hijo en el domicilio donde se encuentre días alternos de [HORA] a [HORA] horas.

l).- Si alguno de los progenitores deseare cambiar de residencia o tuviera que hacerlo por motivos profesionales, ambos progenitores convienen que habrá de notificárselo al otro de forma fehaciente, comprometiéndose a revisar y proceder a la modificación del régimen de visitas.

m).- Ambos progenitores convienen en que no podrán trasladarse fuera del territorio nacional en compañía del/a hijo/a  comunes habidos en la pareja sin consentimiento expreso del otro progenitor, o en su defecto, de autorización judicial.

En caso de enfermedad del/la menor, aquel de los padres en cuya compañía se encuentren, se lo comunicará inmediatamente al otro.

Deberá ser el progenitor [ESPECIFICAR] quien acuda a recoger a su hijo/a al domicilio donde reside y quien deberá a su vez reintegrarla al mismo.

TERCERA.- VIVIENDA Y AJUAR FAMILIAR.

El domicilio familiar, que lo tenían los progenitores en régimen de alquiler, no se atribuye a ninguno de ellos por haber renunciado ambos a su uso y el ajuar familiar ya ha sido repartido por ambos convivientes.

CUARTA. ALIMENTOS Y BASES DE ACTUALIZACION.

Se fija en [CANTIDAD EN LETRA] euros ([CANTIDAD] €) la contribución del progenitor no custodio a los alimentos del/a hijo/a.

Ello en virtud tanto de las necesidades actuales del/la menor, cifradas entre alimentos, vestido y colegio en [CANTIDAD EN LETRA] euros ([CANTIDAD] €), como en los ingresos mensuales de ambos progenitores, pues ascienden los mismos a [ESPECIFICAR INGRESOS].

Dicha suma será ingresada mensualmente, por meses anticipados, dentro de los [PLAZO DIAS] primeros días de cada mes, en la cuenta corriente [NUMERO CUENTA CLIENTE] de la entidad bancaria [NOMBRE] , de la que es titular DON/DOÑA [NOMBRE CLIENTE]

La suma previa será incrementada anualmente en la proporción que experimenten las variaciones del [INDICE PARA ACTUALIZACIÓN]que publica en Instituto Nacional de Estadística o cualquier otro organismo público que en el futuro pudiera sustituirle.

Los gastos extraordinarios, que serán aquellos de naturaleza no previsible, así como los gastos médicos y farmacéuticos de carácter extraordinario, serán sufragados por ambas partes por mitad.

La obligación de contribuir a los alimentos del/a hijo/a se prolongará hasta que éste se encuentre en situación de proveer a sus propias necesidades

 

En prueba de conformidad, lo pactan y convienen las partes, después de leído este documento, en que se afirman y ratifican, queriendo dar a sus estipulaciones toda la fuerza de obligar que en derecho sea necesaria, firmándolo en la fecha y lugar de su encabezamiento por triplicado ejemplar, quedándose un original cada una de las partes y aportándose el tercero para solicitar la cancelación de inscripción en el Registro de parejas de hecho de [CIUDAD].

 

 

FDO: DON/DOÑA                               FDO: DON/DOÑA

 

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