Convenio regulador de separación judicial de mutuo acuerdo sin liquidación de régimen económico
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Convenio regulador de sep... económico

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Convenio regulador de separación judicial de mutuo acuerdo sin liquidación de régimen económico

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Orden: civil

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

El art. 103 del Código Civil, establece que si no hay convenio aprobado judicialmente antes de la presentación de la demanda de nulidad, separación o divorcio, el Juez adoptará las medidas provisionales que dicho artículo señala.

El presente modelo permite dotar al convenio regulador del contenido mínimo establecido por el art. 90 del Código Civil. Hay que tener en cuenta que el Convenio Regulador de los efectos de la separación se rige por el principio de autonomía de la voluntad de los cónyuges, quienes podrán, introducir cualesquiera cláusulas que consideren oportuna, quedando bajo el control del Juez quien podrá denegar la aprobación del convenio si resulta dañoso para los hijos o gravemente perjudicial para uno de los esposos.

La atribución del uso y disfrute del domicilio conyugal a uno de los consortes puede limitarse por acuerdo de los mismos a un período de tiempo determinado o a un hecho futuro concreto, como por ejemplo a la independencia económica de los hijos que habiten en el mismo junto con el cónyuge a quien se ha atribuido su uso y disfrute.

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En [CIUDAD] a [DIA] de [MES] de [AÑO]

Ante mí, D./D.ª [NOMBRE_NOTARIO] Notario/a del Ilustre Colegio de [CIUDAD]

REUNIDOS

De una parte, D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE] mayor de edad, con domicilio [DOMICILIO_CLIENTE] y con [NIF_CIF_DNI_CLIENTE]

De otra parte, D./D.ª [NOMBRE_PARTECO_NTRARIA] mayor de edad, con domicilio [DOMICILIO_PARTE_CONTRARIA] y con [NIF_CIF_DNI_PARTE_CONTRARIA]

 

INTERVIENEN

Ambos comparecientes lo efectúan en su propio nombre y derecho, reconociéndose recíprocamente la capacidad legal bastante para el otorgamiento del presente Convenio Regulador de separación, por lo que de MUTUO ACUERDO,

 

EXPONEN

I.- Contrajeron matrimonio civil en la localidad de [LOCALIDAD] , en fecha de [DIA] de [MES] de [AÑO] inscrito en el Registro Civil de dicha localidad.

II.- Han tenido descendencia, un hijo, menor de edad, cuyo nombre, fecha de nacimiento y demás datos de inscripción en el Registro Civil son los siguientes:

- [NOMBRE], nacido el [DIA] de [MES] de [AÑO] inscrito su nacimiento en el Registro Civil [NUMERO] de [CIUDAD]

III.- Han acordado solicitar la separación judicial de mutuo acuerdo según lo establecido en el artículo 81 y siguientes del Código Civil.

IV.- Otorgan y firman el presente convenio para que en lo sucesivo sus relaciones económico-matrimoniales se regulen con arreglo a las siguientes:

 

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- Los comparecientes se comprometen a vivir separados y a respetarse mutuamente y con la obligación recíproca de comunicarse los cambios de domicilio.

SEGUNDA.- El domicilio conyugal, su uso y disfrute se atribuye a D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE] / [NOMBRE_PARTECONTRARIA]

Por lo que respecta al ajuar familiar le pertenece a D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE] / [NOMBRE_PARTECONTRARIA]

TERCERA.- Le corresponderá la guarda y custodia del hijo a D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE] / [NOMBRE_PARTECONTRARIA] y en el domicilio de éste/ésta, sin perjuicio de la patria potestad compartida para ambos. (1)

El régimen de visitas y comunicación será el siguiente:

a) Días escolares: el menor realizará vida junto al progenitor/a encargado/a de su guarda y custodia y en el domicilio anteriormente citado.

b) Fines de semana: el segundo y último fin de semana de cada mes le corresponde el cuidado del menor al otro progenitor/a, siguiendo los horarios que se establecen a continuación: Desde las [HORA] horas del viernes hasta las [HORA] horas del domingo, debiendo recogerlo del domicilio y volviéndolo a dejar en el mismo. Si por excepcionales circunstancias no pudiese recogerlo, deberá comunicarlo con la suficiente antelación al progenitor encargado de la guarda y custodia del menor.

c) Vacaciones: En Navidad, nochebuena y día 25 de Diciembre de cada año par, el menor lo pasará en compañía del progenitor/a encargado/a de su guarda y custodia, y los años impares bajo la compañía del otro progenitor/a; misma regla se establece para las fechas referentes a nochevieja-año nuevo y día de Reyes. En las vacaciones Semana Santa, el año impar lo pasará con el progenitor/a encargado/a de su guarda y custodia, y el año par a cargo del otro/a progenitor/a. En las vacaciones de verano, el mes de Julio le corresponderá al progenitor/a no custodio y el mes de Agosto al progenitor/a encargado/a de su guarda y custodia.

d) Días festivos: Podrán ser negociados por ambos progenitores, y, en todo caso, le corresponderá dos al año al otro progenitor/a.

e) Comunicación: Podrá comunicarse con el menor por cualquier medio y  hora sin inconvenientes.

CUARTA.- En las cargas del matrimonio y alimentos acuerdan lo siguiente:

D./D.ª entregará la cantidad de [CANTIDAD] Euros, dentro de los diez primeros días de cada mes, mediante transferencia al [NUMERO_CUENTA_CLIENTE] de la entidad bancaria [NOMBRE], para sufragar los gastos del hijo menor edad relativos al colegio, ropa, médicos, etc.

QUINTA.- El régimen económico matrimonial es de separación de bienes, estipulado en Capitulaciones matrimoniales otorgadas antes Notario en el [AÑO], por lo que no tienen nada que exigirse ni deberse.

SEXTA.- No se establece pensión compensatoria a favor de ninguno de los cónyuges.

SÉPTIMA.- (2) Los cónyuges se obligan a firmar la documentación que sea necesaria para el fiel cumplimiento de lo pactado en este contrato, así como a efectuar las comparecencias ante oficinas Públicas y Privadas a las que sean requeridos para dicho fin.

Los cónyuges manifiestan su voluntad de acudir al Tribunal competente para obtener su separación o divorcio, acompañando a la separación o divorcio convencional el convenio aquí estipulado

De conformidad con los comparecientes, firman este documento que se adjunta a la correspondiente demanda de separación judicial y se presenta en el Juzgado de Primera Instancia de [CIUDAD]

 

Fdo.     Fdo.

 

 

(1) En caso de que los hijos sean mayores de edad o no exista descendencia, se hará constar en estos apartados simplemente que «nada procede acordar por cuanto los hijos del matrimonio han alcanzado la mayoría de edad o en su caso por cuanto no ha habido descendencia del matrimonio». Es útil hacer constar en el Convenio de separación para evitar futuras discusiones sobre este particular que la obligación de satisfacer alimentos a los hijos no se extingue automáticamente por alcanzar la mayoría de edad sino que se mantendrá hasta que los hijos alcancen la independencia económica de los padres.

(2) Es importante destacar que con la inclusión de esta cláusula el mismo convenio regulador puede utilizarse para la petición de la separación judicial y el divorcio.

 

 

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