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Modelo de formulario de solicitud firmado por el teletrabajador (Formulario MIT)
Formulario
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Orden: administrativo
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 12/01/2024
Resumen:
La regulación sobre teletrabajadores de carácter internacional se encuentra prevista en el capítulo V bis del título V de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre.
- Concepto de teletrabajador de carácter internacional: Se encontrará en situación de residencia por teletrabajo de carácter internacional el nacional de un tercer Estado autorizado a permanecer en España para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
- Podrán solicitar el visado o la autorización de teletrabajo los profesionales cualificados que acrediten ser graduados o postgraduados de universidades de reconocido prestigio, formación profesional y escuelas de negocios de reconocido prestigio o bien con una experiencia profesional mínima de tres años.
- Cumplir los requisitos de los artículos 62 y 74 ter de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre.
- Visado: duración máxima 1 año.
- Autorización de residencia: duración máxima 3 años.
La Secretaría de Estado de Migraciones hacía público el 19/01/2023 un documento con la documentación adicional junto con el formulario de solicitud:
- Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor. (todas las páginas).
- Justificante de haber abonado la tasa (mod. 790 038) adjuntado, además el justificante del pago si este no se refleja sobre el propio modelo 790.
- Acreditación de relación laboral/profesional mínima de tres meses a la fecha de la solicitud con la empresa/empresas extranjeras con la que mantiene dicha relación.
- Acreditación de actividad real y continuada durante al menos un año de la empresa extranjera o grupo de empresas con la que el trabajador mantiene relación laboral o profesional.
- Carta de la empresa extranjera, autorizando el desarrollo del trabajo en remoto desde España acreditando perfil del puesto, sueldo a percibir, términos y resto de condiciones en los que se va a ejercer la actividad profesional a distancia.
- Copia de la titulación relacionada con el desempeño del puesto o en su caso experiencia mínima sustitutiva de aquel en funciones análogas al puesto que se pretende desempeñar.
- Certificado de cobertura de Seguridad Social (Si existe convenio con el país de origen) o alta en la seguridad social española acreditando al menos la solicitud de inscripción de la empresa extranjera ante la Seguridad Social y el compromiso de alta una vez obtenida la autorización antes del comienzo del trabajo.
- Certificado de antecedentes penales actual del país o países donde haya residido durante los últimos dos años. Adicionalmente se presentará una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos 5 años (Lo anterior no será de aplicación cuando se sea titular de una autorización residencia, o estancia en España superior a 6 meses y ya se haya aportado para obtener dicha autorización).
- Seguro público o privado de enfermedad. No se aceptan seguros de viaje. (No necesario en el caso de alta en la Seguridad Social).