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Demanda de juicio verbal acumulada de: resolución de contrato de compraventa y del préstamo para financiar el bien objeto de la misma y nulidad de condiciones generales de contratación

Tiempo de lectura: 29 min

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Orden: mercantil

Fecha última revisión: 01/01/2024

Resumen:

Sobre el contrato de compraventa:

- Articulo 1445 del Código Civil: «Por el contrato de compra y venta uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente».

- Articulo 1450 del Código Civil: «La venta se perfeccionará entre comprador y vendedor, y será obligatoria para ambos, si hubieren convenido en la cosa objeto del contrato y en el precio, aunque ni la una ni el otro se hayan entregado».

- Articulo 1500 del Código Civil: «El comprador está obligado a pagar el precio de la cosa vendida en el tiempo y lugar fijados por el contrato. Si no se hubieren fijado, deberá hacerse el pago en el tiempo y lugar en que se haga la entrega de la cosa vendida».

Sobre la resolución contractual o derecho a exigir el cumplimiento más daños y perjuicios

- Articulo 1124 del Código Civil, fundamenta la resolución del contrato de compraventa, que dice:

«La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe.

El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible.

El Tribunal decretará la resolución que se reclame, a no haber causas justificadas que le autoricen para señalar plazo.

Esto se entiende sin perjuicio de los derechos de terceros adquirentes, con arreglo a los artículos 1295 y 1298 y a las disposiciones de la Ley Hipotecaria».

- Para la resolución del contrato de financiación del bien destinado al consumo resulta de aplicación apartado 2 del  artículo 26 de la Ley de Contratos de Crédito al Consumo que entabla que «Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 29, la ineficacia del contrato de consumo determinará también la ineficacia del contrato de crédito destinado a su financiación, con los efectos previstos en el artículo 23».

Sobre la nulidad de condiciones generales de la contratación en relación a las Disposiciones generales sobre garantía de los productos de consumo, resultan de aplicación el artículo 114 y siguientes de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios. 

- Artículo 114 LGDCU:  «El vendedor está obligado a entregar al consumidor y usuario productos que sean conformes con el contrato, respondiendo frente a él de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del producto».

Hay que tener en cuenta que la demanda habrá de sustanciarse por los trámites establecidos para el Juicio Verbal de conformidad con lo dispuesto en el punto catorceavo del apartado 1 del articulo 250 de la LEC.

Por último, deberemos tomar en consideración la redacción otorgada al artículo 23 de la Ley de Contratos de Crédito al Consumo que versa sobre las Liquidaciones a realizar por la ineficacia o resolución del contrato de adquisición, el cual dice:

«En caso de créditos concedidos para la adquisición de bienes determinados, cuando el prestamista o el vendedor recupere el bien como consecuencia de la nulidad o la resolución de los contratos de adquisición o financiación de dichos bienes, las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones realizadas. En todo caso, el empresario o el prestamista a quien no sea imputable la nulidad del contrato tendrá derecho a deducir.

a) El 10 por 100 del importe de los plazos pagados en concepto de indemnización por la tenencia de las cosas por el comprador.

b) Una cantidad igual al desembolso inicial por la depreciación comercial del objeto. Cuando esta cantidad sea superior a la quinta parte del precio de venta, la deducción se reducirá a esta última.

Por el deterioro de la cosa vendida, si lo hubiere, podrá exigir el vendedor, además, la indemnización que en derecho proceda».

A TENER EN CUENTA. El RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, modifica el artículo 250 de la LEC con entrada en vigor el 20/03/2024.

El presente formulario se encuentra actualizado a esta reforma.

Tiempo de lectura: 29 min


AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO [NUMERO]
[LOCALIDAD]

D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador/a de los Tribunales, actuando en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], con DNI núm. [DNI] y con domicilio en [DOMICILIO], asistidos en el presente proceso por el/la Letrado/a D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], colegiado/a número [NUMERO] del Ilustre Colegio de Abogados de [LOCALIDAD], y representado por el/la Procurador/a que suscribe, en virtud de designación apud acta que acompaño al presente escrito como documento núm. [NUMERO], ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en derecho, respetuosamente, DIGO:


Que en la indicada representación, y con base en los artículos 1.124 del Código Civil, 26.2 de la Ley de Contratos de Crédito al Consumo y al 83 de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, formulo DEMANDA DE JUICIO VERBAL EN EJERCICIO DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRAVENTA Y DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE PRÉSTAMO DESTINADO A CONSUMO, NULIDAD DE CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN Y RECLAMACIÓN DE [CANTIDAD] EUROS EN CONCEPTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, contra:

  • La entidad financiera [NOMBRE_EMPRESA], cuyo domicilio social se encuentra sito en [DOMICILIO] y cuyo CIF es [CIF].
  • La entidad financiera [NOMBRE_EMPRESA], cuyo domicilio social se encuentra sito en [DOMICILIO] y cuyo CIF es [CIF].

Se interpone la presente demanda en base a los Fundamentos de Derecho que se dirán y a los siguientes 

HECHOS

PRIMERO.- Sobre el Contrato de compraventa

La sociedad demandada [NOMBRE_EMPRESA] se trata de un entidad mercantil cuyo objeto social consiste en la compraventa e instalación de calderas, termos, etc.

Mi representado/a suscribió con esta entidad, en fecha [FECHA], un contrato de compraventa de caldera. Dicho contrato acompañamos como documento núm. [NUMERO].

SEGUNDO.- Sobre las Condiciones Generales estipuladas en el Contrato así como el precio de venta

Al reverso de dicho contrato se establecen las condiciones generales del contrato, en cuanto a la garantía del producto se establece en el mismo al tenor literal siguiente:

  • [DESCRIPCION] (1)

El precio de compraventa y mano de obra derivada de la instalación de la caldera por técnicos de la empresa vendedora en el domicilio de mi principal asciende a la cantidad de [CANTIDAD] euros.

Se adjunta, como documento núm. [NUMERO], factura por los servicios ofrecidos. 

TERCERO.-  Sobre el contrato de préstamo suscrito con la entidad financiera [NOMBRE_EMPRESA]

Para el pago del precio establecido en el apartado anterior mi mandante suscribió con la codemandada [NOMBRE_EMPRESA], un contrato de préstamo cuya copia se acompaña como documento núm. [NUMERO].

Como se ve, el objeto del contrato de préstamo era el pago del precio por la adquisición e instalación de la caldera referida en el hecho primero de la presente demanda. 

CUARTO.- Con fecha [FECHA], dos técnicos de la vendedora, instalaron la caldera en casa de la parte actora. 

QUINTO.- Sobre los problemas suscitados con la caldera

Una semana después de la instalación ocurrida en casa de mi mandante, la caldera comenzó a fallarle por lo que se avisó al Servicio de Atención al Cliente de la vendedora para que acudieran a ver qué ocurría. [NUMERO] días después, uno de los técnicos que habían instalado la caldera apareció en casas del comprador a fin de examinar la caldera. Después de permanecer una hora examinando la misma, comunicó a mi mandante que tenía que llevarse la caldera por un problema en [ESPECIFICAR] y que se la traería en pleno funcionamiento en, más o menos, una semana.

No obstante, no fueron hasta 15 días después (y tras varias llamadas telefónicas entre ambas partes) cuando el técnico de la vendedora volvió a instalar la caldera en casa de mi mandante. Se adjunta como documento núm. [NUMERO] el parte de instalación.

Esta, estuvo funcionando durante dos meses de manera ininterrumpida cuando, con fecha [FECHA] volvió a estropearse, motivando una nueva llamada de mi principal al servicio técnico de la vendedora, que se comprometió a recogerle la caldera dañada para su reparación y dejarle, durante ese periodo, otra de características análogas. No fueron hasta tres días después cuando la demandada instaló de nuevo la caldera en el domicilio de mi mandante, acreditado en el nuevo parte de instalación que se adjunta como documento núm. [NUMERO].

Dos meses después la caldera vuelve a estropearse y el comprador pretende la resolución del contrato a lo que la demandada se opone alegando que ya ha transcurrido el plazo de garantía. 

SEXTO.- Sobre los daños y perjuicios sufridos por D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE]

Mi representado/a ha sufrido una serie de perjuicios derivados de la problemática establecida en la caldera, los cuales le han ocasionado una serie de gastos, siendo estos los siguientes:

  • Toda vez que mi mandante no tuvo agua caliente en su domicilio, este tuvo que acudir un total de [NUMERO] días al gimnasio más cercano a su vivienda para asearse todos los días, como consecuencia de ello, ha sufragado la entrada del mismo ascendiendo a un total de [CANTIDAD] euros. Se adjuntan como documento núm. [NUMERO] los tickets de entrada al gimnasio.
  • En segundo lugar, D./D.ª  [NOMBRE_CLIENTE] ha tenido que solicitar [NUMERO] días de vacaciones en su empresa para estar en su vivienda mientras los técnicos de la empresa demandada realizaban la instalación de la caldera. Este/a cobra un total de [CANTIDAD] euros/hora tal y como se desprende en su contrato de trabajo que se adjunta como documento núm. [NUMERO]. Es decir, toda vez que la jornada laboral de mi representado/a es de 8 horas y ha tenido que pedir [NUMERO] días de vacaciones por el perjuicio ocasionado, es preceptivo que la entidad [NOMBRE_EMPRESA] indemnice, por este concepto, en la cantidad de [CANTIDAD] euros a mi representado/a. Se acompañan, asimismo, las dos últimas nóminas como documento núm. [NUMERO]
  • Por último, no debemos olvidarnos del contrato de préstamo suscrito por mi mandante y [NOMBRE_EMPRESA], al que se hace referencia en el hecho tercero de la presente, el cual le ha ocasionado los siguientes gastos, que ascienden a la cantidad total de [CANTIDAD] euros:
    • [CANTIDAD] euros en concepto de gastos de constitución (Se adjuntan las facturas de [ESPECIFICAR] como documento núm. [NUMERO]).
    • [CANTIDAD] euros en concepto de intereses devengados hasta el día de hoy y que han sido sufragados por mi representado.
    • [CANTIDAD] euros en concepto del capital del crédito que ha sido satisfecho, a día de hoy. 

Es decir, el perjuicio total ocasionado por la entidad demandada asciende a la cantidad de [CANTIDAD] euros. 

A tales hechos les son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- JURISDICCIÓN

Corresponde la jurisdicción civil arts. 9.2, 21 y 22 de la LOPJ.

II.- COMPETENCIA

La competencia objetiva corresponde al Juzgado de Primera Instancia al cual nos dirigimos en aplicación del art. 45 de la LEC.

La competencia territorial corresponde al Juzgado de Primera Instancia del partido judicial de [LOCALIDAD] que por turno de reparto corresponda, por aplicación del art. 50, 51 y 52 de la LEC y del art. 53 de dicho cuerpo legal, a la vista de la acumulación de acciones planteada.

IV.- CAPACIDAD

La ostentan ambas litigantes, por aplicación del art. 6 de la LEC, al ser titulares de facultades y cargas del proceso, y asimismo plena capacidad procesal, al estar en pleno ejercicio válido de derechos civiles, o para comparecer en juicio, en términos del art. 7 de LEC, pretendiendo el actor y siendo pretendido el demandado, en sus respectivos nombres y derechos.

V.- LEGITIMACIÓN

Está legitimada activamente el actor y pasivamente las demandadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 1302 del Código Civil al establecer que «Pueden ejercitar la acción de nulidad de los contratos los obligados principal o subsidiariamente en virtud de ellos».

VI.- PROCEDIMIENTO

La presente demanda habrá de sustanciarse por los trámites establecidos para el juicio verbal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250.1.14.º, 250.2 y 73.1 de la LEC (2) permitiéndose acumular en este procedimiento las acciones que se ejercitan en la presente demanda

VII.- POSTULACIÓN Y DEFENSA

Esta parte interviene con procurador/a (art. 23.1) y letrado/a (art. 31.1) debidamente habilitados por sus respectivos colegios profesionales.

VIII.- CUANTÍA

Se fija la cuantía procesal de esta demanda por los daños y perjuicios sufridos por mi mandante, que es la cantidad que se reclama en el presente juicio y que asciende a [CANTIDAD] euros, en aplicación de la regla 2.ª del art. 252 de la LEC.

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