Demanda en reclamación de daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo (...medidas de seguridad
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Demanda en reclamación de... seguridad

Última revisión
25/02/2022

Demanda en reclamación de daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo (AT) por falta de medidas de seguridad

Tiempo de lectura: 24 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 25/02/2022

Resumen:

Siguiendo el art. 2.e) de la LJS, los órganos jurisdiccionales del orden social conocerán de las cuestiones litigiosas que se promuevan para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales, tanto frente al empresario como frente a otros sujetos obligados legal o convencionalmente, así como para conocer de la impugnación de las actuaciones de las Administraciones públicas en dicha materia respecto de todos sus empleados, bien sean éstos funcionarios, personal estatutario de los servicios de salud o personal laboral, que podrán ejercer sus acciones, a estos fines, en igualdad de condiciones con los trabajadores por cuenta ajena, incluida la reclamación de responsabilidad derivada de los daños sufridos como consecuencia del incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales que forma parte de la relación funcionarial, estatutaria o laboral; y siempre sin perjuicio de las competencias plenas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el ejercicio de sus funciones.

Con carácter general, podemos afirmar que el plazo de prescripción de la acción de reclamación de daños y perjuicios es de un año (art. 59 del ET). No obstante, la doctrina unificada del Tribunal Supremo ha declarado que el día inicial de los efectos prescriptivos no puede fijarse con carácter general en el momento de ocurrir el evento, sino que de acuerdo con el artículo 1969 del Código Civil, el plazo arranca el día en que las acciones pudieron ejercitarse, teniendo en cuenta en cada supuesto las distintas vías jurisdiccionales que se realizaron para lograr una indemnización global dirigida a resarcir el daño en su integridad.

La indemnización de daños y perjuicios comprende tanto el daño efectivamente causado, como la ganancia que se haya dejado de obtener (lucro cesante) o si el deudor tenía buena fe, los previsibles a consecuencia del incumplimiento (daño emergente). Si el deudor obraba con dolo, debe indemnizar absolutamente por todos los daños (art. 1.107 del Código Civil).

En caso de incumplimiento contractual, la indemnización por daños y perjuicios se regula por aplicación del art. 1.101 del Código Civil. Si no hubiese una relación contractual, se trataría de una responsabilidad extracontractual (arts. 1902 y ss. del Código Civil).


AL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º [NUM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD].

D./D.ª [NOMBRE_LETRADO], en calidad de letrado y representante de D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A], representación que acredito mediante copia de escritura de apoderamiento que acompaño, y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], ante este juzgado de lo social, comparece y como mejor proceda en derecho,

DICE

Que, por medio del presente escrito, interpone DEMANDA ordinaria de reclamación de INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS contra la empresa [NOMBRE_EMPRESA], con CIF [CIF_EMPRESA], dedicada a la actividad de [ACTIVIDAD_EMPRESA], con domicilio en [DOMICILIO_SOCIAL], en la persona de su representante legal, y con base en los siguientes,

HECHOS

PRIMERO.- D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A], viene prestando servicios desde el pasado [FECHA] para la empresa «[NOMBRE_EMPRESA]» en virtud de contrato de trabajo [TIPO DE CONTRATO] con fecha de antigüedad en la empresa de [FECHA], ostentado la categoría profesional de [CATEGORÍA O GRUPO PROFESIONAL].

SEGUNDO.- La empresa «[NOMBRE_EMPRESA]» se dedica a [ACTIVIDAD DE LA EMPRESA], así como [ACTIVIDAD DE LA EMPRESA].

Siendo D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A] el encargado y responsable funcional del trabajo consistente en [DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD].

TERCERO.- D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A], el día [FECHA] sufrió un accidente laboral en [LUGAR] cuando se encontraba en [DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD], consistente en [DESCRIPCIÓN ACCIDENTE].

CUARTO.- Como consecuencia del accidente la persona trabajadora estuvo en situación de incapacidad temporal por el período comprendido entre el [FECHA] al [FECHA], habiendo estado ingresado en un establecimiento sanitario un total de [NÚMERO] días y permaneciendo de baja otros [NÚMERO] días durante los cuales estuvo impedido para sus ocupaciones habituales. En concreto, del total de [NÚMERO] días: [NÚMERO] días fueron hospitalarios, [NÚMERO] días fueron impeditivos, y [NÚMERO] días fueron no impeditivos.

QUINTO.- Mediante resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social se declaró a la persona trabajadora afecto de una incapacidad permanente [GRADO] para su profesión habitual con fecha de efectos [FECHA].

SEXTO.- Como consecuencia del accidente la persona trabajadora sufrió las lesiones que se describen:

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

El/La trabajador/a presenta en la actualidad las siguientes secuelas: 

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

SÉPTIMO.- Por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social se procedió a extender acta núm. [NÚMERO] apreciando la comisión de una infracción laboral en materia de prevención de riesgos laborales, tipificada con [GRAVE_O_MUY GRAVE], proponiendo una sanción de multa por importe de [CANTIDAD].

En concreto el acta refleja que se produce por parte de la empresa un incumplimiento del deber de protección de la misma, al permitir la ejecución de un trabajo con riesgo, sin haber adoptado las medidas de seguridad suficientes y adecuadas frente al mismo. Asimismo, se añade que el hecho de exponer a la persona trabajadora a [DESCRIPCIÓN], constituye infracción de lo dispuesto en [CITAR NORMATIVA DE PRL APLICABLE AL SECTOR].

OCTAVO.- Que siguiendo lo establecido en el acta citada y en base a los hechos por los que sucedió el siniestro, la empresa ha incurrido en los siguientes incumplimientos de sus obligaciones contractuales que paso a detallar de forma pormenorizada:

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

NOVENO.- Esa conducta ha causado daños morales y materiales que paso a especificar de forma detallada siguiendo el Baremo del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y la doctrina que se citará en los fundamentos de derecho de la presente demanda (1):

1.- Por las secuelas físicas:

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

2.- Por la incapacidad temporal:

a) El lucro cesante:

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

b) El daño moral:

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

3.- Por la incapacidad permanente 

a) El lucro cesante:

- [DESCRIPCIÓN]

- [DESCRIPCIÓN]. 

b) El daño moral:

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

4.-Por el daño moral. 

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

DÉCIMO.- Esta parte entiende que la demandada debe proceder a la reparación de dichos daños por la vía de indemnización de daños y perjuicios fundamentada tanto en la culpa contractual (art. 1101 del Código Civil) como en la extracontractual (art. 1902 del Código Civil) en que ha incurrido el empresario, y su nexo causal con las lesiones padecidas por la persona trabajadora, que finalmente determinaron que le fuese reconocida la incapacidad permanente en grado de [GRADO] para su profesión habitual, en la cuantía siguiente:

- Por las secuelas físicas descritas en el hecho noveno [CUANTÍA] euros.

- Por los días de incapacidad temporal descritos asimismo en el hecho noveno [CUANTÍA] euros.

- Por incapacidad permanente descrita asimismo en el hecho noveno [CUANTÍA] euros.

- Por el daño mora descrito asimismo en el hecho noveno [CUANTÍA] euros.

UNDÉCIMO.- La cantidad total reclamada asciende a [CUANTÍA] euros (2).

DUODÉCIMO.- Con fecha [DÍA] de [MES] de [ANIO] se intentó acto de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación con el resultado de [DESCRIPCIÓN] del cual se acompaña copia a la presente.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- COMPETENCIA

Que resulta competente el presente juzgado de lo social, de conformidad con lo estipulado en los artículos 2 y 6 de la Ley de la Jurisdicción Social.

En concreto, los órganos jurisdiccionales del orden social, por aplicación

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