Escrito de acusación solicitando medidas cautelares en el ámbito penal
- Orden: Penal
- Fecha última revisión: 15/06/2021
- Resumen:
El artículo 544 bis de la LECrim establece que :
''En los casos en los que se investigue un delito de los mencionados en el artículo 57 del Código Penal, el Juez o Tribunal podrá, de forma motivada y cuando resulte estrictamente necesario al fin de protección de la víctima, imponer cautelarmente al inculpado la prohibición de residir en un determinado lugar, barrio, municipio, provincia u otra entidad local, o Comunidad Autónoma''.
En las mismas condiciones podrá imponerle cautelarmente la prohibición de acudir a determinados lugares, barrios, municipios, provincias u otras entidades locales, o Comunidades Autónomas, o de aproximarse o comunicarse, con la graduación que sea precisa, a determinadas personas.''
El Código Penal detalla los delitos susceptibles de adopción de medidas cautelares, en su artículo 57, apartado 1, siendo éstos: los delitos de homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio, el orden socioeconómico y las relaciones familiares, atendiendo a la gravedad de los hechos o al peligro que el delincuente represente.
En los casos en que se cometan estos delitos sobre quien sea o haya sido el cónyuge, o sobre persona que esté o haya estado ligada al condenado por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a su custodia o guarda en centros públicos o privados se aplicará el artículo 48 del C.P. pudiendo solicitarse medidas como la prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado acercarse a ellos, en cualquier lugar donde se encuentren, así como acercarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos, quedando en suspenso, respecto de los hijos, el régimen de visitas, comunicación y estancia que, en su caso, se hubiere reconocido en sentencia civil hasta el total cumplimiento de esta pena.
Diligencias [NÚM/NÚM]
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO [NÚM] DE [CIUDAD]/AL JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N.º [NUMERO] DE [LUGAR] (1)
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR/A_CLIENTE], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Doña [NOMBRE_CLIENTE], cuyo apoderamiento y demás datos constan acreditado en los autos de referencia, y bajo la asistencia del/de la Letrado/a D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO/A_CLIENTE], Colegiado núm. [NUMERO_COLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE] del [NOMBRE_COLEGIO_ABOGADOS], ante el Juzgado comparezco, y como mejor proceda en Derecho,
DIGO
Que mediante el presente escrito, vengo a solicitar la ADOPCIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES, frente a [NOMBRE_DEMANDADO], a fin de proteger a mi representada como víctima, y todo ello al amparo del artículo 544 bis de la LECrim, y en base a las siguientes:
ALEGACIONES
PRIMERA.- [DESCRIPCIÓN].
(2) Que mi representado/a ha mantenido con el/la demandado/a una relación sentimental, siendo pareja durante/habiendo estado en régimen matrimonial durante, hasta fecha [DIA_MES_AÑO_COMISIÓN_DELITO].
SEGUNDA.- Frente al demandado/a se sigue causa de instrucción para la averiguación de su autoría en el delito denunciado [ESPECIFICAR]. (3)
TERCERA.- Que mi representado/a viene sufriendo importantes problemas de salud, con crisis nerviosas [DETALLAR]. (4)
CUARTA.- Que ante el peligro que significa la aproximación del demandado/a a mi representado/a, y al amparo del artículo 544 bis de la LECrim, esta parte solicita que se adopten las siguientes MEDIDAS CAUTELARES (5):
- Aproximación a la víctima
- Que se prohíba la residencia del/de la demandado/a en [ESPECIFICAR]
- [ESPECIFICAR]
Por todo lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO:
Que teniendo por presentado este escrito junto con sus copias, se sirva admitirlo y previos los trámites oportunos, dicte resolución adoptando las MEDIDAS CAUTELARES solicitadas.
Por ser de Justicia que pido en [CIUDAD] a [DÍA] de [MES] de [AÑO].
[FIRMA_PROCURADOR/A] [FIRMA_ABOGADO/A]
(1) Se dirigirá hacia un juzgado u otro en función del tipo de víctima, pudiendo tratarse de un delito de violencia de género u otro tipo.
(2) Supuesto a título ejemplificativo. Fijarse para la elección del juzgado al que dirigimos la solicitud.
(3) Las medidas cautelares se solicitarán en los supuestos de delito de: homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, atendiendo a la gravedad de los hechos o al peligro que el delincuente represente, podrán acordar en sus sentencias la imposición de una o varias de las prohibiciones contempladas en el artículo 48, por un tiempo que no excederá de diez años si el delito fuera grave, o de cinco si fuera menos grave.
(4) Intentar acreditar la necesidad de adoptar las medidas cautelares.
(5) El artículo 544 bis de la LECrim contempla: ''En los casos en los que se investigue un delito de los mencionados en el artículo 57 del Código Penal, el Juez o Tribunal podrá, de forma motivada y cuando resulte estrictamente necesario al fin de protección de la víctima, imponer cautelarmente al inculpado la prohibición de residir en un determinado lugar, barrio, municipio, provincia u otra entidad local, o Comunidad Autónoma''.
Y completa el artículo 57, apartado 2, del C.P. que en los supuestos de los delitos mencionados en el primer párrafo del apartado 1 de este artículo cometidos contra quien sea o haya sido el cónyuge, o sobre persona que esté o haya estado ligada al condenado por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a su custodia o guarda en centros públicos o privados se acordará, en todo caso, la aplicación de la pena prevista en el apartado 2 del artículo 48 por un tiempo que no excederá de diez años si el delito fuera grave, o de cinco si fuera menos grave, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado anterior.
En este sentido hay que recordar que el artículo 57 del C.P. se refiere a delitos de homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio, el orden socioeconómico y las relaciones familiares (este último añadido por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en vigor en fecha 25/06/2021).
Dicta así el artículo 48 apartado 2 del C.P. medidas como: La prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado acercarse a ellos, en cualquier lugar donde se encuentren, así como acercarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos, quedando en suspenso, respecto de los hijos, el régimen de visitas, comunicación y estancia que, en su caso, se hubiere reconocido en sentencia civil hasta el total cumplimiento de esta pena.
LEY ORGÁNICA 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 281 Fecha de Publicación: 24/11/1995 Fecha de entrada en vigor: 24/05/1996 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Real decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 260 Fecha de Publicación: 17/09/1882 Fecha de entrada en vigor: 15/10/1882 Órgano Emisor: Ministerio De Gracia Y Justicia
Ley Orgánica 8/2021 de 4 de Jun (Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 134 Fecha de Publicación: 05/06/2021 Fecha de entrada en vigor: 25/06/2021 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
-
Sentencia Penal Nº 114/2016, AP - Almeria, Sec. 3, Rec 280/2015, 25-02-2016
Orden: Penal Fecha: 25/02/2016 Tribunal: Ap - Almeria Ponente: Angulo Gonzalez De Lara, Ignacio Francisco Num. Sentencia: 114/2016 Num. Recurso: 280/2015
-
Sentencia Penal Nº 777/2008, AP - Madrid, Sec. 17, Rec 237/2008, 21-07-2008
Orden: Penal Fecha: 21/07/2008 Tribunal: Ap - Madrid Ponente: Carmena Castrillo, Manuela Num. Sentencia: 777/2008 Num. Recurso: 237/2008
-
Sentencia Penal Nº 358/2018, AP - Madrid, Sec. 26, Rec 462/2018, 09-05-2018
Orden: Penal Fecha: 09/05/2018 Tribunal: Ap - Madrid Ponente: Francisco Javier Martinez Derqui Num. Sentencia: 358/2018 Num. Recurso: 462/2018
-
Sentencia Penal Nº 63/2007, AP - Madrid, Sec. 27, Rec 715/2006, 26-01-2007
Orden: Penal Fecha: 26/01/2007 Tribunal: Ap - Madrid Ponente: Tardon Olmos, Maria Num. Sentencia: 63/2007 Num. Recurso: 715/2006
-
Sentencia Penal Nº 450/2012, AP - Valladolid, Sec. 4, Rec 867/2012, 06-11-2012
Orden: Penal Fecha: 06/11/2012 Tribunal: Ap - Valladolid Ponente: Ruiz Romero, Jose Luis Num. Sentencia: 450/2012 Num. Recurso: 867/2012
-
La figura de la víctima del delito de violencia de género
Orden: Penal Fecha última revisión: 21/10/2019
En este tema podrán consultar la protección sobre la víctima del delito de violencia de género según la acción que se cometa contra la misma. LesionesSegún lo dispuesto en el artículo 148.4 del CP, si la víctima de una lesión que menos...
-
¿Qué delitos se pueden cometer a través de las redes sociales?
Orden: Administrativo Fecha última revisión: 04/10/2021
Se podrán cometer en una red social como los siguientes:Quebrantamiento de la prohibición de comunicación.Amenazas.Stalking.Delito de injurias y calumnias a la Corona.Descubrimiento y revelación de secretos.Sexting.Acceso ilegal a sistemas inform...
-
La denuncia en el proceso penal
Orden: Penal Fecha última revisión: 11/06/2021
La denuncia se encuentra regulada en el Título I, del Libro II de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Art. 259-269 ,LECrim).La querella se encuentra regulada en el Título II, del Libro II de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Art. 270-281 ,...
-
La jurisdicción y la competencia penal
Orden: Penal Fecha última revisión: 17/02/2020
Cuando hacemos referencia a lo que es la Jurisdicción penal, hablamos del conjunto de órganos que integran el orden jurisdiccional penal, es decir aquellos que pueden conocer de los asuntos penales que la ley determina.Por tanto, podemos decir que...
-
La víctima del delito de violencia doméstica
Orden: Penal Fecha última revisión: 18/10/2019
El sujeto pasivo ha de guardar una relación especial con el agente, por lo que pueden ser sujetos pasivos de este delito: su cónyuge o persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia; los ...
-
Formulario de recurso de apelación contra auto de medidas cautelares del artículo 544 bis LECrim
Fecha última revisión: 21/09/2020
Diligencias Previas [NUMERO] AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NUMERO [NUM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD] PARA ANTE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE [PROVINCIA] (1)Don/ Doña [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], Colegiado/a del [NOMBRE_COLEGIO] núm. [NUMERO_COLEGIADO], en nomb...
-
Solicitud de medidas de protección de la víctima, penas accesorias
Fecha última revisión: 09/03/2016
NOTA: Hay que tener en cuenta lo establecido en la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la victima del delito.En los delitos de homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos,...
-
Escrito solicitando medida cautelar de prohibición de residir o acudir a determinados lugares
Fecha última revisión: 15/06/2021
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO [NUMERO] DE [CIUDAD]D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en esta ciudad [DOMICILIO_CLIENTE], y provisto de D.N.I...
-
Formulario de recurso de reforma contra denegación de orden de protección
Fecha última revisión: 21/09/2020
Procedimiento [ESPECIFICAR] [NUMERO] AL JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER NÚMERO [NUMERO] DE [LOCALIDAD] Don/ Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Don/ Doña [NOMBRE_CLIENTE], con do...
-
Escrito solicitando medidas civiles en un proceso de violencia sobre la mujer
Fecha última revisión: 13/10/2021
AL JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER [LOCALIDAD]D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Dña. [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en esta ciudad [DOMICILIO_CLIENTE], y provisto de DNI número [...
-
Caso práctico: Competencia civil de los juzgados de violencia sobre la mujer
Fecha última revisión: 09/05/2022
-
Caso práctico: Requisitos de la eximente de cumplimiento de un deber y ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo
Fecha última revisión: 02/01/2013
-
Caso práctico: Plazo de vigencia de las medidas civiles contenidas en una orden de protección
Fecha última revisión: 09/05/2022
-
IRPF HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - CANARIAS 2007 - DEDUCCIÓN POR GASTOS DE ESTUDIOS DE DESCENDIENTES
Fecha última revisión: 01/01/2017
-
IRPF DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 -ASTURIAS 2016 - DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR 2
Fecha última revisión: 01/01/2017
PLANTEAMIENTO¿Cuándo los juzgados de violencia sobre la mujer se encargan de asuntos civiles?RESPUESTALos juzgados de violencia sobre la mujer podrán conocer en el orden civil, de los siguientes asuntos: Los de filiación, maternidad y paternidad...
¿Cuál es la concepción jurisprudencial de la eximente de cumplimiento de un deber y ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo cuando se trata de agentes de la autoridad?En relación con esta cuestión podemos mencionar lo dispuesto en la ...
PLANTEAMIENTOLas medidas civiles que contiene una orden de protección, ¿qué duración máxima pueden tener?RESPUESTALas medidas de carácter civil que puede contener una orden de protección tendrán una vigencia temporal de 30 días, a tenor de...
Materia127048 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - CANARIAS 2007Pregunta¿En qué consiste la deducción autonómica de Canarias por gastos de estudios de descendientes?RespuestaLos contribu...
Materia138390 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - PRINCIPADO DE ASTURIAS 2016PreguntaLa deducción por adquisición de libros de texto y material escolar ¿puede apli...
-
Resolución Vinculante de DGT, V0019-21, 13-01-2021
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 13/01/2021 Núm. Resolución: V0019-21
-
Resolución de TEAF Navarra, 950200, 20-12-1996
Órgano: Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral De Navarra Fecha: 20/12/1996 Núm. Resolución: 950200
-
Resolución de TEAF Navarra, 960641, 21-12-1999
Órgano: Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral De Navarra Fecha: 21/12/1999 Núm. Resolución: 960641
-
Resolución de TEAF Navarra, 940144, 29-03-1996
Órgano: Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral De Navarra Fecha: 29/03/1996 Núm. Resolución: 940144
-
Resolución Vinculante de DGT, V1310-20, 07-05-2020
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 07/05/2020 Núm. Resolución: V1310-20